Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2006 (20/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano viernes 20 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

330883

necesario realizar las precisiones del caso, teniendo en cuenta que lo que se busca es complementar la clasificacion vehicular establecida en el Anexo I del Reglamento Nacional de Vehiculos y estandarizar las caracteristicas registrables vehiculares de todos los vehiculos que ingresan al Sistema Nacional de Transporte Terrestre (SNTT), ya sea que estos se fabriquen en el MORDAZA o se importen a partir de la vigencia de la directiva en mencion; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; y la Vigesimo Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento Nacional de Vehiculos. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el codigo del MORDAZA de carroceria "Comunicaciones" de la Tabla II: TIPOS DE CARROCERIAS, del numeral 4, de la Directiva Nº 0022006-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 4848-2006-MTC/15, la misma que quedara redactada en los terminos siguientes:
"TABLA II: TIPOS DE CARROCERIAS (...) Codigo Carroceria Categoria RTV COMUNICACIONES N1 N2 N3 O2 O3 O4 Definicion Graficos Referenciales (4)

VIVIENDA
Aprueban transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales de MORDAZA, La MORDAZA, Ucayali y San MORDAZA para la ejecucion de diversos proyectos de saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 360-2006-VIVIENDA MORDAZA, 18 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizo un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectos de inversion que se encuentran detallados en los Anexos de la citada Ley, entre los que se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectos de inversion en saneamiento que seran ejecutados a nivel nacional por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, asi como por las Empresas Municipales Prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Constr uccion y Saneamiento, para proyectos de inversion de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales - EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organizacion y Funciones del Minister io de Vivienda, Constr uccion y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 282-2006VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprueba la desagregacion de los recursos, provenientes del Credito Suplementario autorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informes Tecnicos Nºs. 040, 041, 042 y 043-2006-MVCS/VMCS-DNS-JLBS, la DIRECCION NACIONAL DE SANEAMIENTO ha emitido opinion favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor del GOBIERNO REGIONAL MORDAZA , para la ejecucion de los proyectos descritos en el Anexo que forma parte de esta Resolucion por la suma total de S/. 7 119 086,00 el mismo que cuenta con Informe sobre disponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006, aprobada con Resolucion Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicacion del numeral 3.2 del Articulo 3º de la Ley Nº 28880;

Vehiculo para uso especial, equipado de modo permanente con dispositivos para la recepcion, transformacion y retransmision de senales de radio y TV.

(...)"

Articulo 2º.- Incorporese un MORDAZA parrafo a la Tabla III: MORDAZA de la Directiva Nº 002-2006-MTC/ 15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 4848-2006MTC/15, el mismo que quedara redactado en los terminos siguientes: "TABLA III: MORDAZA (...) No se consideran como parte del color de un vehiculo, los stickers de identificacion, logotipos de las empresas de transporte y otros similares, asi como cualquier otro color distintivo de los mismos, en tanto estos no excedan del 20% del area total del vehiculo. En consecuencia, estos MORDAZA no son necesariamente registrables". Articulo 3º.- Dispongase que la Directiva Nº 0022006-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 4848-2006-MTC/15, sera de aplicacion para todos los vehiculos que se incorporen al Sistema Nacional de Transporte Terrestre a partir de la fecha de su entrada en vigencia. Articulo 4º.- Modifiquese el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 4848-2006-MTC/15, que aprueba la Directiva Nº 002-2006-MTC/15, en los terminos siguientes: "Articulo 2º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia el 1 de noviembre del 2006". Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 03274-1

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