Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2007 (07/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de setiembre de 2007

5. Fomentar el desarrollo integral de las MYPES y la generacion de empleo 6. Promover la inversion privada y la cooperacion tecnica internacional para la implementacion de proyectos en el ambito de su competencia. 7. Promover la organizacion y realizacion de ferias para los diferentes sectores productivos, de comercializacion y de servicios. 8. Proponer normas con respecto al comercio ambulatorio, asi como regular y controlar esta actividad en la MORDAZA de Trujillo. Iniciar de oficio o por disposicion superior, procedimientos sancionadores en relacion a los asuntos de su competencia. 9. Notificar, Instruir y realizar todas las actuaciones e investigaciones necesarias en los procedimientos sancionadores a su cargo y elevar todo lo actuado a superior jerarquico, con las recomendaciones del caso para los fines legales consiguientes. 10. Otras que le encargue la Gerencia de Desarrollo Economico Local. Articulo 70º. Subgerencia de Turismo La Subgerencia de Turismo es el organo de linea, que depende de la Gerencia de Desarrollo Economico Local, encargado de administrar actividades y acciones relacionadas con la promocion del desarrollo de la actividad turistica provincial, teniendo en cuenta la politica general del gobierno, los planes sectoriales y las directivas relacionadas con el turismo. Articulo 71º. Funciones de la Subgerencia de Turismo. Son funciones de la Subgerencia de Turismo: 1. Elaborar, proponer y ejecutar el Plan Operativo Anual y su respectivo Presupuesto. 2. Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar actividades vinculadas con el desarrollo Turistico en el ambito de la provincia de MORDAZA en concordancia con los dispositivos legales vigentes. 3. Elaborar y proponer programas y proyectos para promover el mejoramiento de la oferta turistica local. 4. Investigar el potencial turistico y elaborar proyectos de inversion que promuevan el desarrollo economico local. 5. Velar por el cuidado del ornato, respeto y conservacion de los atractivos turisticos de la provincia. 6. Promover el respeto y velar por la seguridad de los turistas, facilitando su estadia. 7. Promover la inversion privada y la cooperacion nacional e internacional para el desarrollo de proyectos turisticos 8. Promover, organizar y apoyar eventos de promocion turistica. 9. Organizar campanas y/o cursos de sensibilizacion y capacitacion turistica. 10. Promover la demanda turistica nacional e internacional en el ambito de la provincia de Trujillo. 11. Liderar las mesas de concertacion entre los agentes de la actividad turistica. 12. Formular concertadamente y ejecutar estrategias del programa de desarrollo turistico de la provincia de Trujillo. 13. Promover y supervisar la calidad de los servicios turisticos y el cumplimiento de los estandares exigidos a los prestatarios de los mismos. 14. Mantener actualizada la base de datos de la oferta turistica, servicios y otros relacionado al ambito de su competencia que permita contar con informacion actualizada para el analisis y toma de decisiones. 15. Iniciar de oficio o por disposicion superior, procedimientos sancionadores en relacion a los asuntos de su competencia 16. Notificar, Instruir y realizar todas las actuaciones e investigaciones necesarias en los procedimientos sancionadores a su cargo y elevar todo lo actuado a superior jerarquico, con las recomendaciones del caso para los fines legales consiguientes 17. Otras que le encargue la Gerencia de Desarrollo Economico Local. Articulo 72º. Subgerencia de Licencias y Comercializacion. La Subgerencia de Licencias y Comercializacion es el organo de linea que depende de la Gerencia de Desarrollo Economico Local, encargado de administrar

los procesos para el otorgamiento de licencias y autorizaciones municipales de apertura y funcionamiento de establecimientos industriales, comerciales y de servicios, de anuncios y propaganda, de espectaculos publicos no deportivos y la administracion de los mercados municipales, de acuerdo a las normas vigentes. Articulo 73º. Funciones de la Subgerencia de Licencias y Comercializacion Son funciones de la Subgerencia de Licencias y Comercializacion: 1. Elaborar, proponer y ejecutar el Plan Operativo Anual y su respectivo Presupuesto. 2. Proponer las normas con respecto del acopio, expendio, almacenamiento y comercializacion de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia. 3. Emitir opinion, instruir y coordinar en temas referidos al otorgamiento de certificados de zonificacion y compatibilidad de uso para fines de tramitacion de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de servicios. 4. Emitir opinion, instruir y coordinar en los procedimientos referidos al otorgamiento de Licencias de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de servicios de acuerdo a la Ley MORDAZA de Licencias de Funcionamiento N° 28976. 5. Emitir opinion, instruir, verificar los procedimientos y requisitos normados para la instalacion de establecimientos que cuenten con Licencias de Funcionamiento (Toldos, anuncios y paneles simples). 6. Emitir opinion, instruir, verificar los procedimientos y requisitos normados para la licencia de apertura de funcionamiento, conjuntamente con la instalacion de toldos y/o anuncios asi como la utilizacion de la via publica en lugares permitidos 7. Emitir opinion, instruir, verificar los procedimientos y requisitos normados para la MORDAZA de espectaculos publicos no deportivos en diversos escenarios publicos o privados 8. Promover la formalizacion de los establecimientos comerciales, industriales y de servicio que carecen de licencia de funcionamiento, en los asuntos de su competencia. 9. Proponer, impulsar e implementar mejoras e innovaciones en los diversos procesos, procedimientos y normatividad interna en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo Economico Local 10. Desarrollar y ejecutar planes de mejoramiento continuo en los mercados para garantizar la calidad y procedencia de productos de consumo humano. 11. Controlar y fiscalizar el funcionamiento de los establecimientos comerciales, industriales y de servicio, asi como de los mercados 12. Iniciar de oficio, parte o por disposicion superior, procedimientos sancionadores en relacion a los asuntos de su competencia. 13. Notificar, Instruir y realizar todas las actuaciones e investigaciones necesarias en los procedimientos sancionadores a su cargo y elevar todo lo actuado a superior jerarquico, con las recomendaciones del caso para los fines legales consiguientes. 14. Mantener actualizada la base de datos de autorizaciones de establecimientos, licencias de funcionamiento, anuncios y supervisiones realizadas para el analisis y la toma de decisiones. 15. Resolver por delegacion los asuntos que especificamente le MORDAZA encomendados, dando cuenta al superior jerarquico 16. Otras que le encargue la Gerencia de Desarrollo Economico Local Articulo 74º. Gerencia de Obras Publicas La Gerencia de Obras Publicas, es el organo de linea que depende de la Gerencia Municipal, encargado de gerenciar acciones y actividades relacionadas con la elaboracion de estudios, expedientes tecnicos de proyectos municipales y de la ejecucion de obras publicas municipales; asi como velar por el control de obras desarrolladas por entidades publicas; verificando y supervisando los procesos tecnicos, asegurando que estos MORDAZA llevados con un adecuado control de calidad. Articulo 75º. Funciones de la Gerencia de Obras Publicas Son funciones de la Gerencia de Obras Publicas:

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