Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2001 (31/12/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, lunes 31 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 214949

Aprueban niveles de cobertura y calidad de servicio para cada localidad que administra EMSA MORDAZA S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 077-2001-SUNASS/CD MORDAZA, 28 de diciembre del 2001 VISTO: El Oficio Nº 342-2001-GG-EMSA MORDAZA S.A., del 24.8.2001, con el cual la "Empresa Municipal de Saneamiento Basico de MORDAZA Sociedad Anonima" - EMSA MORDAZA S.A., presenta a la SUNASS su Plan Financiero, el cual contiene su propuesta de niveles de cobertura y calidad para el periodo 2002-2006; El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que evalua la propuesta de la EPS EMSA MORDAZA S.A., presentado al Consejo Directivo mediante Memorandum Nº 239-2001-SUNASS/110, de fecha 21 de noviembre del 2001; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 16º del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 09-95-PRES, se entendera como niveles de calidad del servicio, al conjunto de caracteristicas tecnicas que determinan las condiciones de prestacion de los servicios en el ambito de competencia de una EPS; Que de acuerdo al Articulo 17º del texto legal MORDAZA senalado, asi como por el inciso e) del Articulo 26º del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, los niveles de cobertura y calidad de servicios para cada una de las localidades administradas por las empresas prestadoras, seran establecidos por la Superintendencia; Que el Plan Maestro para el periodo 2000-2024 presentado por EMSA MORDAZA S.A. cuenta con la conformidad de la SUNASS; a partir del cual la empresa procedio a formular su correspondiente Plan Financiero para el periodo 2002-2006, proponiendo asimismo los niveles de cobertu-

ra y calidad del servicio y las Metas de Gestion, que pretende alcanzar en dicho periodo; Que en virtud del Articulo 124º del Decreto Supremo Nº 09-95-PRES, Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, la SUNASS realizo el estudio correspondiente basado en el Plan Financiero presentado por la EPS; Que en el Estudio Tarifario indicado en vistos, se han definido los niveles de calidad y cobertura que la EPS debera alcanzar en dicho periodo, asi como las Metas de Gestion y los ajustes tarifarios que han de permitir a la empresa prestadora cumplir los mismos; Estando a lo acordado en la sesion de Consejo Directivo Nº 20-2001-SUNASS, llevada a cabo el 23.11.2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los niveles de cobertura y calidad del servicio, para cada localidad que administra EMSA MORDAZA S.A. y que debera alcanzar al 31 de diciembre de cada ano en el periodo 2002-2006, los que conjuntamente con sus correspondientes indicadores figuran en los Anexos del Nº 1 al Nº 5, y que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EMSA MORDAZA S.A. debera presentar a la SUNASS un informe sobre los avances en el cumplimiento de los niveles de cobertura y calidad de los servicios, las inversiones y las metas de gestion indicados para el periodo 2002-2006, dentro de los quince dias calendario de concluido cada trimestre; debiendo iniciar la remision de la documentacion en MORDAZA del 2002. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion la verificacion del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 4º.- En caso que EMSA MORDAZA S.A. no cumpla con alcanzar los niveles de cobertura y calidad a que se refiere el Articulo 1º, estara sujeta a las sanciones que correspondan. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OLIVEROS MORDAZA Presidente Consejo Directivo

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extension mayor de tres (3) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de diskette. 3.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.