Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2008 (07/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 7 de noviembre de 2008

no estar incurso en ninguna de las otras incompatibilidades senaladas por ley. TITULO II INGRESO A LA MORDAZA JUDICIAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

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ser propuesto por la Comision de Evaluacion del Desempeno y haber aprobado los cursos especiales de ascenso que requiera la Academia de la Magistratura, para el porcentaje de acceso cerrado; y participar del programa de habilitacion para los postulantes que ingresen a la MORDAZA por este nivel.

Articulo 5º.- Sistema de ingreso a la MORDAZA judicial El ingreso a la MORDAZA judicial es consecuencia de un MORDAZA de seleccion y formacion, que culmina con el nombramiento y la juramentacion del cargo ante el Consejo Nacional de la Magistratura. El sistema de ingreso a la MORDAZA judicial se realiza mediante un concurso de seleccion a cargo del Consejo Nacional de la Magistratura. CAPITULO II REQUISITOS ESPECIALES Articulo 6º.- Requisitos especiales para Juez Supremo Para ser Juez Supremo se exige, ademas de los requisitos generales: 1. 2. Ser mayor de cuarenta y cinco (45) anos; haber ejercido el cargo de Juez Superior Titular o Fiscal del mismo nivel cuando menos diez (10) anos o, alternativamente, haber ejercido la abogacia o desempenado la docencia universitaria en materia juridica por quince (15) anos; haber superado la evaluacion prevista para tal caso por el Consejo Nacional de la Magistratura; y participar del programa de induccion.

Articulo 9º.- Requisitos especiales para Juez de Paz Letrado Para ser Juez de Paz Letrado se exige, ademas de los requisitos generales: 1. 2. Ser mayor de veinticinco (25) anos; haber ejercido la abogacia o desempenado la docencia universitaria en materia juridica por un periodo no menor de tres (3) anos; o haberse desempenado como Secretario o Relator de Sala por mas de dos (2) anos o como Secretario de Juzgado por mas de cuatro (4) anos. Para el caso del ejercicio de la abogacia y la docencia universitaria, los periodos en una y otra condicion son acumulables, en tanto no se hayan prestado en forma simultanea; haber superado la evaluacion prevista por el Consejo Nacional de la Magistratura; y participar del programa de habilitacion.

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Articulo 10º.- Requisitos especiales para Juez de Paz Los requisitos para el acceso al cargo de Juez de Paz se regulan por la ley de la materia. CAPITULO III SELECCION Articulo 11º.- Finalidad y organo competente El MORDAZA de seleccion, a cargo del Consejo Nacional de la Magistratura, tiene por finalidad elegir a los postulantes que cumplan con las caracteristicas establecidas en el articulo 2º. Articulo 12º.- Ingreso a la MORDAZA judicial El ingreso a la MORDAZA judicial comprende las siguientes fases: 1. 2. 3. 4. 5. Convocatoria publica al concurso; seleccion de los postulantes; declaracion de los candidatos aptos; participacion en los programas de habilitacion y de induccion, segun corresponda; y nombramiento en el cargo judicial.

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Articulo 7º.- Requisitos especiales para Juez Superior Para ser Juez Superior se exige, ademas de los requisitos generales: 1. 2. Ser mayor de treinta y cinco (35) anos; haber ejercido el cargo de Juez Especializado o Mixto Titular o Fiscal del mismo nivel durante cinco (5) anos o haber ejercido la abogacia o desempenado la docencia universitaria en materia juridica por un periodo no menor de diez (10) anos. Para el caso del ejercicio de la abogacia y la docencia universitaria, los periodos en una y otra condicion son acumulables para alcanzar el mayor, en tanto no se hayan prestado en forma simultanea; haber superado la evaluacion prevista por el Consejo Nacional de la Magistratura para el porcentaje de acceso abierto; ser propuesto por la Comision de Evaluacion del Desempeno y haber aprobado los cursos especiales de ascenso que requiera la Academia de la Magistratura, para el porcentaje de acceso cerrado; y participar del programa de induccion para los que ingresen por este nivel.

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Articulo 8º.- Requisitos especiales para Juez Especializado o Mixto Para ser Juez Especializado o Mixto se exige, ademas de los requisitos generales: 1. 2. Ser mayor de treinta (30) anos; haber sido Juez de Paz Letrado o Fiscal Adjunto Provincial o Secretario o Relator de Sala al menos por cuatro (4) anos, o haber ejercido la abogacia o desempenado la docencia universitaria en materia juridica por un periodo no menor de cinco (5) anos. Para el caso del ejercicio de la abogacia y la docencia universitaria, los periodos en una y otra condicion son acumulables para alcanzar el mayor, en tanto no se hayan prestado en forma simultanea; haber superado la evaluacion prevista por el Consejo Nacional de la Magistratura para el porcentaje de acceso abierto;

Articulo 13º.- Convocatoria La convocatoria para el ingreso a la MORDAZA judicial comprende las vacantes existentes y futuras. En este ultimo caso, unicamente pueden preverse las que resulten inminentes conforme a los requerimientos del Poder Judicial. La convocatoria debe indicar el nivel, la especialidad, los plazos de las fases del MORDAZA de seleccion, la nota minima aprobatoria y la valoracion que se da a los distintos componentes de la evaluacion. Dicha convocatoria se realiza mediante publicacion por tres (3) veces consecutivas en el Diario Oficial El Peruano, y en uno de mayor circulacion del distrito judicial donde se realiza el concurso. Articulo 14º.- MORDAZA de seleccion Los postulantes que hayan superado el MORDAZA de seleccion son nombrados Jueces Titulares en estricto orden de meritos, conforme al articulo 33º de la presente Ley. Quienes no alcancen plaza de titular adquieren la condicion de Jueces Supernumerarios o candidatos en reserva, segun su eleccion. Articulo 15º.- Inscripcion El postulante se inscribe al concurso convocado por el Consejo Nacional de la Magistratura, de acuerdo al procedimiento que establezca el reglamento respectivo. Los datos consignados por el postulante en la ficha de inscripcion tienen el caracter de declaracion jurada.

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