Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 1999 (12/09/1999)


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MORDAZA I.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 12 de setiembre de 1999

OBJETIVO Establecer las pautas a seguir en el despacho de las mercancias que ingresan al territorio nacional con destino al exterior sujetas al Regimen Aduanero de MORDAZA al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento. ALCANCE Esta dirigido al personal de ADUANAS, Despachadores de Aduana, Almacenes Aduaneros Autorizados, Empresas Transportistas y Duenos o Consignatarios que intervienen en el Regimen Aduanero de Transito.

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III. RESPONSABILIDAD La aplicacion, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente Manual es de responsabilidad de las Intendencias de Aduana de la Republica , la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera y la Intendencia Nacional de Sistemas respectivamente. IV. VIGENCIA A partir del 20 de Setiembre de 1999. V. BASE LEGAL Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo Nº 809 del 19.04.96 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 121 - 96 - EF del 24.12.96 Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas aprobada por el Decreto Supremo Nº 122 -96-EF del 24.12.96 Normas referidas al ingreso de bienes a los CETICOS - Ley Nº 26831 del 17.07.97 Ley de Delitos Aduaneros y su Reglamento aprobados por Ley Nº 26461 del 08.06.95 y Decreto Supremo Nº 121-95-EF del 15.08.95 Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99EF. Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Ley Nº 26020 del 28.12.92 y Resolucion de Superintendencia Nº 00021 del 10.04.97 modificada por Resolucion de Superintendencia Nº 00857 del 30.07.99. Ley de Simplificacion Administrativa y su Reglamento aprobados por Ley Nº 25035 del 11.06.89 y Decreto Supremo Nº 070-PCM del 02.09.89. Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94JUS de 31.01.94.

MORDAZA Internacional) y el M.C.I (Manifiesto de Carga Internacional). El MORDAZA Aduanero Internacional al MORDAZA del Acuerdo de Alcance parcial sobre Transporte Internacional Terrestre de los Paises del MORDAZA Sur se solicitara presentando el MIC/DTA (Manifiesto de Carga/Declaracion de MORDAZA Aduanero). El Transporte de la mercancia en MORDAZA Aduanero Internacional solicitado al MORDAZA de los Acuerdos Multilaterales MORDAZA mencionados, solo podra llevarse a cabo por Empresas de Transporte autorizadas a efectuar Transporte de Carga Internacional de mercancias por carretera y que cuenten con vehiculos habilitados, los cuales son concedidos por el Sector Transportes teniendo en cuenta los requisitos y condiciones establecidos en estos Acuerdos, y que se encuentran registradas ante ADUANAS.

MORDAZA Aduanero de Mercancias con Destino al Exterior 4. Pueden destinarse al Regimen Aduanero de MORDAZA las mercancias que ingresan al territorio nacional con destino al exterior, siempre que esten declaradas como tales en el Manifiesto de Carga; como tambien las mercancias que ingresan al territorio nacional con destino a un CETICOS para su posterior reexpedicion o exportacion luego de haber sido transformadas. Las mercancias que ingresen al Territorio Nacional en MORDAZA con destino al exterior se encuentran sujetas a las medidas sanitarias establecidas en los dispositivos legales vigentes. El Regimen Aduanero de MORDAZA de mercancias con destino al exterior, es solicitado por el Transportista o por el Despachador de Aduana que para este efecto se denomina DECLARANTE, presentando la DUI- MORDAZA, dentro de los treinta (30) dias siguientes al termino de la descarga.

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VI. NORMAS GENERALES MORDAZA Aduanero Internacional 1. En el MORDAZA Aduanero Internacional, las mercancias sujetas a control aduanero, son transportadas en una misma operacion de transporte internacional, en el curso del cual se cruzan una o varias fronteras, conforme a un Acuerdo Bilateral o Multilateral 2. El MORDAZA Aduanero Internacional que se rige por los Acuerdos Multilaterales suscritos por el Peru, se autorizara teniendo en cuenta el procedimiento previsto en las Decisiones Nros. 327, 358 y 399 del Acuerdo de Cartagena, asi como por lo establecido en el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre de los paises de MORDAZA Sur incorporado a nuestra legislacion nacional mediante el D.S. Nº 028-91TC del 21.SET.91. El MORDAZA Aduanero Internacional al MORDAZA del Acuerdo de Cartagena se solicitara presentando el D.T.A.I (Declaracion de MORDAZA Adua-

El MORDAZA de las mercancias se autoriza por un plazo de quince (15) dias habiles el cual se otorga automaticamente, computados a partir de la fecha de numeracion de la Declaracion, dicho plazo podra prorrogarse por quince (15) dias habiles a solicitud del Declarante, en casos debidamente justificados y siempre que se presente la Solicitud de Prorroga ( ver Anexo 1) dentro del plazo inicialmente otorgado. 8. El MORDAZA por via terrestre se autoriza previa MORDAZA de una Carta Fianza por los derechos arancelarios e impuestos a la importacion, la que sera constituida conforme a las condiciones senaladas en el Art. 26º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por el D.S. Nº 121- 96- EF. La garantia senalada en el parrafo anterior queda liberada con la verificacion y conformidad de la salida de la mercancia al exterior del Territorio Nacional dentro del plazo autorizado, en caso contrario se procedera a su ejecucion para el cobro de los derechos arancelarios e impuestos suspendidos. 9. No sera exigible la MORDAZA de garantia en el caso de mercancias transportadas en contenedores debidamente sellados y precintados en el MORDAZA de origen, los mismos que estan exceptuados de reconocimiento fisico 10. Cuando los bultos y / o contenedores se encuentran en mala condicion exterior, acusen notoria diferencia de peso o MORDAZA indicios de violacion del precintos de seguridad se efectuara el reconocimiento fisico de las mercancias y se exigira la MORDAZA de Carta fianza por el monto de los derechos y demas impuestos a la importacion, para estos efectos el Declarante debera presentar MORDAZA de la factura comercial a fin de determinar el monto de la garantia.

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