Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2011 (31/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2011

d) Inspector Municipal de Transporte: Personal asignado al control del MORDAZA por la autoridad municipal. e) Administrador del Deposito Municipal: Personal asignado para dirigir el funcionamiento del deposito municipal. f) Guardiania: Servicio de vigilancia y custodia de los vehiculos menores internados en el Deposito Municipal, cuyo servicio por dia se encuentra establecido en el tarifario de la Entidad. g) Remolque (ar): Servicio mediante el cual un vehiculo municipal o asignado por parte de la Municipalidad, traslada o lleva por tierra a un vehiculo menor que no se encuentra operativo para trasladarse por si mismo; cuyo servicio por dia se encuentra establecido en el tarifario de la Entidad. TITULO IV DEL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACION DE VEHICULOS MENORES Articulo 4.- El Inspector Municipal de Transporte o el personal de la Policia Nacional del Peru verificaran que los conductores, Empresas y/o Asociaciones de transporte de vehiculos menores que cometan las infracciones contenidas en el Anexo N° 01 de la Ordenanza N° 069-MDSL, modificada por la Ordenanza N° 072-MDSL y que conlleven a la aplicacion de la sancion complementaria de internamiento del vehiculo menor, MORDAZA internados en el deposito municipal objeto del presente decreto, realizando para tales efectos los operativos de fiscalizacion correspondientes. El traslado del vehiculo menor sera efectuado por cuenta y costo del propietario y/o conductor, caso contrario, el gasto por el traslado o remolque que deba realizar la Municipalidad, sera asumido por el propietario y/o conductor. El original de la papeleta de infraccion se entregara al infractor, la primera MORDAZA se quedara con el Inspector Municipal o efectivo policial y la MORDAZA MORDAZA para el administrador del Deposito Municipal, de ser el caso. Articulo 5.- Para el internamiento de los Vehiculos Menores al deposito municipal se debera llenar el Acta de Internamiento, conforme al formato aprobado para tal efecto, en el que se consignara el estado actual del vehiculo y de sus accesorios. El Acta de Internamiento sera suscrita por el Administrador del Deposito Municipal, el Inspector Municipal de Transporte (ademas del efectivo policial en caso MORDAZA intervenido) y el infractor (en caso de negativa, se dejara MORDAZA de ello). La distribucion del Acta de Internamiento sera de la siguiente manera: el original queda con el Administrador del Deposito Municipal, la primera MORDAZA sera entregada al infractor y, la MORDAZA a la Sub Gerencia de Obras Publicas y MORDAZA, en el plazo perentorio de 24 horas. Articulo 6.- El vehiculo menor internado en el Deposito Municipal solo podra ser retirado por su propietario, una vez cumplida las siguientes exigencias: a. Solicitud de la Liberacion del Vehiculo Menor. b. MORDAZA simple del DNI c. Documento que acredite la propiedad del Vehiculo (copia fedateada de la tarjeta de o MORDAZA legalizada del Contrato de Compraventa). d. MORDAZA del Acta de Internamiento. e. Recibo cancelado del pago de la multa impuesta. f. Recibo de pago por guardiania del Vehiculo menor. g. Recibo de pago por remolque, de ser el caso. La Orden de Liberacion sera autorizada por el Sub Gerente de Obras Publicas y MORDAZA y visada por el Gerente de Desarrollo Urbano. La distribucion de los ejemplares de la Orden de Liberacion se efectuara de la siguiente forma: original para el propietario; la primera MORDAZA para el Administrador del Deposito Municipal y, la MORDAZA para la Sub Gerencia de Obras Publicas y Transito. Articulo 7.- El o los vehiculos internados en el Deposito Municipal deberan ser puestos a disposicion de la DIROVE o de la autoridad jurisdiccional competente, cuando estos lo soliciten de conformidad a los procedimientos legales respectivos. Articulo 8.- Cuando el vehiculo internado permanezca por mas de noventa (90) dias calendario en el Deposito

Municipal sin ser reclamado por su propietario o sin que la DIROVE o la autoridad jurisdiccional competente lo soliciten; la Municipalidad Distrital procedera a ofertarlos mediante subasta publica, luego de dos dias consecutivos de publicacion en el Diario Oficial El Peruano o en otro diario de mayor circulacion, en el que se solicite al propietario del vehiculo menor que lo retire del Deposito Municipal. De lo obtenido en la subasta publica, un porcentaje se pondra a disposicion de la Entidad para cubrir el pago de la multa, los gastos administrativos y demas gastos efectuados por la Entidad durante el periodo de internamiento del vehiculo, lo restante sera abonado al propietario del vehiculo que cometio la infraccion. Articulo 9.- La Sub Gerencia de Obras Publicas y MORDAZA de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, mantendra el archivo de las Actas de Internamiento y de las Ordenes de Liberacion de los Vehiculos Menores, bajo responsabilidad. Articulo 10.- El Administrador del Deposito Municipal informara semanalmente a la Sub Gerencia de Obras Publicas y MORDAZA sobre la cantidad de Actas de Internamiento y de las Ordenes de Liberacion de los Vehiculos menores emitidas.

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 384-MSS respecto a beneficios para la regularizacion de obligaciones tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 05-2011-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 30 de marzo de 2011 EL REGIDOR ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA VISTOS: El Memorandum Nº 383-2011-GAT-MSS emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, asi como el Informe Nº 333-2011-GAJ-MSS emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 384-MSS, respecto de la aplicacion ultractiva de los beneficios para la regularizacion de obligaciones tributarias de la Ordenanza Nº 376-MSS (de los articulos Primero a Decimo primero; y sus normas reglamentarias); asi como los beneficios para la regularizacion de multas administrativas por la Ordenanza Nº 377-MSS; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru dispone en su articulo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 39° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, mediante Ordenanza Nº 384-MSS, publicada el 03.03.2011, se aprobo aplicar ultractivamente los beneficios aprobados por las Ordenanza Nº 374-MSS, 376-MSS (de los articulos Primero a Decimo primero; y sus normas reglamentarias) y 377-MSS, a la regularizacion de obligaciones tributarias y/o multas administrativas, vencidas al 01.01.2011; Que, la Ordenanza Nº 376-MSS, aprobo un regimen tributario especial del sector 9 para la regularizacion de deudas tributarias de anos anteriores (articulos Primero a Decimo primero) y reduccion del monto de arbitrios 2011

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