Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2006 (20/10/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano viernes 20 de octubre de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

330895

Que, mediante Informe Tecnico Nº 018-2006-MVCS/ VMCS-PARSSA, el Programa de Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA ha emitido opinion favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO MORDAZA MORDAZA, para la ejecucion del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolucion por la suma total de S/. 2 130 414,00 el mismo que cuenta con Informe sobre disponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006, aprobada con Resolucion Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicacion del numeral 3.2 del Articulo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 2 130 414,00 (DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL, CUATROCIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor de la Municipalidad Distrital de Alto MORDAZA MORDAZA para la ejecucion del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolucion Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion del proyecto descrito en el referido Anexo, quedando prohibido que la Municipalidad Distrital de Alto MORDAZA MORDAZA efectue anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Actividad 1.038920 Transferencia para Proyectos de Inversion Ley Nº 28880, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especifico de Financiamiento del Proyecto de Inversion a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Alto MORDAZA Alegre. Articulo 4º.- La Direccion Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento, seran responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo que antecede. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
ANEXO PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO MORDAZA MORDAZA
COD SNIP PROYECTOS MORDAZA DE MONTO EJECUCION DE PRESUPUESTARIA INVERSION DIRECTA 2,130,414.00

PODER JUDICIAL ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia
RESOLUCION Nº 059-2006-AMAG-CD/P MORDAZA, 17 de octubre de 2006 VISTOS: La Comunicacion Interna Nº 021-2006-AMAG-CE, los actuados administrativos en el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2006-AMAG "Segunda Convocatoria para la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia de la Academia de la Magistratura; el Informe Nº 356-2006-AMAG-AL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 001-2006 AMAG-CD/ P se designo al Comite Especial para la contratacion del servicio de "Seguridad y Vigilancia" de la Academia de la Magistratura; Que, mediante Aviso de MORDAZA Convocatoria con fecha 5 de septiembre de 2006 se inicia el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2006AMAG para la contratacion del Servicio de "Seguridad y Vigilancia" la misma que ha llegado a la etapa de MORDAZA de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro; Que, mediante escrito recepcionado el 11 de octubre pasado, el CONSORCIO SERVICIOS GENERALES CORPORACION S.R.L-SERGER & GRUPO ALFIL S.A.C, a traves de su apoderado comun, formulo recurso de apelacion contra "...la calificacion efectuada por el Comite Especial adoptada en el Acto de Lectura de Resultados de Evaluacion Tecnica, Apertura del Sobre Nº 2 y Otorgamiento de Buena Pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2006-AMAG - Contratacion del servicio de vigilancia y seguridad de fecha 4 de octubre del 2006 por no encontrarse arreglada a Ley ni a las Bases...", solicitando se corrija la evaluacion adoptada a su propuesta tecnica en cuanto al factor tiempo de experiencia como proveedor de servicios, ya que erroneamente se les asigna 21 puntos debiendo corresponder 40 puntos y en consecuencia se retrotraiga el MORDAZA hasta la etapa de evaluacion de propuestas; Que, conforme se advierte del Acta de Comite Especial ADP Nº 01-2006-AMAG MORDAZA Convocatoria, se advierte que el recurrente no ha cumplido con subsanar dentro del plazo legal, el requisito de admisibilidad del pago de la tasa por derecho de apelacion; Que, sin embargo el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 083-2004PCM, contempla que el Titular de la Entidad podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de que pueda ser declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos, cuando hayan sido dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normativa aplicable. Que, el articulo 160º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, determina las formas en que la Entidad debe resolver el recurso impugnatorio, al ejercer su potestad resolutiva, entre las que se encuentra la declaracion de nulidad, cuando en virtud del recurso interpuesto o de oficio, se verifique la

33707 CONSTRUCCION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL ASENTAMIENTO HUMANO MORDAZA HERAUD, DISTRITO DE ALTO MORDAZA MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA TOTA L

2,130,414.00

03306-11

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.