Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2011 (31/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

440065

Modifiquese el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 050-2009-EF, de acuerdo al texto siguiente: "Articulo 2º.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion Establecer, para efecto del Numeral 5.3 del Articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversion a cargo de ABENGOA TRANSMISION NORTE S.A. asciende a US$ 305 136 196,00 (Trescientos Cinco Millones Ciento Treinta y Seis Mil Ciento Noventa y Seis y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a ser ejecutado en un plazo total de dos (02) anos, cinco (05) meses y siete (07) dias, contado desde el 15 de diciembre del 2008. La inversion MORDAZA indicada se desarrollara en cuatro etapas: i) Primera Etapa: denominada Tramo Nº 1 LT 220KV Carhuamayo-Paragsha y Subestaciones asociadas, cuya inversion asciende a US$ 37 275 723,00 (Treinta y Siete Millones Doscientos Setenta y Cinco Mil Setecientos Veintitres y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America). Esta etapa se desarrollara desde el 15 de diciembre de 2008 hasta el 22 de noviembre de 2010. ii) MORDAZA Etapa: denominada Tramo Nº 2 LT 220KV Paragsha-Conococha y Subestaciones asociadas, cuya inversion asciende a US$ 42 633 196,00 (Cuarenta y Dos Millones Seiscientos Treinta y Tres Mil Ciento Noventa y Seis y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America). Esta se desarrollara desde el 15 de diciembre de 2008 hasta el 22 de diciembre de 2010. iii) Tercera Etapa: denominada Tramo Nº 3 LT 220KV Conococha-Huallanca y Subestaciones asociadas, cuya inversion asciende a US$ 80 517 720,00 (Ochenta Millones Quinientos Diecisiete Mil Setecientos Veinte y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America). Esta se desarrollara desde el 15 de diciembre de 2008 hasta el 22 de MORDAZA de 2011. iv) Cuarta Etapa: denominada Tramo Nº 4 LT 220 KV Huallanca-Cajamarca y Subestaciones asociadas, cuya inversion asciende a US$ 144 709 557,00 (Ciento Cuarenta y Cuatro Millones Setecientos Nueve Mil Quinientos Cincuenta y Siete y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America). Esta se desarrollara desde el 15 de diciembre de 2008 hasta el 22 de MORDAZA de 2011." Articulo 2º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

Que, el inciso c) del articulo 6° del citado Reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobara mediante resolucion ministerial del Ministerio de Energia y Minas, previa opinion favorable del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobo la lista general de los bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal; Que, por escrito N° 2046777, la empresa MINERA CN S.A.C. solicito al Ministerio de Energia y Minas la suscripcion de un Contrato de Inversion en Exploracion, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisicion le otorgara el derecho a la devolucion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal, durante la fase de exploracion; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Oficio N° 091-2011-EF/15.01 de fecha 04 de marzo de 2011, emitio opinion favorable a la lista de bienes y servicios presentada por la empresa MINERA CN S.A.C., considerando que la lista presentada por la citada empresa coincide con los bienes y servicios aprobados por el Decreto Supremo N° 150-2002-EF, adecuada al Arancel de Aduanas vigente; Con la opinion favorable de la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 6° del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF y el literal h) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal a favor de la empresa MINERA C.N. S.A.C. durante la fase de exploracion, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

Anexo de R.M. Nº 155-2011-MEM/DM
ANEXO II LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA DEVOUCION DEL IGV E IPM MINERA CN S.A.C. I. BIENES
N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 SUBPARTIDA DESCRIPCION NACIONAL 2508.10.00.00 BENTONITA 3824.90.60.00 PREPARACIONES PARA FLUIDOS DE PERFORACION DE POZOS ("LODOS") 3926.90.60.00 PROTECTORES ANTIRRUIDOS DE MATERIA PLASTICA 6401.10.00.00 CALZADO CON PUNTERA METALICA DE PROTECCION 6506.10.00.00 CASCOS DE SEGURIDAD 7228.80.00.00 BARRAS HUECAS PARA PERFORACION DE ACEROS ALEADOS O SIN ALEAR 7304.22.00.00 TUBOS DE PERFORACION DE MORDAZA INOXIDABLE 7304.23.00.00 LOS DEMAS TUBOS DE PERFORACION 8207.13.10.00 TREPANOS Y CORONAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET 8207.13.20.00 BROCAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET 8207.13.30.00 BARRENAS INTEGRALES CON PARTE OPERANTE DE CERMET 8207.13.90.00 LOS DEMAS UTILES CON PARTE OPERANTE DE CERMET 8207.19.10.00 TREPANOS Y CORONAS EXCEPTO DE CERMET 8207.19.21.00 BROCAS DIAMANTADAS EXCEPTO DE CERMET 8207.19.29.00 LAS DEMAS BROCAS EXCEPTO DE CERMET Y DIAMANTADAS 8207.19.30.00 BARRENAS INTEGRALES 8207.19.80.00 LOS DEMAS UTILES PERFORACION Y SONDEO INTERCAMBIABLES DE

622066-14

Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara derecho a la devolucion del IGV e Impuesto de Promocion Municipal a favor de la empresa Minera C.N. S.A.C. durante la fase de exploracion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 155-2011-MEM/DM
MORDAZA, 25 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 27623, modificada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolucion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploracion;

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