Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 1998 (19/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
MORDAZA, 11 de junio de 1998 VISTOS:

MORDAZA, viernes 19 de junio de 1998
RESOLUCION Nº 288-98-JNE

Articulo Tercero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 9 "Frenatraca", para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de MORDAZA, de la provincia de San MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 1996-1998. Articulo Cuarto.- Otorgar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las credenciales que los acrediten como MORDAZA y Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA, respectivamente. Articulo Quinto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MARINA; MORDAZA GONZALES; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 6709 RESOLUCION Nº 287-98-JNE MORDAZA, 11 de junio de 1998 Vista, la comunicacion recibida con fecha 20 de MORDAZA de 1998, Ingreso Nº 00825, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Chetilla de la provincia de MORDAZA, sustentando documentariamente la declaratoria de vacancia al cargo de Regidor que ejerce el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de subsanar la omision en la que incurriera en una comunicacion presentada con fecha 12 de enero de 1998, en la cual pide se tenga por declarada la vacancia del referido Regidor y se convoque a quien corresponda por ley. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 074-98-JNE de fecha 19 de febrero de 1998, se declaro inadmisible la solicitud presentada con fecha 12 de enero de 1998, por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Chetilla, en torno a la declaratoria de vacancia al cargo de Regidor que ejerce el senor MORDAZA MORDAZA Alegria; Que, de la documentacion remitida por el Concejo Distrital de Chetilla se aprecia que, en sesion de fecha 28 de setiembre de 1996 (fojas 2), declaro la vacancia al cargo de Regidor ejercido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por inconcurrencia injustificada a sesiones; debido a que el Regidor no asistia a las sesiones desde el mes de agosto de ese ano; Que, si bien se aprecia de fojas 26 a 52 copias de las actas correspondientes a las sesiones del Concejo de Chetilla de fechas: 20 y 27 de julio; 3, 10, 17 y 31 de agosto; 7, 14, 25 y 28 de setiembre; 5, 12, 19 y 26 de octubre, todas del ano 1996, en las cuales el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA no registra asistencia; es de verse que no se acredita una notificacion valida al Regidor referido, de las citaciones a dichas sesiones, por lo que la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones consecutivas o seis no consecutivas, no se acredita, y en tal razon el acuerdo de vacancia declarada por el Concejo deviene en nula; Que, por otro lado, corre a fojas 53 y 54, certificaciones expedidas, respectivamente, por el Gobernador y el Juez de Paz de 2ª Nominacion del distrito de Chetilla, quienes certifican que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no es MORDAZA en la jurisdiccion desde el 20 de MORDAZA de 1996; con dicha prueba, se aprecia que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incurrido en causal de vacancia contemplada en el Articulo 26º inciso 2), por ausencia de la localidad por mas de treinta dias sin autorizacion del Concejo; Que, ante la evidencia de la causal y no habiendo el Concejo cumplido con declarar la vacancia validamente, este Organo Electoral debe declararla, en aplicacion de lo dispuesto por el Articulo 5º inciso u) de su Ley Organica, Ley Nº 26486; Que, el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que reemplaza al Regidor vacado, el suplente que le sigue en su lista; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, postulo y resulto elegido por la lista independiente "Movimiento Independiente por el Cambio y Desarrollo de Chetilla", y el candidato suplente no proclamado que sigue en dicha lista es el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien debe convocarse; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo el acuerdo adoptado por el Concejo Distrital de Chetilla de la provincia de MORDAZA el dia 28 de setiembre de 1996, respecto a la declaratoria de vacancia, por causal de inconcurrencia injustificada a sesiones, al cargo de Regidor que ejerce el senor MORDAZA MORDAZA Alegria. Articulo Segundo.- Declarar la vacancia al cargo de Regidor que ejerce el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el Concejo Distrital de Chetilla de la provincia de MORDAZA, por haber incurrido en causal de vacancia al ausentarse mas de treinta (30) dias de la localidad sin autorizacion de su Concejo. Articulo Tercero.- Convocar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin de que, en reemplazo del Regidor vacado asuma dicho cargo en el Concejo Distrital de Chetilla de la provincia de MORDAZA, para culminar el periodo municipal 1996-1998, a quien se le otorgara la credencial correspondiente. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MARINA; MORDAZA GONZALES; MORDAZA ARCE; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 6711

