Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2001 (31/12/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, lunes 31 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES
VISTO:

Pag. 214947

SUNAT
Cancelan Licitacion Publica Nº 00042001-SUNAT para la adquisicion de sillas ergonomicas
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 229-2001/SUNAT MORDAZA, 27 de diciembre de 2001 VISTOS: El Memorandum Nº 5901-GV-2001/ME0100 del Gerente de Logistica de la Intendencia Nacional de Administracion; CONSIDERANDO: Que la SUNAT convoco a la Licitacion Publica Nº 00042001-SUNAT para la adquisicion de sillas ergonomicas; Que dicho MORDAZA fue declarado desierto en su primera convocatoria debido a que, con excepcion de uno, los postores no cumplieron con presentar las constancias de pruebas tecnicas a las sillas, requeridas en las Bases; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Memorandum Nº 5901-GV-2001/ME0100, la Alta Direccion de la entidad ha considerado pertinente adquirir sillas de caracteristicas distintas a las consideradas en la Licitacion Publica Nº 0004-2001-SUNAT, razon por la cual ha desaparecido la necesidad de adquirir las sillas ergonomicas a que se refiere dicha Licitacion y procede, por tanto, la cancelacion de ese MORDAZA de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y Articulo 21º de su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001PCM, respectivamente; De conformidad con lo establecido en el Articulo 14º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por Resolucion de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar la Licitacion Publica Nº 00042001-SUNAT-Primera Convocatoria, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Comunicar al Comite Especial encargado del citado MORDAZA de seleccion dentro del dia siguiente de emitida la presente Resolucion, lo resuelto en la misma. Articulo 3º.- El Comite Especial debera comunicar dicha cancelacion a todos los invitados al referido MORDAZA, dentro del dia siguiente de recibida la comunicacion de su cancelacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA URQUIAGA Intendente Nacional Intendencia Nacional de Administracion 36968

El Oficio Nº 214-2001-GG-EMAPISCO S.A., del 23.06.2001., con el cual la "Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA Sociedad Anonima" EMAPISCO S.A., presenta a la SUNASS su Plan Financiero, el cual contiene su propuesta de niveles de cobertura y calidad para el periodo 2002-2006; El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que evalua la propuesta de la EMAPISCO S.A., presentado al Consejo Directivo mediante Memorandum Nº 239-2001-SUNASS/110, de fecha 21 de noviembre del 2001; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 16º del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 09-95-PRES, se entendera como niveles de calidad del servicio, al conjunto de caracteristicas tecnicas que determinan las condiciones de prestacion de los servicios en el ambito de competencia de una EPS; Que de acuerdo al Articulo 17º del texto legal MORDAZA senalado, asi como por el inciso e) del Articulo 26º del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, los niveles de cobertura y calidad de servicios para cada una de las localidades administrada por las empresas prestadoras, seran establecidos por la Superintendencia; Que el Plan Maestro para el periodo 2000-2025 presentado EMAPISCO S.A. cuenta con la conformidad de la SUNASS; a partir del cual la empresa procedio a formular su correspondiente Plan Financiero para el periodo 2002 2006, proponiendo asimismo los niveles de cobertura y calidad del servicio y las Metas de Gestion, que pretende alcanzar en dicho periodo; Que en virtud del Articulo 124º del Decreto Supremo Nº 09-95-PRES, Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, la SUNASS realizo el estudio correspondiente basado en el Plan Financiero presentado por la EPS; Que en el Estudio Tarifario indicado en vistos, se han definido los niveles de calidad y cobertura que la EPS debera alcanzar en dicho periodo, asi como las Metas de Gestion y los ajustes tarifarios que han de permitir a la empresa prestadora cumplir los mismos; Estando a lo acordado en la sesion de Consejo Directivo Nº 20-2001-SUNASS, llevada a cabo el 23.11.2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los niveles de cobertura y calidad del servicio, para cada localidad que administra EMAPISCO S.A. y que debera alcanzar al 31 de diciembre de cada ano en el periodo 2002 - 2006, los que conjuntamente con sus correspondientes indicadores figuran en el Anexo Nº 1, y que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EMAPISCO S.A. debera presentar a la SUNASS un informe sobre los avances en el cumplimiento de los niveles de cobertura y calidad de los servicios, las inversiones y las metas de gestion indicados para el periodo 2002-2006, dentro de los quince dias calendario de concluido cada trimestre; debiendo iniciar la remision de la documentacion en MORDAZA del 2002. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion la verificacion del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 4º .- En caso que EMAPISCO S.A no cumpla con alcanzar los niveles de cobertura y calidad a que se refiere el Articulo 1º, estara sujeta a las sanciones que correspondan. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OLIVEROS MORDAZA Presidente Consejo Directivo

SUNASS
Aprueban niveles de cobertura y calidad del servicio para cada localidad que administra EMAPISCO S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 076-2001-SUNASS/CD MORDAZA, 28 de diciembre del 2001

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.