Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2019 (06/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 6 de febrero de 2019 /

El Peruano

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de sus competencia; Que, el artículo 1º de la Ley Nº28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, define al proceso de Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil; Que, mediante Ordenanza Nº399/MDSMP, del 26 de febrero de 2016, se aprobó el reglamento del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Martín de Porres. Que, el artículo 3º de la Ordenanza Nº399/MDSMP, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias para la aplicación de la presente Ordenanza, así como la modificación de las fechas correspondiente al Cronograma del Proceso y la fecha de cofinanciamiento. Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorándum Nº 001-2019-GPP/MDSMP, presenta la propuesta de modificación del tercer párrafo del Artículo Nº14º.- del Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº399/MDSMP, concediéndose hasta el 15 de enero del año 2019, como fecha máxima para que la Sociedad Civil haga efectivo el aporte de su COFINANCIAMIENTO. Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según informe Nº 0032019-GAJ/MDSMP, opinión favorable de la Gerencia Municipal según Informe Nº 014 -2019-GM/MDSMP y lo dispuesto en los artículos 20º. Inciso 6), 39º y 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el tercer párrafo del artículo 14º del Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 399/MDSMP, concediéndose hasta el 15 de enero del año 2019, como fecha máxima para que los Agentes Participantes hagan efectivo el aporte de su COFINANCIAMIENTO. Artículo Segundo.- NOTIFICAR a las áreas de esta Corporación Municipal el estricto cumplimiento al presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General y la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial la publicación de este Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Cuarto.- DEROGAR toda norma que se oponga a la presente disposición municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 1738418-2

de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV sobre Descentralización, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; las Municipalidades son personas jurídicas de derecho público con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 20 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde entre otras: "Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y la administrativa en el Gerente Municipal; Que, el articulo 83º numeral 83.3) del Decreto Supremo Nº 006-2017- JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que: "A los órganos jerárquicamente dependiente se les transfiere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses", en ese sentido es pertinente aplicar los criterios de desconcentración de facultades, todo ello a fin de facilitar la prosecución de los trámites ordinarios relacionados al quehacer de esta Corporación Edil; Que, con la intención de seguir garantizando una gestión eficiente en la Entidad, que para un adecuado funcionamiento y operatividad de las áreas administrativas, se requiere delegar y desconcentrar determinadas facultades relativas de acuerdo a con el ordenamiento jurídico vigente y actual estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres en el Reglamento de Organización y Funciones; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGACIÓN DE FACULTADES A LA GERENCIA MUNICIPAL.- Delegar en el Gerente Municipal las siguientes atribuciones: 1.1) Aprobación de Directivas, documentos de carácter normativo y de gestión, necesarios para conducir la gestión técnica, financiera y administrativa de la Municipalidad. 1.2) Reconocer el Comité Electoral en elecciones de representantes de trabajadores ante el CAFAE 1.3) Designar a los encargados para suscribir Actas de Transferencia Contable 1.4) Designar los representantes ante la Comisión Negociadora conforme a la Ley Nº 30057 y Reglamento aprobado por D.S. 040-2014-PCM 1.5) Designar a los representantes de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres ante Comités, Comisiones, Mesa de Trabajo y similares de carácter administrativa ­ técnica legales. 1.6) Representar a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, ante cualquier tipo de autoridad dependencia administrativa, pública o privada para iniciar y proseguir procedimientos, firmar solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencia administrativa e interponer recursos administrativos de impugnación, queja por los defectos de tramitación, asimismo solicitar rectificación de errores entre otras pretensiones administrativas a excepción aquellas que le corresponde al Procurador Público Municipal dentro de sus funciones. 1.7) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones así como autorizar su modificación mediante inclusión o exclusión de procesos de selección de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres. 1.8) Designar a los miembros de los Comité de acuerdo a la Ley Nº 30225 Ley de Contrataciones del Estado modificada por Dec. Leg. Nº 1341 el D.S. Nº 350-2015-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones modificado por D.S. Nº 056-2017-EF 1.9) Expedir resoluciones administrativas en última instancia administrativa de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. 1.10) Designar a los funcionarios responsables de implementar las Recomendaciones y mitigar los riesgos identificados consignados en los informes de control.

Delegan facultades en diversos funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 058-2019-MDSMP San Martín de Porres, 9 de enero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Memorándum Nº077-2019-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 023-2019-GAJ/ MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680; Ley

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