Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2008 (05/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO:

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de Gestion y Control, a cambio del pago del precio del pasaje que se realiza a traves de los medios de acceso emitidos y validados por la Unidad de Recaudo. (...)

Articulo 27º. Programacion del Servicio de Transporte. El servicio de transporte se brinda de conformidad con las condiciones establecidas en los respectivos titulos habilitantes y con la programacion general y supervision establecidas por el Centro de Gestion y Control, de acuerdo a los parametros de calidad y desempeno establecidos por PROTRANSPORTE y en las normas tecnicas y/o los contratos de concesion. Los programas de operacion seran las herramientas de despacho y verificacion de cumplimiento de los servicios por parte del Centro de Gestion y Control. El Centro de Gestion y Control podra realizar ajustes a los Programas de Operacion de acuerdo a las condiciones del servicio.

EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En la Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 01-2008-MDEA/CE-RUOS de las Comisiones Permanentes de Rentas, Asuntos Legales, Desarrollo Humano, y Participacion Ciudadana y Vaso de Leche. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 191°, de la Constitucion Politica del Peru las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, en el articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades, tomando en cuenta su condicion provincial, distrital asumen sus competencias y ejercen sus funciones especificas, con caracter exclusivo o compartido; en el numeral 5) precisa que, en materia de Participacion Vecinal en el desarrollo local, 5.2. Establecen instrumentos y procedimientos de fiscalizacion, 5.3. Organizar los registros de Organizaciones Sociales y vecinales de su jurisdiccion. Que en el distrito se han identificado diversas Organizaciones de Base, sociales, vecinales, culturales, empresariales y deportivas, y otras representativas de la sociedad civil que participe en el desarrollo de su comunidad. Que resulta necesario que tales organizaciones participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales, en actividades que promuevan el desarrollo de su localidad, a traves de diversos mecanismos, y como un medio de fortalecimiento de la democracia desde su base social, para los objetivos mencionado las referidas organizaciones deben contar con un registro unico que les permita su participacion Organizada. Que el Decreto Supremo Nº 004-2008-MIMMDES, dispuso que las asociaciones sin fines de lucro tienen la obligacion de adecuar sus estatutos a las normas constitucionales y de las leyes relativas a promover la lucha contra la discriminacion por razon de sexo, de modo que se concreticen normas para garantizar la igualdad entre varones y mujeres. Al respecto, el codigo civil en su articulo 292 senala que la representacion de la sociedad conyugal es ejercida conjuntamente por los conyuges. Fundamentos legales que deben ser tomados en cuenta por las organizaciones sociales al momento de aprobar sus estatutos, incluyendo que la sociedad conyugal obtenida por el matrimonio o por concubinato, sea representada por cualquiera de los conyuges, sea varon o mujer, o de manera indistinta o alternada; promoviendo asi la igualdad de oportunidades en el ejercicio de su derecho de administrar y conservar los bienes de la familia. Que el ejercicio de las facultades conferidas al concejo en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores del concejo Municipal, con la dispensa y tramite y lectura del acta se ha expedido lo siguiente; Por tanto, estando a lo expuesto, en uso de las facultades que le confiere el numeral 8 del articulo 9º y el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, el concejo municipal con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta, por UNANIMIDAD aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL REGISTRO UNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES (RUOS) EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO. Articulo 1°.- APROBAR el "Reglamento del Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) en el distrito de El Agustino" documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Las organizaciones sociales inscritas con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, deberan regularizar su situacion en el plazo MORDAZA de 6 meses contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ordenanza. Articulo 3º.- La Unidad de Participacion Vecinal, Prensa, RR. PP. y Protocolo, debera promover con

Articulo 29º.- Precio del pasaje El precio del pasaje tecnico del servicio publico de transporte del Sistema, asi como sus posteriores ajustes, son determinados aplicando las condiciones y limites establecidos en las bases de la licitacion y los contratos de concesion. Los concesionarios encargados de las unidades de recaudo y de transporte de pasajeros que conforman el Consorcio Coordinador a que se refiere el Capitulo VI, podran implementar a traves de dicho consorcio esquemas de precios de pasajes diferenciados al usuario, cuyo promedio ponderado no podra ser mayor al pasaje tecnico indicado en el parrafo anterior. En caso de falta de acuerdo de los concesionarios encargados de las unidades de recaudo y de transporte de pasajeros para la determinacion de los esquemas de precios a que se refiere el parrafo anterior, se aplicaran las reglas previstas para este caso en los contratos de concesion. Articulo 35º.- Participacion Privada y MORDAZA de Subsidiariedad La operacion del Sistema, con excepcion del Centro de Gestion y Control, la realizan los operadores privados a traves de un titulo habilitante otorgado por PROTRANSPORTE. (...) Articulo 42º.- Comite Especial Los procesos de Licitacion Publica estan a cargo de un Comite Especial, designado para cada MORDAZA de seleccion, que tendra la conduccion desde la convocatoria hasta que la Buena Pro quede consentida, administrativamente firme o hasta que se produzca la cancelacion del proceso. Asimismo, el Comite Especial es responsable de conducir los actos de cierre que se establezcan en las Bases de los procesos de seleccion. (...) POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 1 de diciembre de 2008 MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 286540-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban Reglamento del Unico de Organizaciones (RUOS)
ORDENANZA N° 386-MDEA El MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2008

Registro Sociales

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