Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2011 (31/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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causal de inadmisibilidad, debiendo el Secretario Relator en el dia proceder a notificar la presente resolucion. Sr. MORDAZA HAYEN

620811-1

UNIVERSIDADES
Aprueban transferencia presupuestal para atender subvenciones sociales por canastas de viveres y vestuario a favor de trabajadores de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
COMISION REORGANIZADORA UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RESOLUCION Nº 0305-2011-CR-UNJFSC
MORDAZA, 23 de febrero de 2011 VISTO: El Acuerdo de la Comision Reorganizadora en Pleno, en Sesion de fecha 01 de febrero de 2011, Oficio Nº 0124-2011SG, de fecha 14 de febrero de 2011, Oficio Nº 0099-2011-OL/ JETR, de fecha 14 de febrero de 2011, Oficio Nº 033-2011ORRHHySA, de fecha 15 de febrero de 2011, Oficio Nº 0106-2011-OPP, de fecha 16 de febrero de 2011, el Informe Nº 0084-2011-A-OAJL-UNJFSC, de fecha 21 de febrero de 2011, Decretos de Presidencia Nºs. 2138-2011-CR-P-UNJFSC, 2077-2011-CR-P-UNJFSC y 2174-2011-CR-P-UNJFSC, de fechas 15, 16 y 21 de febrero de 2011, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nacional Nº 29424 promulgada el 22 de Octubre de 2009, dispone la Reorganizacion Integral de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA por el plazo de dos (02) anos, computados desde la publicacion de la Resolucion Suprema que designa a los miembros conformantes de la Comision Reorganizadora nombrados para el efecto mediante Resolucion Suprema Nº 077-2010-PCM, de fecha 16 de Marzo de 2010; Que, a merito de la precitada Ley Nacional, el Presidente de la Comision Reorganizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tiene las funciones y atribuciones que corresponden al Rector, consecuentemente, es el Personero y Representante Legal de la Universidad; Que, mediante Resolucion Nº 0497-2009-UH, de fecha 24 de junio de 2009, la Universidad aprobo la transferencia presupuestal por Un millon novecientos cincuenta y siete mil treinta y siete con 00/100 Nuevos Soles (S/. 1'957,037.00) para atender Subvenciones sociales, por concepto de Canasta de Viveres, Vestuarios, Canasta Navidena y Racionamiento para los Trabajadores de la Universidad; Que, con Oficio Nº 1561-2009-R-UNJFSC, de fecha 10 de MORDAZA de 2009, se remitio al Director General del Presupuesto Publico, del Ministerio de Economia y Finanzas (en adelante MEF), la Resolucion Rectoral anteriormente citada, solicitando opinion favorable para que se procese la ejecucion de la precitada Resolucion; Que, mediante Resolucion Rectoral Nº 0569-2009-UH, de fecha 15 de MORDAZA de 2009, se integra a la Resolucion Rectoral Nº 0479-2009-UH, dos articulos mas, en los cuales se preciso que la ejecucion de la transferencia se realizaria a partir de la opinion favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico del MEF; asi mismo, se autorizo a la Vicerrectora Administrativa de ese entonces para que se ejecutara los procedimientos seleccionadores tendentes a cubrir la Canasta de Viveres, Canasta Navidena, Vestuario y Racionamiento hasta el pronunciamiento del MEF; Que, con Oficio Nº 163-2009-EF/76.10 de fecha 08 de setiembre de 2009, la Direccion General de Presupuesto Publico contesto el requerimiento de la Universidad

