Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2008 (05/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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CODIGO 05-0206 INFRACCION Destruir productos pirotecnicos sin la autorizacion correspondiente. PROCEDIMIENTO PREVIO

NORMAS LEGALES
MONTO DE LA MULTA 2 MEDIDA COMPLEMENTARIA

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2008

DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia de Fiscalizacion y Control, en coordinacion con los organismos pertinentes. Tercera.- Autorizar para que mediante Decreto de Alcaldia se apruebe el Texto Unico Ordenado que sistematice las Ordenanzas Nos. 984 y 1014 publicadas el 7 de enero y 18 de junio del ano 2007, respectivamente. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 1 de diciembre de 2008 MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 286484-1

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Centro de Control y Gestion, siendo esta responsable de la coordinacion de la operacion integral del Sistema. Articulo 9º.- Componentes El Sistema esta compuesto por unidades de gestion y actividades complementarias, conexas y colaterales, siendo estos los siguientes: a. Unidades de gestion: 1) Centro de Gestion y Control (...)

Todas las unidades de gestion, deberan estar a cargo de uno o mas operadores, segun el caso, los cuales cuentan con titulo habilitante otorgado en los terminos establecidos por este reglamento y los respectivos contratos. El Centro de Gestion y Control, estara a cargo de PROTRANSPORTE. (...) CAPITULO II CENTRO DE GESTION Y CONTROL

Articulo 11º.- Definicion. El Centro de Gestion y Control esta a cargo de PROTRANSPORTE, y se encuentra encargada de la gestion, control y supervision del funcionamiento del Sistema de acuerdo a los parametros de los contratos de concesion y otras normas complementarias. Articulo 12º. Funciones. Son funciones del Centro de Gestion y Control: (...) Articulo 16º. Funciones. Son funciones de los operadores de transporte de pasajeros las siguientes: (...) c) Cumplir con la programacion operacional establecida por el Centro de Gestion y Control y demas condiciones de prestacion del servicio establecidas en los contratos de concesion. (...) Articulo 20º.- Fideicomiso. El patrimonio fideicometido estara formado por los ingresos generados por la venta de los medios de acceso al Sistema, cuya recaudacion es centralizada por la unidad de recaudo. En dicho sentido, PROTRANSPORTE, como parte del Consorcio Coordinador, sera el encargado de constituir el Fideicomiso y en consecuencia, actuara como Fideicomitente. Articulo 23º.- Consorcio Coordinador Es una asociacion de intereses comunes cuyo objeto es la coordinacion de la explotacion de los servicios de recaudo y transporte de pasajeros. Los concesionarios encargados de las unidades de recaudo, de transporte de pasajeros y PROTRANSPORTE en su condicion de operador del Centro de Gestion y Control, conformaran un Consorcio Coordinador sin contabilidad independiente que coordinara la prestacion del servicio publico de transporte integrado de pasajeros en los corredores viales y vias alimentadoras del Sistema, de conformidad a lo establecido en los Contratos de Concesion y Consorcio Coordinador. Articulo 24º.- Responsabilidad Administrativa y Civil Ante cualquier hecho o situacion de responsabilidad del Consorcio Coordinador, los concesionarios encargados de las unidades de recaudo y del transporte de pasajeros son individualmente responsables administrativa y civilmente ante las autoridades competentes y los usuarios del servicio publico de transporte de pasajeros dentro del ambito de operacion del corredor, eje vial o MORDAZA, sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en la Ley y de las obligaciones contraidas por cada uno de sus miembros frente a PROTRANSPORTE. Articulo 26º. Del Servicio de Transporte. El servicio de transporte en el Sistema a que se hace referencia en el MORDAZA parrafo del articulo 2º, consiste en el servicio exclusivo de transporte de pasajeros en buses troncales y/o alimentadores prestado mediante concesion otorgada por PROTRANSPORTE, prestado de acuerdo a la programacion y control ejercido por el Centro

Modifican el Reglamento de Operacion del Sistema de Corredores Segregados de Alta Capacidad a cargo del Instituto Metropolitano de Protransporte de MORDAZA
ORDENANZA N° 1194 EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de noviembre del 2008 el Dictamen N° 236-2008-MMLCMAEO de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA, DEROGA E INCLUYE DIVERSOS ARTICULOS DEL REGLAMENTO DE OPERACION DEL SISTEMA DE CORREDORES SEGREGADOS DE ALTA CAPACIDAD A CARGO DEL INSTITUTO METROPOLITANO DE PROTRANSPORTE DE MORDAZA Articulo Primero.- Modifiquese los numerales 4.5 y 4.10 del articulo 4º, el articulo 9º, Capitulo II, articulo 11º, articulo 12º, el literal c) del articulo 16º, articulo 20º, articulo 23º, articulo 24º, articulo 26º, articulo 27º, articulo 29º, articulo 35º, y articulo 42º del Reglamento de Operacion del Sistema de Corredores Segregados de Alta Capacidad a Cargo del Instituto Metropolitano de Protransporte de MORDAZA, aprobado mediante la Ordenanza Nº 873, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: Articulo 4º.- Definiciones Para efectos del presente reglamento deben considerarse las siguientes definiciones: (...) 4.5. Centro de Gestion y Control. Es la unidad de gestion a cargo de PROTRANSPORTE, encargada del control y la supervision del funcionamiento del Sistema de acuerdo a los parametros que establezca PROTRANSPORTE en los contratos de concesion y otras normas complementarias. (...) 4.10. Consorcio Coordinador: Asociacion conformada por los concesionarios encargados de las unidades de recaudo, del servicio de transporte de pasajeros y PROTRANSPORTE en su condicion de operador del

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