Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 1998 (19/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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5.2.1 El metodo literal

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de junio de 1998

Como la ley se expresa en palabras y estas tienen determinado sentido, esta interpretacion reside en examinar el texto normativo tal como esta escrito: palabras empleadas, vocablos tecnicos o comunes, etc. Es decir, examinar la palabra escrita para conocer el significado de la ley, lo que MORDAZA quiere decir al emplear determinados conceptos, realizando un examen del uso linguistico de la norma. En buena cuenta, lo que busca este metodo es dilucidar lo que una determinada MORDAZA juridica denota, utilizando reglas linguisticas propias del lenguaje en el cual esta se encuentra escrita. Aunque se reconoce la utilidad del metodo literal, en cuanto constituye generalmente el inicio de todo MORDAZA de interpretacion, dicho metodo resulta de por si insuficiente para llegar al fondo del problema interpretativo. En la Decision 344 y en el Decreto Legislativo Nº 823 se entiende por lema comercial la palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca. Asi, si se interpretara literalmente lo establecido en tales normas, es decir proteger a toda palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una MORDAZA, no se lograria desentranar el contenido de la definicion del lema comercial, ya que ninguno de los terminos que integran las normas mencionadas son susceptibles de indicar con claridad ni mucho menos informar al interprete sobre el verdadero significado del lema comercial. Lo unico que se desprende de las normas arriba mencionadas es que el lema comercial esta circunscrito al lenguaje hablado o escrito, a diferencia de lo que sucede con otros signos distintivos, en los cuales se da cabida a expresiones que no necesariamente posean un significado que deba ser expresado de acuerdo a las reglas del lenguaje hablado o escrito. De otro lado, el termino "complemento" (que significa cosa, cualidad o circunstancia que se anade a otra cosa para hacerla integra o perfecta11 ) alude a la forma en que el lema comercial es utilizado en relacion a una MORDAZA determinada, mas no al caracter que el lema comercial debe revestir. Por lo expuesto, resulta necesario aplicar en forma integral y armonica los otros metodos de interpretacion que esten al alcance, con el objeto de arribar a un resultado interpretativo coherente, acorde a un contexto determinado, para lo cual se utilizaran los demas metodos de interpretacion que se detallan a continuacion. 5.2.2 El metodo logico El metodo logico propone desentranar el significado de la MORDAZA buscando su razon de ser intrinseca a partir de la precision de su "ratio legis" o, lo que es lo mismo, comprender lo que quiere decir al regular un determinado hecho juridico a partir de lo que el connota. La connotacion implica un juicio valorativo mas profundo, en la medida en que, a diferencia de lo que ocurre con el metodo literal que simplemente denota, este pretende hallar la esencia y funcionalidad de determinado termino en relacion al proposito de la MORDAZA juridica interpretada. Utilizando el metodo logico de interpretacion, resulta razonable concluir que el ambito de aplicacion del lema comercial se circunscribe a realzar la distintividad de la MORDAZA que publicita, a diferencia de las funciones encomendadas a los demas signos distintivos: el nombre comercial distingue las actividades economicas de una persona de las de otras y la MORDAZA distingue un producto o servicio de los demas competidores que actuan en el mercado. Es por ello que el