Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2011 (31/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2011

conforme se detalla en Anexo 1 de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Contraloria General de la Republica, el mismo que en Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Determinar como Cargos de Confianza de la Contraloria General de la Republica los senalados en Anexo 3 de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Disponer que la Gerencia General adopte las acciones de su competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA de la Contraloria General de la Republica (www. contraloria.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica

622050-1

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Encargan funciones de Defensor del Pueblo al Primer Adjunto a la Defensora del Pueblo
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 004-2011/DP
MORDAZA, 30 de marzo del 2011 VISTOS: El Memorando Nº 038-2011-DP/GA, que adjunta la carta de renuncia irrevocable al cargo de Defensora del Pueblo formulada en la fecha, en virtud de lo dispuesto por el articulo 4º numeral 1) de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, asi como el Memorando Nº 312-2011-DP/OGRH, mediante el cual la Jefa de la Oficina de Gestion de Recursos Humanos solicita a la Oficina de Asesoria Juridica la preparacion de la resolucion defensorial correspondiente; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 4º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, el Defensor del Pueblo tiene la facultad de renunciar al cargo; Que, mediante el documento de vistos, la Defensora del Pueblo presenta su renuncia irrevocable al 31 de marzo del 2011, por motivos personales, senalando que el dia 15 de noviembre del 2010 se cumplio el plazo constitucional del mandato para el que fue elegida y que ha transcurrido un tiempo prudencial para la eleccion de su sucesor, sin que esta se MORDAZA producido; Que, asimismo, en dicho documento, la Defensora del Pueblo ha expresado su agradecimiento a los honorables miembros que integraron el Congreso de la Republica en el periodo 2001 2006, quienes le confiaron la direccion de la Defensoria del Pueblo; Que, de igual modo, en el documento de vistos se ha expresado el agradecimiento a todos los funcionarios, funcionarias, servidores y servidoras de la Defensoria del Pueblo en todo el MORDAZA, por su arduo trabajo y genuina vocacion de servicio, sin los cuales la Defensoria del Pueblo no hubiese sido considerada como la institucion mas confiable en la lucha contra la corrupcion ­segun una encuesta nacional llevada a cabo en MORDAZA del 2010 ni gozaria de los altos niveles de prestigio y respeto que la ciudadania le reconoce; Que, al finalizar el ejercicio de las funciones del cargo, la Defensora del Pueblo desea expresar asimismo su agradecimiento a cada uno de los peruanos y peruanas, ninos y adultos del MORDAZA, por el firme respaldo que ha recibido durante su gestion, el cual se ha evidenciado, inclusive, en generosos comentarios incorporados en

columnas, articulos y editoriales periodisticos que han sido publicados en diversos medios de comunicacion, y que la comprometen a perseverar, desde la posicion en que se encuentre, en apoyar al MORDAZA inacabado de construir una cultura de paz, tolerancia y solidaridad; Que, asimismo, el articulo 7º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo establece que el Defensor del Pueblo estara auxiliado por Adjuntos que lo representaran en el ejercicio de las funciones y atribuciones previstas en la ley; Que, el articulo 8º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, establece que el Defensor del Pueblo designara, entre los Adjuntos, al que lo representara en aspectos administrativos, en los casos de impedimento temporal o cese cuando sea imposible que continue en el cargo hasta que lo asuma el sucesor; Que, el articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 029-2008/DP, modificado por la Resolucion Defensorial Nº 019-2009/DP, establece que el Primer Adjunto ejerce la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad y reemplaza al titular en los casos de ausencia, impedimento temporal o cese; Que, con el fin de asegurar la continuidad de la gestion institucional, corresponde encargar las funciones del Defensor del Pueblo al Primer Adjunto a la Defensora del Pueblo; Que, en adecuacion a las disposiciones legales vigentes, se hace necesario cumplir con las formalidades de entrega del cargo mediante un acta que consigne: la devolucion de bienes asignados, las rendiciones de cuentas, la carta de auditoria interna, el informe de la gestion de la Defensora del Pueblo, ademas de la MORDAZA y publicacion de la declaracion jurada de bienes y rentas a que se refiere el articulo 41º de la Constitucion Politica del Peru y la Resolucion de Contraloria Nº 174-2002-CG, asi como la devolucion del pasaporte diplomatico Nº 0006459, emitido a favor de la Defensora del Pueblo, de conformidad con el articulo 2º de la Ley Nº 23274, modificado por la Ley Nº 29375; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 5º y 9º y de lo dispuesto en los articulos 4º, 7º y 8º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, y en el articulo del 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 029-2008/DP, modificado por la Resolucion Defensorial Nº 019-2009/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR las funciones de Defensor del Pueblo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Primer Adjunto a la Defensora del Pueblo, a partir del 01 de MORDAZA del 2011 y hasta que el Congreso de la Republica designe al MORDAZA titular de la institucion y que este asuma las funciones correspondientes. Articulo Segundo.- REMITIR al Presidente del Congreso MORDAZA de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- DEVOLVER al Ministerio de Relaciones Exteriores el pasaporte diplomatico Nº 0006459, emitido a favor de la Defensora del Pueblo, SOLICITANDO, en consecuencia, la correspondiente anulacion del mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo

621524-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nueva conformacion del Primer MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA para el MORDAZA de Elecciones Generales del ano 2011
RESOLUCION Nº 0170-2011-JNE
MORDAZA, treinta de marzo de dos mil once.

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