Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2007 (07/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES
CAPITULO MORDAZA ORGANOS DE COORDINACION Y PARTICIPACION

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5. Promulgar las ordenanzas y disponer su publicacion 6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas. 7. Dirigir la formulacion y someter a aprobacion del concejo el plan integral de desarrollo sostenible local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil 8. Dirigir la ejecucion de los planes de desarrollo municipal; 9. Someter a aprobacion del concejo municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la Republica, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado; 10. Aprobar el presupuesto municipal en el caso de que el concejo municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la presente ley; 11. Someter a aprobacion del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio economico fenecido; 12. Proponer al concejo municipal la creacion, modificacion, supresion o exoneracion de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del concejo municipal, solicitar al Poder Legislativo la creacion de los impuestos que considere necesarios; 13. Someter al concejo municipal la aprobacion del sistema de gestion ambiental local y de sus instrumentos, dentro del MORDAZA del sistema de gestion ambiental nacional y regional; 14. Proponer al concejo municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos los que MORDAZA necesarios para el gobierno y la administracion municipal; 15. Informar al concejo municipal mensualmente respecto al control de la recaudacion de los ingresos municipales y/o autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado; 16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos de acuerdo con las normas del Codigo Civil. 17. Designar y MORDAZA al gerente municipal y a propuesta de este a los demas funcionarios de confianza. 18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demas servidores de la municipalidad. 19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el MORDAZA del serenazgo y la Policia Nacional. 20. Delegar sus atribuciones politicas en un regidor habil y las administrativas en el Gerente Municipal. 21. Proponer al concejo municipal la realizacion de auditorias, examenes especiales y otros actos de control. 22. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoria interna. 23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones. 24. Proponer la creacion de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participacion accionaria, y recomendar la concesion de obras de infraestructura y servicios publicos municipales. 25. Otorgar los titulos de propiedad emitidos en el ambito de su jurisdiccion y competencia. 26. Supervisar la recaudacion municipal, el buen funcionamiento y los resultados economicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios publicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegacion al sector privado. 27. Presidir las Comisiones Provinciales de Formalizacion de la Propiedad Informal o designar a su representante en aquellos lugares en que se implementen. 28. Nombrar, contratar, MORDAZA y sancionar a los servidores municipales de carrera; 29. Proponer al concejo municipal las operaciones de credito interno y externo, conforme a ley. 30. Presidir el comite de defensa civil de su jurisdiccion; 31. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecucion de obras y prestacion de servicios comunes. 32. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitados ante el concejo municipal. 33. Resolver en MORDAZA instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad. 34. Proponer al Concejo Municipal espacios de concertacion y participacion vecinal. 35. Las demas que le corresponde de acuerdo a ley.

Articulo 12º. Consejo de Coordinacion Local Provincial. El Consejo de Coordinacion Local Provincial es el organo de coordinacion y concertacion, su composicion y funcionamiento se rige por lo establecido en los articulos 98º, 99º, 100º y 101º de la ley Organica de municipalidades y su reglamento, el CCL no ejerce funciones ni actos de gobierno. Articulo 13º. Funciones del Consejo de Coordinacion Local Provincial. Son funciones del Consejo de Coordinacion Local Provincial: 1. Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y el Presupuesto Participativo Provincial. 2. Proponer las prioridades en las inversiones de infraestructura de envergadura regional. 3. Proponer proyectos de cofinanciacion de obras de infraestructura y de servicios publicos locales. 4. Promover la constitucion de Fondos de Inversion como estimulo a la inversion privada en apoyo del desarrollo economico local sostenible. 5. Otras que le encargue o disponga el Concejo Municipal Provincial. Articulo 14º. Junta de Delegados Vecinales Comunales. La Junta de Delegados Vecinales Comunales es el organo de coordinacion en el ambito del distrito capital MORDAZA, su composicion y funcionamiento se rige por lo dispuesto en los articulos 106º, 107º, 108º, 109º, y 110º de la Ley Organica de Municipalidades. Articulo 15º. Funciones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales. Son funciones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales: 1. Concertar y proponer las prioridades de gasto e inversion. 2. Proponer las politicas de salubridad. 3. Apoyar las acciones de seguridad ciudadana. 4. Apoyar el mejoramiento de la calidad de los servicios publicos locales y la ejecucion de obras municipales. 5. Organizar torneos y competencias vecinales y escolares tanto deportivas como culturales. 6. Apoyar y fiscalizar la ejecucion de los planes de desarrollo Municipal. 7. Las demas que le delegue la Municipalidad Provincial de Trujillo. Articulo 16º. Comite Provincial de Defensa Civil El Comite de Defensa Civil Provincial, es un organismo integrador de la funcion ejecutiva del SINADECI, orienta sus acciones a proteger la integridad fisica de la poblacion, el patrimonio y el medio ambiente, ante los efectos de los fenomenos naturales o inducidos por el hombre que producen desastres o calamidades. Es presidido por el MORDAZA Provincial y en ausencia de este, asumira la presidencia el MORDAZA MORDAZA y por impedimento de este, el Regidor que para este efecto, determine el Concejo Municipal, esta integrando por: 1. El MORDAZA MORDAZA 2. Los Alcaldes Distritales en su condicion de Presidentes de los Comites Distritales de Defensa Civil 3. Los Alcaldes de los Centros Poblados Menores de su jurisdiccion 4. El Oficial mas antiguo de cada uno de los Institutos Armados de la Provincia 5. El Jefe Provincial de la Policia Nacional del Peru 6. Representantes de las Universidades y Colegios Profesionales de la Provincia 7. Representantes de la Iglesia y otras congregaciones religiosas 8. Funcionarios titulares de los distintos sectores de gobierno con sede en la provincia 9. Representantes de organizaciones vinculadas con el quehacer de Defensa Civil

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