Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2007 (07/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

352805

1. Programar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar la ejecucion de obras de infraestructura basica, de servicios publicos, edificaciones, ornato, obras viales y cualquier otro MORDAZA de obras municipales. 2. Formular y proponer el plan operativo anual y su presupuesto. 3. Mantener un banco catalogado de estudios, expedientes tecnicos formulados y de expedientes de obras liquidadas. 4. Coordinar, elaborar y verificar los expedientes tecnicos de las obras publicas para los procesos de seleccion en sus diferentes modalidades, de acuerdo a lo que dispone la Ley. 5. Controlar y supervisar la ejecucion de obras publicas. 6. Integrar el Comite Especial de adjudicacion de obras, asi como prestar el apoyo necesario y velar por el buen desarrollo de los procesos de seleccion. 7. Proponer a la instancia superior la conformacion de la Comision de Recepcion de Obras Publicas. 8. Dirigir los procesos de supervision y/o inspeccion de ejecucion de obras hasta su respectiva recepcion y liquidacion final, tanto de las ejecutadas por contrata, como por administracion directa. 9. Elaborar estudios y expedientes tecnicos para obras o servicios contemplados en el Plan de Manejo y Desarrollo del Centro Historico de la MORDAZA para tramitar su financiamiento a traves de MORDAZA locales, nacionales o internacionales. 10. Coordinar con las entidades publicas y privadas, de ser el caso, para la buena ejecucion y control de calidad en las obras de mantenimiento y reparacion de infraestructura urbana. 11. Brindar el apoyo tecnico en el mantenimiento y reparacion en los diversos ambientes de la Municipalidad. 12. Emitir opinion tecnica en asuntos relacionados a su competencia. 13. Coordinar y participar en el desarrollo, implementacion, operacion y mantenimiento del Sistema de Informacion de Obras publicas. 14. Proponer normas en el ambito de su competencia. 15. Disponer la apertura o inicio de procedimientos sancionadores en relacion a los asuntos de su competencia. 16. Emitir resolucion de primera instancia en los procedimientos sancionadores de su competencia, calificando y sancionado la comision de infracciones, o en su caso absolviendo de ellas, en los procedimientos que para tal efecto hayan sido puestos a su consideracion por los organos de instruccion 17. Resolver, por delegacion, los asuntos encomendados dando cuenta a su superior jerarquico. 18. Otras que le delegue la Alcaldia o la Gerencia Municipal, o que le MORDAZA MORDAZA por las normas legales Articulo 76º. Estructura de la Gerencia de Obras Publicas La Gerencia de Obras Publicas, cuenta con la siguiente estructura organica · Subgerencia de Proyectos · Subgerencia de Obras Articulo 77º. Subgerencia de Proyectos La Subgerencia de Proyectos es el Organo de linea que depende de la Gerencia de Obras Publicas, encargado de gerenciar y administrar las acciones y actividades relacionadas con la elaboracion de estudios y/o expedientes tecnicos de proyectos de obras municipales. Articulo 78º. Funciones de la Subgerencia de Proyectos Son funciones de la Subgerencia de Proyectos: 1. Efectuar los estudios y/o expedientes tecnicos de proyectos de obras municipales, constituyendose en unidad formuladora. 2. Elaborar las especificaciones tecnicas que exigen los estudios y/o expedientes tecnicos y administrativos de proyectos. 3. Elaborar los expedientes tecnicos de los proyectos y/o disenos arquitectonicos de plazas, parques, areas verdes, espacios publicos y demas obras publicas que realiza la municipalidad. 4. Apoyar en los procesos de seleccion para la contratacion estudios, proyectos y/o ejecucion de obras.

5. Programar, dirigir, coordinar y evaluar la elaboracion de estudios y expedientes tecnicos de obras publicas para los procesos de seleccion de sus diferentes modalidades de acuerdo a lo que la ley disponga. 6. Apoyar a la Comision de Recepcion de Obras en el cumplimiento de sus funciones. 7. Mantener un banco catalogado de estudios y/o expedientes tecnicos. 8. Mantener un archivo catalogado de expedientes de obras liquidadas, tanto por administracion directa como por contrata. 9. Emitir opinion tecnica en asuntos relacionados con su competencia. 10. Iniciar de oficio, o por disposicion superior, procedimientos sancionadores en relacion a los asuntos de su competencia. 11. Notificar, instruir y realizar todas las actuaciones e investigaciones necesarias en los procedimientos sancionadores a su cargo; y elevar todo lo actuado al superior jerarquico, con las recomendaciones del caso, para los fines legales consiguientes 12. Otras funciones que le encargue la Gerencia de Obras Publicas Articulo 79º. Subgerencia de Obras La Subgerencia de Obras es el organo de linea que depende de la Gerencia de Obras publicas, encargado de gerenciar y administrar las acciones y actividades relacionadas con la ejecucion de obras publicas municipales Articulo 80º. Funciones de la Subgerencia de Obras Son funciones de la Subgerencia de Obras: 1. Programar, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar las diversas obras ejecutadas bajo administracion directa y por contrata. 2. Supervisar y controlar el avance fisico-economico de la obra, velando por el cumplimiento efectivo de los tiempos de obra; asi como el pago de su avance. 3. Resolver, por delegacion, los asuntos que especificamente le MORDAZA encomendados, dando cuenta al superior jerarquico. 4. Integrar la Comision de Recepcion de Obras de Habilitacion Urbana. 5. Integrar la Comision de Recepcion de Obras Publicas. 6. Supervisar el MORDAZA constructivo de la ejecucion de las obras de habilitaciones urbanas. 7. Presidir el Comite de Consultorias de Obras Publicas y proponer la Comision de Consultorias de Obras a la instancia superior. 8. Apoyar los procesos de seleccion para la contratacion de ejecucion de obras. 9. Otorgar certificados de Conformidad de Obras 10. Autorizar la ejecucion de obras particulares en vias u otros espacios publicos para la instalacion, ampliacion o reparacion de servicios publicos. 11. Emitir opinion tecnica en asuntos relacionados con su competencia. 12. Iniciar de oficio, o por disposicion superior, procedimientos sancionadores en relacion a los asuntos de su competencia. 13. Notificar, instruir y realizar todas las actuaciones e investigaciones necesarias en los procedimientos sancionadores a su cargo; y elevar todo lo actuado al superior jerarquico, con las recomendaciones del caso, para los fines legales consiguientes. 14. Otras que le encargue la Gerencia de Obras Publicas. Articulo 81º. Gerencia de Educacion, Cultura, Juventud y Deportes La Gerencia de Educacion, Cultura, Juventud y Deportes es el organo de linea, que depende de la Gerencia Municipal, encargado de administrar actividades y acciones de indole cultural, educativa, deportiva, artistica y recreativa, con enfoque cultural hacia el desarrollo humano integral asi como comunidades educadoras; asi mismo reencarga de promover la participacion de la juventud en su desarrollo y en el de la ciudad. Articulo 82º. Funciones de la Gerencia de Educacion, Cultura, Juventud y Deportes Son funciones de la Gerencia de Educacion, Cultura, Juventud y Deportes:

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