Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2011 (31/03/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

440105

"DISPOSICIONES FINALES TRANSITORIAS (...) Tercera.- En los casos en que la MORDAZA de una Declaracion Jurada por inicio de operaciones o por variacion de condiciones se produzca cerca de la fecha en que corresponde presentar una Declaracion Jurada periodica, a la que se hace referencia en el articulo 7º del presente procedimiento, el titular de la actividad quedara exceptuado de presentar esta MORDAZA declaracion, siempre que el inicio de operaciones o la variacion de condiciones declarada se produzca en las fechas senaladas en el siguiente cronograma:
Periodo en que se produce el inicio Declaracion Jurada Categoria de operaciones o la variacion de periodica exceptuada condiciones de MORDAZA Del 16 de noviembre al 31 de diciembre Enero Del 16 de febrero al 31 de marzo MORDAZA A Del 16 de MORDAZA al 30 de junio MORDAZA Del 16 de agosto al 30 de setiembre Octubre Del 1 de octubre al 31 de diciembre Enero B Del 1 de MORDAZA al 30 de junio MORDAZA C Del 1 de MORDAZA al 31 de diciembre Enero

La MORDAZA de las declaraciones juradas posteriores, debera realizarse considerando el calendario establecido en el articulo 7º del presente "Procedimiento para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a los responsables de Plantas de Procesamiento de Gas Natural y de las Empresas Contratistas a cargo de la Exploracion y/o Explotacion de Gas Natural." Articulo 5º.- Publicar la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en la pagina Web de OSINERGMIN (www. osinergmin.gob.pe). MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

621982-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Asignan a Gerente Publico el cargo de Director General de Politicas de Desarrollo Social en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 043-2011-SERVIR-PE
MORDAZA, 28 de marzo de 2011 VISTOS, el Informe Nº 028-2011-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos y el Acta de Comite de Gerentes Nº 08-2011, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Publicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que asi lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el articulo 12º del Reglamento del Regimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Publicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Publicos seran asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Oficio Nº 099-2011-MIMDES/DM, recibido con fecha 11 de febrero de 2011, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ha solicitado la asignacion de un Gerente Publico para desempenar el cargo de Director General de Politicas de Desarrollo Social de dicha Entidad; Que, de otro lado, el Consejo Directivo en su sesion de fecha 26 de enero de 2011 aprobo la relacion de profesionales que fueron incorporados al Cuerpo de Gerentes Publicos, entre los cuales se encuentra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habiendose emitido la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 016-2011-SERVIR-PE de fecha 26 de enero de 2011; Que, el Consejo Directivo en su sesion de fecha 11 de marzo de 2011 aprobo la asignacion del Gerente Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Director General de Politicas de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, encargando a la Presidencia Ejecutiva adoptar las medidas necesarias para la implementacion de dicho acuerdo; Con la visacion de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; y en uso de las

La MORDAZA de las posteriores declaraciones juradas debera realizarse considerando el calendario establecido en el articulo 7º del presente procedimiento. En los casos en que la variacion de condiciones se produzca en las fechas MORDAZA senaladas, la MORDAZA de la declaracion jurada por variacion de condiciones no solo comprendera la informacion desde el dia en que se produce la referida variacion hasta la fecha de MORDAZA de la Declaracion Jurada, inclusive, sino tambien la informacion de los dias transcurridos del periodo correspondiente a la declaracion jurada periodica materia de excepcion. En los casos en que se exceptue la MORDAZA de una Declaracion Jurada periodica, la MORDAZA de la siguiente Declaracion Jurada periodica debera incluir la informacion correspondiente al periodo comprendido entre la MORDAZA de la Declaracion Jurada por variacion de condiciones y la MORDAZA de la Declaracion Jurada periodica respectiva." Articulo 3º.- Disponer que los titulares de las Plantas de Procesamiento de Gas Natural que se encuentren en operacion a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA, deberan realizar la primera MORDAZA de la informacion sobre el cumplimiento de la normativa legal, tecnica y de seguridad aplicable a sus instalaciones, dentro de los primeros quince (15) dias calendario de los meses senalados en el siguiente cronograma:
Categoria A B C Mes de MORDAZA de la Periodo objeto de primera Declaracion Jurada declaracion MORDAZA de 2011 De enero a marzo de 2011 MORDAZA de 2011 De enero a junio de 2011 Enero de 2012 De enero a diciembre de 2011

La MORDAZA de las posteriores declaraciones juradas debera realizarse considerando el calendario establecido en el articulo 7º del "Procedimiento para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a los responsables de Plantas de Procesamiento de Gas Natural y de las Empresas Contratistas a cargo de la Exploracion y/o Explotacion de Gas Natural". Articulo 4º.- Disponer que los responsables de las Plantas de Procesamiento de Gas Natural que inicien sus operaciones luego de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA deberan presentar la informacion sobre el cumplimiento de la normativa legal, tecnica y de seguridad aplicable a sus instalaciones correspondiente a las Categorias A, B y C, dentro de los primeros quince (15) dias calendario de haber iniciado dichas operaciones. En este caso, el periodo objeto de la Declaracion Jurada comprendera desde el dia en que se inicia operaciones hasta la fecha de MORDAZA de la Declaracion Jurada de cumplimiento de las obligaciones bajo el ambito de supervision de OSINERGMIN, inclusive.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.