Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2008 (05/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

384602

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2008

El articulo 47º, inciso g) del Reglamento de Organizacion y Funciones de (ROF) de la Entidad, establece que el Jefe de la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas debe disenar, actualizar y recibir las declaraciones juradas de los tributos en que sea obligatorio su MORDAZA por los obligados, registrandolo en los padrones correspondientes. El incumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Entidad, que establece que se tiene que mantener constantemente actualizada las Declaraciones Juradas de los tributos de los contribuyentes del Distrito, configura Responsabilidad Administrativa. Lo expuesto, se ha debido al incumplimiento del Jefe de la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas sobre sus funciones en el Reglamento de Organizacion y Funciones, trayendo como consecuencia que las direcciones de los contribuyentes se encuentren desactualizados. En opinion del Auditor, de acuerdo a los descargos presentados por el Jefe de la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas se reafirma configurando Responsabilidad Administrativa, por parte del Jefe de la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas. De acuerdo al analisis de los descargos presentados, se ha evidenciado que existe Responsabilidad Administrativa en concordancia a los dispuestos en el articulo 28º, incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 por parte del Jefe de la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por mantener desactualizados las direcciones de los contribuyentes tanto de los Predios Urbanos (P.U) como hoja resumen (R.H), lo que ha impedido en obtener una mayor cantidad de respuestas de la circulacion por haberse enviado a direcciones que ha proporcionado totalmente desactualizada. Que, la Comision ha analizado la documentacion materia de la observacion determinando que existe responsabilidad administrativa del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex Jefe de la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas por encontrarse incurso con lo dispuesto en el articulo 28º, incisos a) y d) del Decreto Legislativo N° 276; Que, el articulo 151° del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, senala que las faltas se tipifican por la naturaleza de la accion u omision. Su gravedad sera determinada evaluando las condiciones siguientes: a) Circunstancia en que se comete; b) La forma de comision; c) La concurrencia de varias faltas; d) La participacion de uno o mas servidores en la comision de la falta; y e) Los efectos que produce la falta. Que, el articulo 150° del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00590-PCM, senala que se considera falta disciplinaria a toda accion u omision, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad especifica sobre los deberes de servidores y funcionarios, establecidos en el articulo 28º y otros de la Ley y el presente Reglamento. La comision de una falta da lugar a la aplicacion de la sancion correspondiente; Que, el articulo 175° del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00590-PCM, senala que estan comprendidos en el presente capitulo los funcionarios y servidores publicos contratados en lo que es aplicable aun en el caso que hayan concluido su vinculo laboral con el Estado y dentro de los terminos senalados en el articulo 173° del presente Reglamento; Que, el articulo 152º de la acotada MORDAZA indica que la calificacion de la gravedad de la falta es atribucion de la autoridad competente o de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, segun corresponda; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 165° del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM establece que para el MORDAZA de funcionarios se construira una comision especial integrado por tres miembros acordes con la jerarquia del procesado esta comision tendra las mismas facultades y observara similar procedimiento que la comision permanente de procesos administrativos; Que la Comision tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir MORDAZA administrativo disciplinario

en caso de no proceder este elevara lo actuado al Titular de la Entidad, con los fundamentos de su pronunciamiento para los fines del caso de conformidad con el articulo 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, la COMISION ESPECIAL DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS RECOMIENDAAPERTURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a los Ex Funcionarios que se encuentran incurso en el Informe N° 002-2001/MDLP/OAI Auditoria a los Estados Financieros y Presupuestarios del 2000 de la Oficina de Auditoria Interna de la Municipalidad Distrital de La Perla; Estando con la Recomendacion de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios mediante Dictamen Nº 017-2008-CEPAD-MDLP en consecuencia es necesario emitir el acto administrativo; y Que estando a lo expuesto y de conformidad con lo prescrito por el articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aperturar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los siguientes Ex Funcionarios que a continuacion se detalla:

MORDAZA FERRER SALAVERRY, Ex Jefe de la Oficina de Contabilidad, por encontrarse incurso en Responsabilidad Administrativa conforme establece el articulo 28º, inciso d) del Decreto Legislativo Nº276, por las Observaciones N° 1, 2, 3, y 4 del Informe Largo de Auditoria a los Estados Financieros del 2000 de la Oficina de Auditoria Interna de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex Jefe de la Unidad Tesoreria, por encontrarse incurso en Responsabilidad Administrativa conforme establece el articulo 28º, inciso d) del Decreto Legislativo Nº 276, por las Observaciones N° 5 y 6 del Informe Largo de Auditoria a los Estados Financieros del 2000 de la Oficina de Auditoria Interna de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. MORDAZA MANCO MORDAZA, Ex Jefe de Oficina de Administracion, por encontrarse incurso en Responsabilidad Administrativa conforme establece el articulo 28º, inciso d) del Decreto Legislativo Nº276, por las Observaciones N° 5 y 6 del Informe Largo de Auditoria a los Estados Financieros del 2000 de la Oficina de Auditoria Interna de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. MORDAZA MORDAZA GELDERES, Ex Jefe de Oficina de Administracion Tributaria y Rentas, por encontrarse incurso en Responsabilidad Administrativa conforme establece el articulo 28º, inciso d) del Decreto Legislativo Nº 276, por la Observacion N° 7 del Informe Largo de Auditoria a los Estados Financieros del 2000 de la Oficina de Auditoria Interna de la Municipalidad Distrital de la MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que se notifique la presente Resolucion a las personas indicadas en el articulo precedente de manera personal o mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de (72) horas contados a partir del dia siguiente de la expedicion del presente acto Resolutivo. Articulo Tercero.- OTORGAR a los Ex Funcionarios un plazo de (05) cinco dias habiles contados a partir del dia siguiente de la Notificacion o Publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para que presenten el descargo y las pruebas que crea conveniente a su defensa conforme a los articulos 168º y 169º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Articulo Cuarto.- REMITIR la presente Resolucion y todo lo actuado a la Comision Especial de Procesos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.