Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2011 (31/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2011

Esta modalidad, permite que el propio participante decida la hora de estudio, el lugar desde donde conectarse y el tiempo que empleara para su formacion. Se recomienda que el tiempo de estudio sea un minimo de dos (2) horas diarias. Los participantes deben contar con material didactico estructurado de manera que posibilite el autoaprendizaje, asi como con la guia y el acompanamiento permanente de tutores virtuales, quienes a traves de foros, chats, correo electronico y otra serie de herramientas informaticas y pedagogicas deben seguir de cerca el MORDAZA de autoformacion de los participantes, manteniendo una comunicacion permanente con ellos. Esto implica que el IEST o ISE debe contar con una infraestructura (plataforma virtual, servidores) y recursos (profesionales para el desarrollo tecnologico y mantenimiento, para la asesoria tecnico pedagogica, para la elaboracion de guias y textos para el participante, entre otros) que garantice el soporte y sostenibilidad de un programa que involucre la educacion semi-presencial. 5.8 Evaluacion del aprendizaje La evaluacion es el MORDAZA permanente de informacion y reflexion sistematica sobre los aprendizajes. Orienta la labor del docente y el participante, se lleva a cabo para tomar decisiones sobre los reajustes a realizar en los procesos de ensenanza y aprendizaje, en el cual los participantes y docentes aprenden de sus aciertos y logros, para mejorarlos; asi como de sus errores y retos que asume para la superacion de los mismos. La evaluacion motiva el trabajo de participante y esta basado en el respeto mutuo y la responsabilidad etica del docente. En el enfoque basado en competencias, para la evaluacion de los aprendizajes se toman en cuenta los criterios de evaluacion, a partir de los cuales se definen los indicadores que constituyen los estandares de calidad minimos a lograr en la capacidad terminal. El MORDAZA de evaluacion en este enfoque tiene dos dimensiones que se dan en forma paralela: la primera se relaciona con el seguimiento del aprendizaje, y la MORDAZA se refiere a la valoracion del mismo expresada en calificaciones que reflejan cuanto se ha aprendido. Esta perspectiva plantea no centrarse en la calificacion del aprendizaje, sino concebir la evaluacion de manera integral. Se plantean cuatro tecnicas para el MORDAZA de evaluacion del aprendizaje en los programas. El uso de estas dependera de la definicion de la variable del objeto de evaluacion, es decir la capacidad o actitud que se quiera evaluar. Son las siguientes: · Observacion del MORDAZA · Verificacion del producto · Verificacion de la informacion · Observacion de las actitudes Observacion del MORDAZA, permite verificar el manejo procedimental de la competencia expresada en cada capacidad terminal; es decir, el procedimiento empleado por el participante, ajustado a los estandares de calidad durante la ejecucion de la funcion. Verificacion del producto, posibilita evaluar el desempeno del participante, a partir de la calidad del producto que elabora o servicio que ofrece. Se evalua teniendo en cuenta los criterios de calidad establecidos. Verificacion de la informacion, permite conocer el manejo de informacion por parte del participante en relacion con el tema tratado. Puede realizarse de manera oral o a traves de instrumentos (pruebas objetivas, estudios de casos, etc.). Observacion de las actitudes, permite verificar el comportamiento personal en relacion a la puntualidad, responsabilidad, equidad, honestidad, pulcritud, trabajo en equipo, aplicacion de iniciativas y la practica de valores. La evaluacion, es tambien un MORDAZA interactivo en el que se emiten juicios de valor, se considera importante la autoevaluacion, coevaluacion y heteroevaluacion.. La evaluacion del aprendizaje se caracteriza por ser sistematica, integral, permanente, flexible, diversificada y acumulativa. Las normas de evaluacion determinaran los procedimientos y mecanismos que permitan contrastar las caracteristicas finales alcanzadas por los participantes en correspondencia con las capacidades de cada curso de extension o planes de estudio del programa.

VI. MONITOREO Y SUPERVISION a) El Director General y el Jefe de Unidad Academica del IEST o ISE realizaran acciones de monitoreo y supervision interna de manera sistematica, indicando por escrito logros y dificultades para mejorar la ejecucion. b) El especialista de educacion superior tecnologica de la Direccion Regional de Educacion, realizara acciones de monitoreo y supervision externa a los cursos de extension y los programas de capacitacion, actualizacion y especializacion, aplicando el formato pertinente elaborado por la DRE, dejara una MORDAZA para que el IEST o ISE levante las observaciones respectivas, si hubiera lugar. c) Los especialistas de la Direccion de Educacion Superior Tecnologica y Tecnico Productiva del Ministerio de Educacion, supervisaran y evaluaran las actividades de los cursos de extension y de los programas, aplicando los instrumentos pertinentes y dejando por escrito las observaciones respectivas, si hubiera lugar. d) El Director General del IEST o ISE, al finalizar el desarrollo del curso de extension y de los programas autorizados, en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario, debera enviar un informe a la Direccion Regional de Educacion, consignando lo siguiente: · Logros y dificultades encontrados y acciones de mejora para la ejecucion del curso o programa. · Nominas de matricula de los participantes. · Actas consolidadas de evaluacion. · Balance economico del curso o programa, con firma y sello de un profesional colegiado.

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE LOS CURSOS DE EXTENSION Y PARA LA AUTORIZACION DE PROGRAMAS DE CAPACITACION, ACTUALIZACION Y ESPECIALIZACION EN INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO E INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION
I. FINALIDAD Normar aspectos referidos al desarrollo de cursos de extension y el procedimiento para autorizacion de programas de capacitacion, actualizacion y especializacion en Instituto de Educacion Superior Tecnologico e Instituto Superior de Educacion. II. ALCANCES Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional - DIGESUTP. Direccion de Educacion Superior Tecnologica y Tecnico Productiva - DESTP. Institutos de Educacion Superior Tecnologico - IEST publicos y privados. Institutos Superiores de Educacion ­ ISE publicos y privados III. DISPOSICIONES GENERALES 3.1 Los IEST o ISE publicos y privados pueden ofrecer cursos de extension, los cuales deben estar relacionados con las carreras profesionales autorizadas que oferta la Institucion. Los cursos de extension no requieren ser autorizados por ninguna instancia del Ministerio de Educacion. La certificacion de los cursos de extension son otorgado por el IEST y no pueden ser otorgados a nombre del Ministerio de Educacion ni otra instancia educativa. 3.2 Constituye infraccion muy grave del IEST o ISE denominar a los cursos de extension con los mismos nombres que las carreras o programas autorizados. 3.3 Los cursos de extension no podran tener la misma denominacion que los modulos correspondientes a los ciclos basico y medio de la Educacion Tecnico Productiva. 3.4 Por ningun motivo el IEST o ISE puede tomar los documentos tecnico pedagogicos oficiales (nominas, registros, actas y certificados) para la certificacion de los cursos de extension. 3.5 Los IEST e ISE publicos y privados para ofertar los programas de capacitacion, actualizacion y especializacion deberan tener las condiciones adecuadas de infraestructura, equipamiento propio y potencial humano calificado. Asimismo, no deben interferir en el desarrollo de las carreras o programas profesionales autorizadas.

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