Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 1999 (12/09/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 12 de setiembre de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 177763

Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendole al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras. Que, asimismo en los Articulos 10º, numeral 5) y 69º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades son competentes para regular el transporte colectivo, circulacion y MORDAZA en sus respectivas jurisdicciones territoriales. Que, el Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial, promulgado por Decreto Legislativo Nº 420 y vigente a partir del 1 de setiembre de 1987, en sus Articulos 2º, 6º y 8º establece que las Municipalidades Provinciales son competentes para regular el MORDAZA en sus respectivas jurisdicciones, de acuerdo a sus propias caracteristicas y necesidades, y para imponer restricciones sobre el area que constituye la via publica. Que, en Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 17 de junio de 1999 se aprobo la modificatoria de la Ordenanza Nº 006-97-CPH, declarando como MORDAZA Rigida la MORDAZA MORDAZA Vizquerra en toda su extension, y la interseccion comprendida entre la citada MORDAZA y la MORDAZA Aparicio. Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha notificado a las Empresas de Transportes Terrestre Interprovincial Turismo MORDAZA S.A., El Huaralino S.A.C., y Turismo Huaral S.A. con Oficios Nºs. 1335- 1336-1337-99MTC/115.18 de fecha 10 de junio de 1999, otorgandoles un plazo de quince (15) dias para que adecuaran los terminales ubicados en la MORDAZA de Huaral, basando su decision en que estos locales para sus operaciones de embarque y desembarque de pasajeros no reunen las condiciones minimas que permitan calificarlos como Terminal Terrestre de Pasajeros. Que, conforme lo establece el Articulo 36º numeral 3) es atribucion de los Concejos Municipales dictar, modificar y derogar las Ordenanzas y edictos municipales de su competencia, en concordancia con los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 47º numeral 2) de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades y con el MORDAZA mayoritario del Concejo Municipal se aprobo la siguiente: ORDENANZA DECLARAN ZONAS RIGIDAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE TERMINALES TERRESTRES DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS Y DE CARGA, MORDAZA, INTERURBANO E INTERPROVINCIAL EN EL DISTRITO CAPITAL DE HUARAL Articulo 1º.- DECLARAR MORDAZA RIGIDA, TODO EL PERIMETRO DE LA PLAZA DE MORDAZA, PLAZA CENTENARIO; TODA LA AVENIDA MARISCAL MORDAZA DENOMINADA "ALAMEDA DE LOS HEROES" Y "ALAMEDA SUR". Articulo 2º.- DECLARAR MORDAZA RIGIDA PARA LA INSTALACION DE TERMINALES TERRESTRES DE TRANSPORTE PUBLICO MORDAZA, INTERURBANO E INTERPROVINCIAL, las avenidas y calles siguientes: a) Avenida MORDAZA Vizquerra en toda su extension. b) Interseccion avenida MORDAZA Vizquerra con MORDAZA Aparicio. c) MORDAZA MORDAZA cuadras 1 y 2. d) MORDAZA Derecha en toda su extension. e) Interseccion MORDAZA Derecha con avenida 28 de Julio. f) MORDAZA Animas, cuadras 1, 2 y 3. g) Avenida Solar en toda su extension. h) Avenida Cahuas 1, 2, 3 y 4. i) MORDAZA Camal Viejo cuadras 1 y 2. j) Avenida 2 de MORDAZA cuadras 1, 2, 3 y 4. k) Avenida MORDAZA C. MORDAZA cuadras 1 y 2. l) MORDAZA MORDAZA Colan cuadras 1, 2, 3 y 4. ll) MORDAZA Los MORDAZA cuadras 2, 3 y 4.

m) Interseccion MORDAZA Los MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Bermudez. n) Avenida MORDAZA MORDAZA cuadras 3, 4 y 5. n) Avenida 28 de MORDAZA cuadra 3. o) Avenida MORDAZA MORDAZA cuadras 5, 6, 7 y 8. p) Avenida Huando cuadra 1. q) Avenida Circunvalacion cuadra 2. r) Avenida MORDAZA Doig Lossio cuadra 1. s) MORDAZA MORDAZA Grau cuadra 1. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Las Empresas de Transporte MORDAZA, Interurbano e Interprovincial que cuenten con terminales terrestres ubicados en las zonas declaradas como rigidas deberan proceder a su reubicacion en el termino de treinta (30) dias, improrrogables, plazo que vence indefectiblemente el 7 de octubre del ano en curso. Tercera.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto en la Tercera Disposicion Transitoria, autoricese al MORDAZA a que mediante Decreto de Alcaldia aplique las sanciones correspondientes y dicte las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial de Huaral 11586

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCAPOMACOCHA
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 004-99-MDM Marcapomacocha, 19 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE MARCAPOMACOCHA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Marcapomacocha en sesion extraordinaria del dia 10 de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos para el ano de 1999, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza y tendra vigencia en toda la jurisdiccion del distrito. POR TANTO: En conformidad al Articulo 47º inciso 12) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853. Promulgo la presente ordenanza a los diecinueve dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. Mando que se registre, publique y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.