basicamente en lo siguiente: "Solo se podran efectuar transferencias de fondos publicos al CAFAE los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales cuyo personal se regula bajo el Regimen Laboral Publico-Decreto Legislativo Nº 276, y que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley realizan transferencias al CAFAE para el otorgamiento de Incentivos Laborales, conforme a la normatividad vigente; y, en el numeral 4, parte final concluye: Por tanto, no existe MORDAZA legal que respalde el otorgamiento de incentivos laborales CAFAE para el personal administrativo de las Universidades Publicas" ; Que, la Universidad hasta la fecha, viene subvencionando social y directamente a los trabajadores con Canasta de Viveres, Vestuario, Canasta Navidena y Racionamiento, con cargo a la Partida de Recursos Directamente Recaudados; lo que, implica para las dependencias pertinentes mayor atencion colateral a la sobrecarga de expedientes que afrontan a la fecha; Que, la Comision Reorganizadora de esta MORDAZA Superior de Estudios, esta empenada en disponer de funcionarios, personal administrativo y de servicios comprometidos y retribuidos con significativas remuneraciones para que tomen conciencia que nuestra funcion principal, es los servicios de una Educacion de Calidad; y, de ninguna manera Servicios de los Usuarios en provecho personal; Que, no obstante las remuneraciones no significativas que percibe el personal administrativo, muchos de ellos, son profesionales que desempenan funciones de alta responsabilidad; sin embargo no existe justiprecio remunerativo mensual; por lo que, resulta MORDAZA y legalmente factible, efectuar transferencias al CAFAE por parte de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo esta para el personal que se regula bajo el regimen laboral Publico, Decreto Legislativo Nº 276; Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, regula en su Articulo 2º Ambito de aplicacion, Numeral 1, Entidades del Gobierno General; comprende Gobierno Nacional, Gobierno Regional y gobierno Local. A su vez el Gobierno Nacional en la letra a) parte final dice: comprende ... las Universidades Publicas y los Organismos Constitucionalmente Autonomos. Es decir, las Universidades Publicas, dentro de MORDAZA, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esta comprendida dentro del Gobierno Nacional; y por ende, puede efectuar este MORDAZA de transferencia formal; Que, en la medida que las transferencias de los fondos publicos al CAFAE, solo se pueden efectuar en los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional...Resulta presupuestal y legalmente factible, efectuar transferencias al CAFAE por parte de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carrion; Que, siendo por Ley, legal y factible las transferencias al CAFAE, porque en la fecha de entrada de la vigencia de la presente Ley Nº 28411 (de fecha 06 de diciembre de 2004) se realizaron transferencias al CAFAE por otras entidades. Siendo asi, la precitada Resolucion Nº 0479-2009-UH, de fecha 24 de junio de 2009, autorizo la transferencia de Un Millon novecientos cincuenta y siete mil treinta y siete y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1'957,037.00) al CAFAE, la misma que no se ejecuto por la respuesta sesgada del Oficio Nº 163-2009-EF/76.01, de la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, las Autoridades que administraron la Universidad en la fecha, fueron excesivamente legalistas; y, no ejecutaron, lo que otras entidades del Estado realizaron; y, que mediante Decreto de Urgencia Nº 088-2001 de fecha 21 de MORDAZA de 2001; y ahora el Decreto de Urgencia Nº 003-2011 de fecha 20 de enero de 2011, disponen la formal regularizacion de todos los beneficios que venian otorgandose, bajo el concepto de Incentivo Laboral. Incentivo que en la practica la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, lo viene otorgando directamente como Subvenciones sociales, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados; Que, con Oficio Nº 0099-2011-OL/JETR, de fecha 14 de febrero de 2011, el Jefe de la Oficina de Logistica, comunica al Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, que con respecto a la transferencia de fondos al CAFAE, relacionados a la Canasta de Viveres y uniformes del personal, manifiesta que en la medida de que el fin publico de estos fondos se mantiene, es factible esta transferencia, sugiriendo que se excluya de esta lo relacionado al otorgamiento de Canasta Navidena. Asi mismo, en caso de efectivizarse esta operacion, debera comunicarse a dicha Oficina a fin de que se realice el tramite de modificacion del Plan anual de Contrataciones 2011, publicado en el SEACE, en lo que corresponda;

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