Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2006 (20/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano viernes 20 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

330941

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL CP DE MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA
Aprueban Ordenanza sobre Comercio Ambulatorio
ORDENANZA Nº 052-MCPSMH C.P. MORDAZA MORDAZA de Huachipa, 12 de septiembre de 2006 EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO DE MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha, y; VISTO, en Sesion de Concejo de la fecha, la Ordenanza que aprueba el Comercio Ambulatorio en el Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA de Huachipa, presentado con el Dictamen respectivo de la Comision de Regidores de Desarrollo MORDAZA y Servicios a la Ciudad. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 74º, 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el numeral 9) del articulo 9º y 40º de la precitada ley, le otorga la potestad tributaria de crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos mediante Ordenanzas. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 73º del primer texto legal acotado, los bienes de dominio publico son inalienables e imprescriptibles. Los bienes de uso publico pueden ser concedidos a particulares conforme a ley, para su aprovechamiento economico. Que, la Ordenanza se regira complementariamente conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27972 y la Ordenanza Nº 002-85 MLM y reglamenta las actividades de comercio ambulatorio dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad del C.P. de MORDAZA MORDAZA de Huachipa. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 83º, inciso 1.2, asi como en el Art. 9º, numerales 8) y 9) y Art. 39º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por mayoria de sus miembros, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1º.- APROBAR LA ORDENANZA SOBRE EL COMERCIO AMBULATORIO en el Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA de Huachipa, la misma que forma parte integrante de esta disposicion municipal. Articulo 2º.- Publicar la Ordenanza en la Pagina Web: www.munihuachipa.gob.pe., asi como en el periodico mural, ubicado en la parte exterior de la Municipalidad, para cumplir con la difusion respectiva y hacer de conocimiento del publico en general. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 03226-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Modifican Ordenanza Nº 177-MPL que aprobo Cuadro Tarifario
ORDENANZA Nº 230-MPL Pueblo Libre, 28 de setiembre del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE. POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 029-2006-MPL/CPL-CPDE de la Comision Permanente de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ley Nº 28862, se faculta a los gobiernos locales a expedir certificado domiciliario dentro de su jurisdiccion, concordante con la Ley de Simplificacion Administrativa de la Certificacion Domiciliaria Nº 28882; Que, mediante Ordenanza Nº 177-MPL, se aprobo e l C u a d r o Ta r i fa r i o d e S e r v i c i o s q u e p r e s t a l a Municipalidad, la misma que requiere ser modificada, permitiendose la inclusion del servicio de certificado domiciliario; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modificar la Ordenanza Nº 177MPL que aprobo el Cuadro Tarifario de Servicios de la Municipalidad, incorporando el siguiente servicio: GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Certificado Domiciliario S/. 3.00

Articulo Segundo.- Para la prestacion del servicio senalado en el articulo primero, el interesado debera acreditar que domicilia en el distrito, debiendo presentar una declaracion jurada, cuyo formato adjunto forma parte de la presente. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Administracion y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA DECLARACION JURADA PARA SOLICITAR CERTIFICADO DOMICILIARIO Yo,................................................., identificado con DNI Nº ..................., declaro bajo juramento, domiciliar en ....................................- Pueblo Libre.

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