lema comercial ha sido objeto de una regulacion especial, atendiendo a su naturaleza y funcion. La nocion del lema comercial como un elemento que caracteriza una MORDAZA en el ambito publicitario se ve reforzada por el hecho de que, a diferencia del nombre comercial y la MORDAZA, al lema comercial se lo ha limitado al lenguaje hablado o escrito. Al respecto, Erdmann12 entiende al lema comercial como un instrumento publicitario per se, a diferencia de lo que ocurre con la MORDAZA, la cual recien al adquirir notoriedad asume dicho caracter. Asi, lo que las normas pertinentes connotan en relacion al lema comercial es que este tiene como objeto reforzar la funcion encomendada a la MORDAZA, - cual es la de distinguir en el MORDAZA los productos o servicios producidos o comercializados por una persona de los productos o servicios identicos o similares de otra persona (Art. 81º de la Decision 344) - a traves del empleo de expresiones denominativas del lenguaje y utilizando mecanismos basicamente publicitarios. En consecuencia, el lema comercial debera gozar de la aptitud distintiva necesaria para permitir su diferenciacion en relacion a la MORDAZA que publicita, al mismo tiempo que refuerza en la mente del consumidor su vinculacion con el signo al que se asocia. 5.2.3 El metodo sistematico Este metodo parte de la premisa que el derecho constituye un sistema estructural. A este MORDAZA de interpretacion se recurre especialmente cuando la duda no recae sobre el sentido de una expresion o de una formula de la ley, sino que versa sobre la regulacion juridica del hecho o de la relacion sobre lo que se debe juzgar. Para ello se emplean los principios generales del derecho y las reglas del derecho positivo. Por ejemplo, cuando existe contradiccion entre una MORDAZA especial y una de derecho en general, prevalece la ley especial y, si MORDAZA fueran normas generales, se aplicara aquella mas vinculada a lo que es objeto de regulacion. La interpretacion sistematica puede realizarse de dos maneras: por comparacion con otras normas y por ubicacion de la norma. a) Para el metodo sistematico por comparacion con otras normas13 el procedimiento de interpretacion consiste en esclarecer que quiere decir la MORDAZA, atribuyendole los principios o conceptos que quedan MORDAZA en otras normas y que no estan claramente expresados en ella. Este sistema opera tomando un articulo bajo interpretacion y comparandolo con otro que aclara su significado. Tal como lo establecen tanto el Articulo 122º de la Decision 344 como el Articulo 195º del Decreto Legislativo Nº 823, las disposiciones sobre lemas comerciales deben ser concordadas con las normas pertinentes sobre marcas. En consecuencia, la Sala entiende que, de una interpretacion del Articulo 81º de la Decision 344 concordado con el Articulo 128º del Decreto Legislativo Nº 823 (aplicables en virtud del Articulo 122º de la Decision y 195º del Decreto Legislativo) se desprende que el lema debera ser perceptible, suficientemente distintivo y susceptible de representacion grafica. La perceptibilidad a que aluden las normas mencionadas implica que el lema comercial debe ser apto para producir una impresion individual y para grabarse en la memoria de los consumidores. El requisito de ser suficientemente distintivo esta referido a la distintividad intrinseca que debe poseer todo signo para poder acceder a su registro. Por esta razon, un lema comercial de caracter general no puede ser registrado, pues carece de fuerza distintiva, asi como aquellos que esten constituidos sobre la base de terminos genericos o descriptivos. Tampoco es posible registrar como lema comercial una frase que sin fantasia alguna se limite a alabar los

