Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2007 (07/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de setiembre de 2007

La Policia Nacional tiene la obligacion de prestar el apoyo que requiera la autoridad municipal para hacer cumplir sus disposiciones, conforme a ley. Articulo 126º. La Municipalidad Provincial de MORDAZA, mantiene y propicia relaciones con las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion, asi como con las del resto de la region y MORDAZA, con el fin de coordinar, de cooperar y de asociarse para la ejecucion de obras o prestacion de servicios, dentro del respeto mutuo de sus competencias y gobierno. TITULO MORDAZA DE LOS PROCEDIMIENTOS Y ACTOS ADMINISTRATIVOS Articulo 127º. Los procedimientos y actos administrativos en la Municipalidad Provincial de MORDAZA, se rigen por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), por la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, por las disposiciones legales de caracter especial y, supletoriamente, por el Codigo Procesal Civil. Articulo 128º. La Municipalidad Provincial de MORDAZA, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27444, ejerce sus funciones administrativas en dos instancias, que seran reglamentadas por la Alcaldia mediante Decreto. TITULO MORDAZA DE LOS ACTOS DE ADMINISTRACION Articulo 129º. Los actos de administracion son aquellos que estan relacionados a la administracion interna de los recursos humanos, economicos, bienes y servicios destinados al funcionamiento de la institucion y a la prestacion de los servicios municipales. Articulo 130º. Los actos de administracion se ejercen por la Alcaldia, la Gerencia Municipal, Gerencias, Subgerencias u otros organos autorizados de la municipalidad. Articulo 131º. Ningun funcionario o empleado de la entidad se avocara a realizar acciones y actos administrativos o de administracion que MORDAZA privativos de la Alcaldia. TITULO MORDAZA DE LAS RESPONSABILIDADES, INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 132º. Los funcionarios y servidores de la entidad son responsables civil, penal y administrativamente por accion u omision respecto a sus obligaciones funcionales. Articulo 133º. Las responsabilidades, infracciones y sanciones de los funcionarios y empleados de la Municipalidad Provincial de MORDAZA se rigen, entre otras disposiciones legales, por las normas del Codigo Civil, Codigo Penal, y la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y por el Codigo de Etica de la Funcion Publica -Ley Nº 27815 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 033- 2005-PCM, segun se trate de responsabilidad civil, penal y/o administrativa, respectivamente. Las responsabilidades y medidas disciplinarias del personal obrero, se regira por las normas pertinentes del regimen laboral de la actividad privada, al cual estan sujetos conforme a ley. TITULO MORDAZA DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Son funciones comunes de la Gerencia Municipal, Oficinas, Gerencias y Subgerencias de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, las siguientes: 1. Proponer, al superior jerarquico inmediato, disposiciones normativas, administrativas y/o de administracion relacionadas con el funcionamiento de su unidad organica, de la entidad y de los servicios municipales. 2. Administrar el sistema de administracion documentaria en el ambito de su competencia, conforme a la normatividad vigente. 3. Administrar la informacion que se procese en el Sistema Informatico con que cuente la unidad organica para el mejor cumplimiento de sus funciones.

4. Actuar a nombre de la municipalidad en los asuntos relacionados con las funciones de su competencia. 5. Coordinar la planificacion y ejecucion de sus actividades con otras dependencias a fin de racionalizar los recursos y optimizar los resultados. 6. Informar a su superior jerarquico y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el avance en la ejecucion de las metas del Plan de Trabajo Institucional. 7. Visar las propuestas normativas, administrativas y/o de administracion que formulen, revisen y eleven para la suscripcion del superior jerarquico. Segunda.- Los Instrumentos de Gestion para el funcionamiento institucional, se aprobaran: 1. El Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, mediante Ordenanza Municipal. 2. El Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) mediante Acuerdo de Concejo y/o por Decreto de Alcaldia. 3. El Manual de Organizacion y Funciones (MOF), el Manual de Procedimientos Administrativos (MAPRO), el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), el Presupuesto Nominativo de Personal (PNP) y el Plan Operativo Institucional (POI), mediante Decreto de Alcaldia. 4. El Reglamento que regule las materias que resolveran en primera instancia las Gerencias o Subgerencias, mediante Decreto de Alcaldia. Tercera.- La Alcaldia, en los casos y en la oportunidad que estime conveniente, constituira por Decreto Comites de Gestion para optimizar la prestacion de los servicios; los cuales seran presididos por el Gerente Municipal e integrados por los Gerentes y Subgerentes que corresponda segun su competencia funcional. Los Comites de Gestion podran ser asistidos por los asesores de la Alcaldia, segun su especialidad y experiencia. Cuarta.- El MORDAZA, en ejercicio de sus atribuciones, esta facultado para designar y/o contratar Asesores de la Alcaldia en calidad de funcionarios de confianza. Quinta.- La Alcaldia goza de potestad discrecional y autonomia decisoria en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico nacional y local y a las politicas institucionales aprobadas. Sexta.- El Gerente Municipal, el Procurador Publico, el Jefe del SATT, el Jefe del SEGAT, el Jefe del SAIMT, los Gerentes y Subgerentes, seran designados por el MORDAZA, en condicion de funcionarios de confianza. Setima.- Las funciones de administracion de los Registros Civiles de la Entidad estaran a cargo de un funcionario que dependera administrativamente de la Gerencia Municipal hasta que se termine el MORDAZA de transferencia del acervo documentario al RENIEC; realizando las funciones siguientes: 1. Coordinar y participar en el desarrollo, implementacion, operacion y mantenimiento del Sistema Integral de Registros Civiles en coordinacion con el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC). 2. Promover la formalizacion de las uniones de hecho. 3. Celebrar matrimonios civiles, por delegacion del MORDAZA, de acuerdo a las normas vigentes sobre la materia. 4. Inscripcion administrativa, por mandato judicial o por mandato notarial de reconocimiento, rectificacion o modificacion de los hechos vitales registrados en los libros de la municipalidad. 5. Expedir copias certificadas de hechos vitales registrados en la municipalidad (partidas de nacimiento, matrimonio y defuncion), y de los expedientes, oficios o resoluciones que originaron una inscripcion. 6. Expedir constancias o certificaciones de nacimiento, matrimonio, defuncion, viudez, solteria, de disolucion de vinculo y de no inscripcion de hecho vital. 7. Otras funciones de acuerdo a la normatividad vigente relacionadas con los hechos vitales 8. Otras funciones de que le encargue la Gerencia Municipal Octava.- El Organigrama Estructural, que corre en anexo, forma parte del presente reglamento. Novena.- Derogar el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0152005-MPT, incluyendo sus ampliatorias y modificatorias y toda disposicion municipal que se oponga al presente reglamento o limite su aplicacion. Decima.- El presente ROF, entrar en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion.

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