Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2019 (06/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Miércoles 6 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Fiscalía de la Nación Nº 1873-2017-MP-FN, de fecha 02 de junio de 2017. Artículo Segundo.- Designar a la abogada Johana Pacheco Vila, Fiscal Provincial Titular Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Junín, Distrito Fiscal de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Junín. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación (i) 1738561-4

Trasladan plazas de fiscales, desactivan fiscalías, dan por concluídos nombramientos, designaciones, nombran y designan fiscales en diversos distritos fiscales
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 238-2019-MP-FN Lima, 5 de febrero de 2019 VISTO: El oficio N° 1254-2019-FSC-FECOR-MP-FN, cursado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de visto, se hace de conocimiento que se ha originado un aumento desmedido de la carga laboral en la Fiscalía Provincial Especializada Contra el Crimen Organizado del Callao, Distrito Fiscal del Callao, de manera que para poder tramitar la numerosa carga existente y realizar un mejor ejercicio de sus funciones, se presenta la necesidad de fortalecerla con el incremento de la cantidad del personal fiscal. En consecuencia, solicita el traslado de una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas de carácter permanente, con el correspondiente personal administrativo, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla, hacia el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada Contra el Crimen Organizado en mención. Que, con el oficio N° 025-2019-MP-FN-OCPF, el Gerente de la Oficina de Control de la Productividad Fiscal remite información de la carga laboral y producción fiscal, entre otros, de los Despachos de la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, conforme a las bases de datos del Sistema de Información de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIATF) y Sistema de Gestión Fiscal (SGF). Que, la Fiscal de la Nación, como Titular del Ministerio Público, es la responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones que considere pertinentes, a fin de fortalecer la función fiscal en el Subsistema de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, garantizando de tal manera un servicio fiscal eficiente y oportuno. Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 063-2017-MP-FN-JFS, de fecha 25 de mayo de 2017, en el marco de la implementación del segundo tramo del nuevo Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo N° 957, en el Distrito Fiscal de Ventanilla, se dispuso la creación, entre otros, de la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Corporativa

Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla. En tal sentido, al existir la necesidad de dar solución a la problemática señalada, a efectos de que los casos en trámite sean atendidos en forma oportuna y de tal manera permitir que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia, por necesidad de servicio, resulta indispensable expedir el resolutivo que disponga el traslado de una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas de carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla, con el correspondiente personal administrativo, hacia la Fiscalía Provincial Especializada Contra el Crimen Organizado del Callao, Distrito Fiscal del Callao. Asimismo, con la finalidad de mantener el trabajo del despacho corporativo, es menester que se disponga el traslado de la otra plaza de Fiscal Provincial y las restantes dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas de carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, hacia la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, para lo cual deberá desactivarse la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, así como modificarse la denominación de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, en Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, la misma que tendrá como nueva estructura orgánica, tres (03) plazas de Fiscal Provincial y seis (06) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales; por lo que debe darse por concluidas las designaciones del personal fiscal, según corresponda, debiendo adecuarse las respectivas designaciones en el nuevo despacho fiscal. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158° de la Constitución Política del Estado y el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla, al Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada Contra el Crimen Organizado del Callao, Distrito Fiscal del Callao. Artículo Segundo.- Trasladar dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, ambas con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla, al Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada Contra el Crimen Organizado del Callao, Distrito Fiscal del Callao. Artículo Tercero.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla, al Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla. Artículo Cuarto.- Trasladar dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, ambas con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla, al Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla. Artículo Quinto.- Desactivar la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla. Artículo Sexto.- Modificar la denominación de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla, en Fiscalía Provincial Corporativa

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