Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2019 (06/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Miércoles 6 de febrero de 2019 /

El Peruano

f) Constituir, organizar y mantener actualizado el Registro Único de Organizaciones Sociales ­ RUOS para la Participación Ciudadana del Distrito de el Agustino; emitiendo las resoluciones de reconocimiento y registro de las Organizaciones Sociales y acreditación de sus representantes en el ámbito de su competencia. g) Coordinar y brindar información a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre los procedimientos administrativos, con la finalidad de elaborar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de El Agustino. h) Proponer, coordinar, conducir, supervisar la implementación y ejecución de políticas, normas, planes y programas sobre promoción de la participación de la ciudadana, en el desarrollo local sostenible del distrito. i) Crear programas de fortalecimiento de la cultura cívica, la construcción de ciudadanía y gestión municipal en coordinación con los órganos pertinentes. j) Brindar y gestionar asistencia técnica y capacitación a los agentes participantes del presupuesto participativo y a los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), a la junta de Delegados Vecinales Comunales y demás órganos consultivos, de participación y de coordinación vecinal, así como otros espacios de participación vecinal que pudieran crearse. k) Proponer los instrumentos normativos internos y externos que consoliden la participación vecinal. l) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de capacitación y asesoría a los vecinos en materia de participación vecinal. m) Recibir y canalizar a las inquietudes y propuestas vecinales, ante las áreas competentes, opinando sobre su procedencia y proponiendo recomendaciones para su implementación. n) Implementar mecanismos y espacios de participación ciudadana para la mejora de los servicios públicos. o) Brindar orientación a los vecinos en asuntos de su competencia. p) Fomentar la participación activa y organizada de las mujeres, jóvenes, adultos y adultos mayores, en los distintos espacios de concertación existentes. q) Remitir a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto información estadística actualizada de su unidad orgánica y unidades a su cargo, relevante para diagnóstico de la Gestión Institucional de la Municipalidad. r) Integrar el Grupo de Trabajo para la Gestión de Riesgo de Desastres de la MDEA en el marco del SINAGERD. s) Proponer e implementar acciones de mejora continua con el asesoramiento y supervisión de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. t) Representar a la Municipalidad ante los organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, en relación con la coordinación de las actividades de promoción de la Participación de los ciudadanos. u) Conducir el Sistema de Control Interno dentro de su ámbito; ejecutando acciones para la mejora continua de los procesos a su cargo. v) Cumplir con otras funciones que le asigne el Gerente Municipal." Artículo Cuarto.- INCORPORAR la Unidad de Tecnología de la Información a la Sub Gerencia de Planeamiento y Procesos, quedando como dice: "ARTICULO 33° SUB. GERENCIA DE PLANEAMIENTO, GESTION DE PROCESOS Y TECNOLOGIA DE INFORMACIÓN: Es la Sub Gerencia encargada de la conducción, ejecución, evaluación y control de las actividades concernientes a los sistemas de planeamiento y de racionalización en el marco de la gestión por procesos, brindar el soporte técnico en materia de hardware y software, la provisión de servicios de internet e intranet, para la mejora continua promovida por las políticas de modernización de la gestión pública que permitan alcanza los objetivos y metas, establecidos en el Plan de Desarrollo Local Concertado. Está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Sub gerente designado por el Alcalde, depende funcionalmente y jerárquicamente de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sus funciones y atribuciones son:

a) Elaborar y proponer y ejecutar Plan Operativo de la subgerencia de Gestión de Procesos y Planeamiento, disponiendo eficaz y eficientemente de los recursos humanos, económicos y logísticos asignados. b) Realizar el seguimiento y monitoreo del cumplimiento de las actividades establecidas en el Plan Estratégico Institucional (PEI) y los planes operativos de cada unidad orgánica. c) Analizar la estructura orgánica, objetivos y funciones de las unidades orgánicas, proponiendo las modificaciones que permitan su actualización, conforme a la política, fines y objetivos del gobierno municipal. d) Supervisar y mantener actualizados los documentos de gestión (ROF, MOF, CAP, MAPRO, TUPA) así como los reglamentos de uso interno según la normatividad vigente, en coordinación con las diferentes unidades involucradas y los entes rectores especializados en la materia. e) Emitir opinión técnica previa a las propuestas de modificación a los instrumentos de gestión referidos a la organización, procesos y procedimientos de la municipalidad. f) Proponer o elaborar y/o actualizar directivas, procedimientos, reglamentos y otras normativas internas, en coordinación con las unidades orgánicas de la entidad. g) Elaborar, monitorear y evaluar los indicadores de desempeño de la gestión municipal en coordinación con las unidades orgánicas de la entidad. h) Programar, organizar y ejecutar los procesos de producción estadística de la entidad municipal. i) Evaluar e informar sobre el desempeño de los indicadores estadísticos en el Registro Nacional de Municipalidades- RENAMU. j) Representar a la Municipalidad ante el Instituto Nacional de Estadística e Informática ­ INEI, como órgano rector del Sistema Nacional de Estadística en el ámbito del Distrito de El Agustino. k) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Gerente de Planeamiento y Presupuesto. l) Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades en materia de tecnología de la información aplicada al desarrollo institucional de la MDEA. m) Facilitar la integración de procesos administrativos de la entidad municipal mediante el uso de las tecnologías de la información. n) Elaborar e implementar plan de contingencias de informática en todos sus niveles. ñ) Coordinar con los funcionarios y responsables de las actividades y proyectos de gestión municipal las necesidades de desarrollo informático, así como brindarles asesoramiento que corresponda en materia informática. o) Participar en la configuración y formulación de especificaciones técnicas de la infraestructura sobre la que se instala los equipos de cómputo, así como en las adquisiciones de sistemas informáticos. p) Emitir opinión técnica en concordancia con la norma técnica y estándares municipales para la adquisición e implementación de equipos informáticos, software u otros de tecnología informática. q) Implementar y mantener el intranet municipal de la entidad que facilite la comunicación e interacción interna de las unidades orgánicas. r) Desarrollar, diseñar, administrar y actualizar el portal web de la municipalidad. s) Dirigir y controlar la adecuada atención y orientación al ciudadano a través de la central telefónica. t) Proporcionar a la información de la base de datos de la entidad, para elaboración de estadística municipal." Artículo Quinto.- DEROGUESE los artículos 39° y 50° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de El Agustino, aprobado mediante Ordenanza Nº 592-MDEA, y su modificatoria mediante Ordenanza N° 606­2016-MDEA y Ordenanza N° 627­ 2017-MDEA. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Seguridad Ciudadana, para que realicen las acciones pertinentes que conlleven a la implementación total y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

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