productos o servicios que desee publicitar. Estas frases carecen de caracter distintivo en el contexto publicitario actual. En tal sentido, la distintividad del lema no puede basarse solo en la presencia de una MORDAZA registrada al interior del mismo, ya que con ello se llegaria a una situacion absurda: bastaria a la competencia sustituir esa MORDAZA por la propia para poder usar el lema registrado sin cometer infraccion. Ante la disyuntiva de aceptar que una persona se apropie de una expresion que deberia ser libremente usada en el ambito publicitario, o que lo unico protegible sea una MORDAZA que ya esta protegida, solo cabe pensar que en realidad el lema comercial debe ser conceptualmente distintivo, es decir, debe ser apto para poder asociar a la MORDAZA un concepto que refuerce en la mente del consumidor la distintividad de la misma. Ademas, si la distintividad solo recayera en la MORDAZA se estaria desnaturalizando el proposito encomendado por la ley al lema comercial: que actue como complemento de una marca. La distintividad de un lema comercial que incluye a la MORDAZA publicitada le MORDAZA a aquel una identidad diferente a esta solo en la medida en que logre desvirtuar la tendencia de los consumidores a grabar en su memoria tan solo el nombre de la MORDAZA publicitada. El requisito de ser susceptible de representacion grafica tiene sentido en relacion a la funcion del lema como elemento que sirve para reforzar el caracter diferenciador de una MORDAZA (especialmente en el ambito publicitario), cuestion que se ve reforzada por el hecho de que - como ya se ha senalado - a diferencia del nombre comercial y de la MORDAZA, al lema se lo limita al lenguaje hablado o escrito. La funcion basica de los tres requisitos MORDAZA mencionados es la de establecer o reforzar la diferenciacion de los distintos signos que interactuan en el MORDAZA, exigiendose al lema comercial como una condicion basica de registrabilidad la de ser capaz de aplicarse en la publicidad para reforzar la diferenciacion de la MORDAZA a la cual se aplica, incrementando lo que en el argot de marketing moderno se conoce como "posicionamiento" de la marca. En efecto, como afirma Ries,14 el posicionamiento no se refiere al producto sino a que es lo que se debe hacer con la mente de los probables clientes o personas a las que se quiere abarcar con la publicidad de determinado producto, de manera tal que esta sea lo primero que venga a su mente. Cuando el lema cumple con estos requisitos, es posible conceder un derecho exclusivo a su uso, a menos que incurra en otra de las causales de prohibicion al registro contenidas en los Articulos 120º, 82º y 83º de la Decision 344 concordados con los Articulos 193º, 129º y 130º del Decreto Legislativo Nº 823. b) El metodo sistematico por ubicacion de la norma15 establece que la interpretacion debe hacerse teniendo en cuenta el conjunto, subconjunto, grupo normativo, etc., en el cual se halla incorporada, a fin de que su que quiere decir sea esclarecido por los elementos conceptuales propios de tal estructura normativa. La ubicacion de una MORDAZA en el sistema no es equivalente a decir "el cuerpo normativo donde se halla ubicada". La razon de ser de este metodo esta en darle un significado a la MORDAZA a partir del "medio ambiente" de su conjunto, subconjunto o grupo normativo. En otras palabras, del total de principios, elementos, conceptos y contenidos que forman y explican la estructura normativa en la que esta situada la MORDAZA a interpretar. En tal sentido, la Sala advierte que si bien el lema comercial ha sido definido tanto en la Decision 344 como en el Decreto Legislativo Nº 823 como un complemento de la MORDAZA y es regulado como una figura juridica independiente a las MORDAZA, es considerado tanto en la Decision como en el Decreto Legislativo como un signo distintivo, y en general, como un elemento de la propiedad industrial (situacion por lo demas prevista expresamente en el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 823). Por lo anterior, son aplicables al lema los requisitos y consecuencias de todo signo distintivo en especial y de todo elemento de propiedad industrial, en general. A este respecto, debe tenerse en cuenta que el registro de un signo otorga a su titular un derecho de exclusiva, el cual supone - ademas de la facultad de utilizarlo en el trafico economico para designar o publicitar determinados productos o servicios y ofrecerlos al publico (dimension positiva del derecho) - una facultad de exclusion o abstencion que el titular del signo puede exigir de los terceros (dimension negativa del derecho), sustrayendo del trafico economico el uso de los terminos, vocablos, frases o graficos que constituyen el signo en relacion a tales productos o servicios. Esto constituye en MORDAZA instancia una dificultad para que terceros puedan acceder al MORDAZA, y por esta razon se excluye del registro a los terminos de caracter generico y descriptivo. En consecuencia, de acceder a registro aquellas frases o expresiones denominativas descriptivas de los productos o servicios que se quieran publicitar o que se limiten a alabar las caracteristicas de los mismos o MORDAZA banales, se estaria concediendo un derecho exclusivo sobre las mismas a favor de un competidor singular, prohibiendo su utilizacion por parte de terceros, lo que constituiria una MORDAZA de acceso al correspondiente sector del MORDAZA, equivalente al otorgamiento de un monopolio sobre los correspondientes productos o servicios. Por ello, es mejor dejar que estas denominaciones MORDAZA libremente utilizadas por todos los competidores que actuan en un sector del mercado. Adicionalmente, no resulta coherente asumir que la Decision 344 y el Decreto Legislativo Nº 823 han pretendido dejar abierta la posibilidad de que se registren (a traves de su incorporacion en lemas comerciales) denominaciones genericas o descriptivas, ya que ello implicaria la transgresion de las disposiciones concernientes al derecho de marcas. 5.2.4 El metodo historico a) Interpretacion autentica.- Toda ley tiene antecedentes: exposicion de motivos, actas de comisiones legislativas, trabajos preparatorios, etc. que senalan cual ha sido el recorrido de la ley desde que fue pensada hasta convertirse en norma. Examinando estos antecedentes, se descubre la intencion del legislador, la finalidad que persigue la ley. En muchos casos existen articulos y escritos de los autores de la ley que nos descubren su pensamiento, lo que constituye un valioso antecedente.

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Diccionario de la Real Academia de la Lengua Espanola, vigesima edicion, tomo I, MORDAZA, 1984, p. 347. Erdmann, Schutz von Werbeslogans, GRUR (agosto / sept. 1996), pp. 550 y ss. ob. cit., pp. 261 y ss. Ries, Al Trout, MORDAZA, Posicionamiento. El concepto que ha revolucionado la comunicacion publicitaria y el marketing. McGraw Hill / Interamericana de Espana s.p., 1992. ob. cit., pp. 263 y s.

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