Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2018 (26/04/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 26 de abril de 2018 /

El Peruano

deben tener una mirada complementaria respecto de las acciones de prevención y sanción de la corrupción. Sin embargo, el enfoque punitivo, si bien corrige una situación irregular, no asegura el establecimiento de condiciones estructurales que a mediano y largo plazo permitan reducir la incidencia de dichas irregularidades. Resulta por tanto necesario implementar estructuras organizacionales y entornos laborales que permitan desarrollar una institucionalidad sólida que proteja al Estado frente a coyunturas adversas originadas por personas inescrupulosas y carentes de vocación de servicio público que por una u otra razón acceden a una posición pública. En ese sentido, gran importancia cobra el fortalecimiento del servicio civil basado fundamentalmente en la meritocracia, en la igualdad de oportunidades, en el interés general, la transparencia, la probidad y en la rendición de cuentas de la gestión. Todas ellas constituyen herramientas poderosas para reducir espacios a la corrupción tanto en el sector público como en el privado, así como en la interacción entre ambos. En esa medida, resulta fundamental fortalecer los mecanismos de control interno a efectos de garantizar que las entidades consoliden la adopción de estas herramientas en aras de prevenir la corrupción e instaurar la integridad en la gestión. Es de precisar que parte también del enfoque preventivo pasa por la incorporación de la ciudadanía en la lógica de acción pública y colectiva, y como actor fundamental del control social. Por ello, se plantea como presupuesto esencial de los mecanismos de prevención involucrar a la ciudadanía como principal interesada en que la gestión pública brinde servicios que satisfagan sus necesidades, para lo cual es indispensable generar desde el Estado las condiciones, espacios y herramientas para recuperar su confianza y convertirla en un aliado para la detección temprana de alertas frente a potenciales prácticas cuestionables. Ahora bien, en la línea de priorizar acciones, se ha tomado como insumo y punto de partida la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, la cual, sobre la base de lecciones aprendidas recogidas en el Informe de Evaluación Final de la Implementación del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, enfatiza en la necesidad de dotar de mayores capacidades al Estado en la lucha contra la corrupción, generar mayores mecanismos de articulación y coordinación, y reforzar la institucionalidad de las principales entidades involucradas en la prevención, detección, investigación y sanción de la corrupción. En efecto, conforme se detalla en el Capítulo II "Marco Metodológico de Desarrollo del Plan", el proceso de elaboración del Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021 considera como principal fuente los objetivos, metas, lineamientos y estándares de cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción. De la misma manera, estando a la existencia de documentos que -sobre la base de diagnósticos previos- delinearon recomendaciones puntuales para asegurar una efectiva prevención, detección, investigación y sanción de la corrupción, el proceso participativo e inclusivo de elaboración del presente Plan los ha acogido plenamente. Así, el Plan se erige sobre los siguientes documentos base: · Informe de la Comisión Presidencial de Integridad. Detener la corrupción, la gran batalla de este tiempo (diciembre 2016). · Estudio de la OCDE sobre Integridad en el Perú. Reforzar la integridad del sector público para un crecimiento incluyente (2017). · 100 acciones propuestas por el Fiscal de la Nación para forjar un país sin corrupción (junio 2017). · Compromiso de Lima de la Cumbre de las Américas La decisión se basa en dos criterios. El primero radica en la legitimidad que dichos documentos alcanzaron entre expertos, académicos, funcionarios públicos y líderes de opinión, como es el caso de las 100 recomendaciones contenidas en el Informe de la Comisión Presidencial de Integridad y el Estudio de la OCDE sobre Integridad en el Perú. En esa línea, a la base del proceso de elaboración del

Plan ha estado la convicción de no generar duplicidades y, por el contrario, se ha buscado el establecimiento de sinergias con esfuerzos previos realizados en la misma dirección a la que apunta el Plan. Un segundo criterio para la adopción de los documentos reseñados como punto de partida del Plan es la necesidad que las legitimidades de dichas acciones sean incorporadas y asumidas por las entidades públicas a través de un marco legal que permita su implementación y presupuestación en sus planes operativos institucionales. Al respecto, se debe recordar que, pese a la validez y gran consenso que generaron los documentos base, particularmente, el Informe de la Comisión Presidencial de Integridad, no hubo aprobación formal mediante norma ni mandato expreso que dispusiera la incorporación de sus recomendaciones en los respectivos documentos de planeamiento de las entidades públicas. De esta manera, partiendo de un conjunto de propuestas y recomendaciones que gozan de validez y legitimidad, el presente Plan adopta una estrategia de priorización y calendarización que permite de manera ordenada su implementación. Ello, en tanto que las recomendaciones y propuestas de acción -siendo todas importantes y necesarias-, por la complejidad que muchas de ellas entrañan, no pueden ser implementadas en un corto plazo ni tampoco ejecutadas por una sola entidad. Es así que en el capítulo IV "Objetivos Estratégicos y Acciones del Plan" se detallan las medidas de corto, mediano y largo plazo de modo tal que se logre un orden en su ejecución y una definición de las entidades responsables y participantes en el proceso de implementación. Ahora bien, es necesario puntualizar que el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 20182021 en su alcance reconoce dos ámbitos. El primero vinculado a la implementación de medidas de alcance nacional orientadas a lograr un nivel de institucionalidad que asegure de modo global en el país prevenir y combatir la corrupción de manera eficiente. En esa medida, supone principalmente la actuación, participación y compromiso de las entidades mandatadas por ley para prevenir, detectar, investigar y sancionar la corrupción, como son, el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, el Consejo Nacional de la Magistratura, la Policía Nacional del Perú y la Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción. El segundo ámbito involucra sin distinción a todas las entidades públicas, privadas, empresas, ciudadanía y colectivos sociales, los cuales deben implementar modelos de prevención, filtros en los procesos propios de la actividad que realizan, políticas orientadas a garantizar la transparencia y rendición de cuentas, así como mecanismos de control y supervisión. En ese marco, se requiere entonces que las empresas desarrollen buenas prácticas corporativas alineadas al Modelo de Prevención contenido en la Ley N° 30424 y, su modificatoria, el Decreto Legislativo N° 1352, o a otros estándares más amplios como la ISO 37001. Bajo esa misma lógica, las entidades públicas también deben implementar herramientas que incorporen la integridad pública en la gestión, a través de la educación y la promoción de valores y el aseguramiento de mecanismos de investigación y sanción de la corrupción a través del establecimiento de modelos de integridad. Para tal efecto, en el Capítulo IV del Plan "Estrategia de Implementación" se proveen lineamientos para facilitar precisamente al interior de las entidades el desarrollo uniforme de dichos mecanismos de prevención siguiendo la experiencia y desarrollo teórico de la OCDE y del G20. Finalmente, queda señalar que se presenta al país el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021 sabiendo que dicho período, no es suficiente para implementar todos los esfuerzos que deben hacerse en el país para combatir la corrupción. Sin duda, el esfuerzo es mucho más amplio de lo que se plantea además de permanente. No obstante ello, es importante que el país tenga una guía de actuación debidamente pensada, articulada y programada de modo que las estrategias no respondan a una reacción improvisada sino sean fruto del análisis técnico y la viabilidad política requeridas para la priorización de acciones. De esta manera, se busca que el presente Plan sirva de piedra angular sobre la cual se erijan iniciativas en aras

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