El Oficio Nº 065-98-MDSM/A, recibido con fecha 20 de marzo del ano en curso, remitido por el MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comunicando que en sesion ordinaria de fecha 10 de marzo de 1998, se declaro la vacancia del cargo de Regidor que desempenaba don Loel MORDAZA MORDAZA, por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; y el Oficio Nº 075-MDSM/A presentado el 18 de MORDAZA del presente ano, por el mismo recurrente, remitiendo documentos conducentes a subsanar las omisiones a que se refiere la Resolucion Nº 174-98-JNE de fecha 5 de MORDAZA de 1998; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es atribucion de los Concejos Municipales declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA y Regidores, por las causales previstas en los Articulos 26º, 38º y 88º de la ley acotada; Que, el Concejo Distrital de San MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, en sesion de fecha 10 de marzo de 1998, declaro la vacancia del cargo de Regidor que venia desempenando don Loel MORDAZA MORDAZA, habiendo comunicado tal hecho a este Supremo Organo Electoral, con fecha 20 de marzo de 1998, resultando incompleta la documentacion presentada; por lo que dicha solicitud fue declarada inadmisible por este colegiado mediante Resolucion Nº 174-98-JNE su fecha 5 de MORDAZA de 1998, toda vez que no se remitio los recaudos que acreditaran en dicha oportunidad, la referida causal de inconcurrencia y el cumplimiento de las formalidades a que se refiere el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, con el fin de subsanar las omisiones a que se refiere el considerando precedente, el MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA, presenta la MORDAZA legalizada, corriente a fojas treinta y dos, del cargo del Oficio Nº 060-98-MDSM/A en que se comunica por via notarial el acuerdo de vacancia a don Loel MORDAZA MORDAZA con fecha 12 de marzo de 1998; asimismo, se ha presentado las copias de las actas de sesiones ordinarias comprendidas entre el dia 27 de junio de 1997 y el 10 de marzo de 1998, a las que inconcurrio el vacado, obrando estas a fojas treinta y seis y siguientes; teniendose a la vista la certificacion del Secretario General de la Municipalidad de San MORDAZA fechada el 13 de MORDAZA del ano en curso, quien da fe de no haberse impugnado el acuerdo submateria; Que, habiendose acreditado que don Loel MORDAZA MORDAZA ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el inciso 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, sobre inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses; y, atendiendo a que se ha declarado su vacancia con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal del Concejo Distrital de San MORDAZA, conforme se aprecia de la MORDAZA legalizada del acta de fojas diecisiete y diecisiete vuelta; no habiendose interpuesto recurso de revision contra el acuerdo de vacancia; debe darse por culminado el presente tramite; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, los regidores son reemplazados por los suplentes de la misma lista electoral, por lo que corresponde asumir dicho cargo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 11 - "Movimiento Solidario Independiente MORDAZA - Distritos", conforme aparece en la relacion de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral de MORDAZA, que se tiene a la vista; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 11 - "Movimiento Solidario Independiente MORDAZA - Distritos", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 1996-1998. Articulo Segundo.- Otorgar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la credencial que lo acredite como Regidor del Concejo Distrital de San Marcos. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MARINA; MORDAZA GONZALES; MORDAZA ARCE; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 6712

Declaran que regidores del Concejo Distrital de Putumayo deben continuar en el ejercicio de sus funciones
RESOLUCION Nº 286-98-JNE MORDAZA, 11 de junio de 1998 Vista, la comunicacion recibida el 30 de MORDAZA de 1998, remitida por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Putumayo de la provincia de Maynas, dando a conocer la declaracion de vacancia del cargo de regidores de los senores MORDAZA MORDAZA

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