Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 1999 (12/09/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, MORDAZA 12 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 177699

11. El Transporte de mercancias en MORDAZA por via terrestre, se debe llevar a cabo en vehiculos de Empresas de transporte de carga nacional debidamente autorizados por el Sector Transportes, situacion que se acredita con la MORDAZA de Empadronamiento emitida por el citado Sector. Excepcionalmente, en casos debidamente justificados y dentro del plazo autorizado, puede reemplazarse el vehiculo autorizado por otras unidades de transporte autorizadas bajo control aduanero, presentando previamente a la Intendencia de Aduana de la jurisdiccion donde se encuentre la mercancia, la Solicitud de Cambio de Vehiculo Transportador( ver Anexo 2 ) dejando MORDAZA de este hecho al reverso de la Declaracion, lo cual se hace de conocimiento a las Intendencia de la Aduana de Destino. 12. La MORDAZA a que se refiere el numeral anterior se presenta a la Intendencia de Aduana conjuntamente con la Solicitud de Asignacion de Codigo (ver Anexo 3 ) en original y una MORDAZA, la Intendencia de Aduana registra en el SIGAD la informacion contenida en la documentacion presentada y asigna un Codigo de Identificacion, la que sera consignada por el Declarante en la MORDAZA 4.5 de la DUITransito. 13. El codigo asignando es valido en las Intendencias de Aduana de la Republica que tienen acceso a efecto de mantenerlo actualizado, ingresando las prorrogas de las constancias de empadronamiento o la ampliacion de flota de vehiculos, acreditada con la MORDAZA respectiva. 14. La exigencia de que la mercancia en MORDAZA se transporte en vehiculos autorizados por el Sector Competente, no es aplicable cuando la mercancia objeto de MORDAZA MORDAZA vehiculos que se transportan por sus propios medios, en cuyo caso la Intendencia de Aduana autoriza el Regimen Aduanero de MORDAZA, previa verificacion del cumplimiento de los demas requisitos establecidos en la Ley General de Aduanas y su Reglamento. 15. El Sistema Integrado de la Gestion Aduanera (SIGAD) a traves de los Modulos de MORDAZA, Fianzas y Liquidaciones de Cobranza, permite al personal responsable de las distintas areas de ADUANAS accesar a la informacion bajo la modalidad de ingreso, consulta o modificacion. La actualizacion de los datos en el SIGAD y la calidad de los mismos es de responsabilidad del personal encargado de ellos. 16. El area de Sistemas de las Intendencias de Aduana a solicitud del Area encargada del Regimen de MORDAZA emite los reportes con los datos de la conformidad de la salida de las mercancias y es responsable de coordinar con las areas correspondientes la solucion de problemas que se susciten durante el ingreso de datos al SIGAD y convalidacion. 17. La Intendencia Nacional de Sistemas tendra a su cargo la actualizacion, integracion y oportuna consolidacion de la informacion a nivel nacional. 18. ADUANAS efectua las verificaciones a que hubiera lugar en resguardo del interes fiscal de la informacion y del cumplimiento de la regularizacion efectiva de regimen aduanero de transito. VII. DESCRIPCION A. TRAMITACION DEL REGIMEN Transmision de la Informacion de la DUI 1. Los Despachadores de Aduana y los Transportistas que cuenten con medios de transmision electronica destinara la mercancia al Regimen Aduanero de MORDAZA, mediante transmision por via electronica de la informacion contenida en la

DUI- MORDAZA, utilizando su clave electronica, la misma que reemplaza a la firma manuscrita, indicando en el recuadro "Regimen" de la Declaracion el codigo: 80. Los Transportistas que no cuenten con los medios de transmision electronica, presentan en las ventanillas del Area encargada del Regimen, la DUI-Transito y la documentacion correspondiente. MORDAZA y Recepcion de la DUI 2. El Declarante presenta la DUI - MORDAZA ante el Area encargada del Regimen de MORDAZA de la Aduana de Partida adjuntando copias autenticadas, legibles y sin enmiendas de los siguientes documentos:

a) b) c) d)

Documento de transporte Manifiesto de carga Factura comercial, en caso se requiera MORDAZA simple de la Solicitud del Transportista para Asignacion de codigo debidamente aceptada. e) Carta Fianza en original y tres copias. f) MORDAZA de usuario de CETICOS, de ser el caso. g) Comprobante del Pago de Servicio Aduanero h) Otros que se requieran, conforme a disposiciones legales vigentes sobre la materia. 3. Los Transportistas que destinen la mercancia al Regimen de MORDAZA, estan obligados a presentar los documentos MORDAZA mencionados en original y una MORDAZA simple El personal encargado recibe las Declaraciones y los documentos sustentatorios, y registra en el SIGAD dicha documentacion, para elaborar la Guia Entrega de Documentos (G.E.D.) en original y MORDAZA, que contiene adicionalmente de ser el caso, el numero de la DUI -Transito generada en la transmision. De no ser conforme se notificara al Declarante en la G.E.D para que adjunte la documentacion requerida. Tratandose de Declaraciones presentadas por Transportistas que no cuenten con los medios electronicos el personal encargado ingresara en el SIGAD la informacion contenida en la Declaracion asi como la documentacion presentada, a efectos de que el SIGAD proceda su validacion. De ser conforme el SIGAD genera el respectivo numero de la DUI ­Transito, el cual es impreso con la refrendadora en la G.E.D. y la Declaracion respectiva, Caso contrario se devuelve los documentos al interesado indicando en la G.E.D. el motivo del rechazo, ingresando dicha informacion al SIGAD . Efectuada la recepcion de la documentacion, el personal encargado remite la DUI ­Transito numerada y la documentacion sustentadora al Especialista en Aduanas designado para que proceda al revision documentaria o al reconocimiento fisico de corresponder.

4.

5.

6.

Revision Documentaria de la DUI 7. EL Especialista en Aduanas a cargo de la revision documentaria, verifica que la informacion contenida en la documentacion corresponda con lo registrado en el SIGAD y/o en la Declaracion. Asimismo verifica que las mercancias declaradas cumplan con los requisitos y plazos senalados en el rubro "Normas Generales" y que el monto de los derechos e impuestos a la importacion este cubierto por la Carta Fianza en los casos que corresponda, De ser conforme la revision documentaria el Especialista en Aduanas procedera a firmar y sellar la DUI-Transito, con lo cual se MORDAZA por autorizado el MORDAZA, indicando en el casillero 10 "Autorizante" de la Declaracion el levante de la mercancia , indicandose el plazo para la ejecucion del MORDAZA teniendo en cuenta lo senalado en el rubro "Normas Generales" del presente Procedimiento, ingresando estos datos al SIGAD

8.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.