Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2003 (16/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de octubre de 2003

CVNC de las unidades utilizando Gas Natural de Camisea: De acuerdo a la informacion contenida en el Oficio GG2003099 de ETEVENSA se senala que los Costos Variables No combustibles de sus unidades serian los mostrados en el Cuadro Nº D.3. El COES-SINAC sustenta estos valores con los archivos COSTOS-SIEMENSREV05.xls y CVNC TG3yTG4-ETV.xls, entregados como parte de la ABSOLUCION. Cuadro Nº D.3 Unidad TG3 Ciclo Simple TG4 Ciclo Simple TG3 Ciclo Combinado CVNC (US$/MWh) 5,64 5,64 3,93

Al respecto, se debe mencionar que si bien el COES-SINAC ha entregado dos archivos MSExcel como sustento de su propuesta, no ha sido presentada documentacion que sustente los valores propuestos del CVNC para las unidades de ETEVENSA; asi por ejemplo, en el archivo COSTOS-SIEMENSREV05.xls se observan valores de costos de repuestos para las unidades SIEMENS V84.3A, sin embargo, no se presenta la informacion (tales como ordenes de compra, facturas, etc) que sustente dichos valores. De igual manera, el archivo CVNC TG3yTG4-ETV.xls si bien contiene un procedimiento de calculo del CVNC, este no se sustenta con informacion del fabricante en lo relativo a las recomendaciones para el mantenimiento de las unidades. Por lo tanto, el pretendido sustento carece de la informacion minima necesaria para su validacion, lo que imposibilita su aceptacion. Asimismo, como es sabido, el CVNC depende del MORDAZA de combustible empleado, siendo la regla practica que a mejor calidad de combustible menores costos de mantenimiento, debido al menor deterioro de las partes calientes del equipo; en este sentido, siendo el gas natural el combustible ideal para la turbina a gas, es logico que los costos de mantenimiento operando con gas natural resulten inferiores a aquellos que se obtendrian cuando se utilice el petroleo diesel como combustible. Asi, por lo general los costos obtenidos cuando se emplea petroleo Diesel Nº 2 como combustible se hallan entre un 33% a un 50% mas elevados que cuando se emplea el gas natural como combustible. Esto se menciona, debido a que como se puede observar de la propuesta del COESSINAC, el CVNC operando con Diesel Nº 2 es de 4,00 US$/MWh, mientras que operando con gas natural es de 5,64 US$/MWh; lo que se contrapone claramente con lo expresado anteriormente. De hecho, tomando en cuenta el valor del CVNC para diesel (4 US$/MWh), y considerando la inversa de 1,33 (asumiendo una diferencia de costos del 33%) se obtendria un valor resultante de 3 US$/MWh como CVNC utilizando gas natural como combustible; valor que es cercano al de otras centrales a gas que operan en el SEIN. Complementariamente, se debe observar tambien, que el valor propuesto por el COES-SINAC difiere notablemente de los valores tipicos de CVNC de turbinas a gas que operan con gas natural; asi por ejemplo, en nuestro sistema la unidad TG4 de la C.T. Malacas y las unidades de la C.T. Aguaytia poseen CVNC de 3,13 US$/MWh y 3,03 US$/MWh, respectivamente. De hecho se debe recordar que en la propuesta inicial del COES-SINAC se considero que las unidades de ciclo simple tendrian un CVNC de 3,35 US$/MWh, mientras las de ciclo combinado un CVNC de 2,50 US$/MWh; valores que se hallan en el orden de magnitud tipicos y consistentes con los costos de otras unidades del SEIN. Por lo tanto, y en vista que no se ha sustentado adecuadamente el CVNC propuesto para las unidades de la C.T. Ventanilla operando con gas natural (no hay informacion de costos ni recomendaciones de mantenimiento), se considera conveniente durante la presente fijacion tarifaria mantener los CVNC que propusiera originalmente el COES-SINAC en su ESTUDIO para las unidades a gas natural de Camisea (Cuadro Nº D.4). Cuadro Nº D.4 Unidad TG3 Ciclo Simple TG4 Ciclo Simple TG3 Ciclo Combinado CVNC (US$/MWh) 3,35 3,35 2,50

D.3 Central Hidroelectrica Yuncan
El COES-SINAC propone considerar la puesta en operacion comercial de la C.H. Yuncan de manera parcial en octubre de 2005, y a plena capacidad en febrero de 2006. Para ello manifiesta que el MORDAZA de concesion de dicha central se hallaria en suspenso, y que ProInversion hasta la fecha no habria hecho publico un cronograma para este proceso. Asimismo, senala que en su propuesta se respeta el cronograma que le fuera alcanzado por EGECEN en obra. Finalmente, adjunta MORDAZA de la carta GG-560-2003 de EGECEN, de fecha 11 de MORDAZA de 2003, que senala no habria tomado en cuenta por cuanto habria llegado a destiempo para el ESTUDIO. Al respecto, se debe mencionar que, como es de conocimiento publico las obras de la C.H. Yuncan se reiniciaron el 24 de junio del 2003 luego de que el Gobierno Regional, los Alcaldes de Pasco y Proinversion lograran acuerdos satisfactorios que se plasmaron en un acta a fines del mes de junio del presente, lo que significa que se habria superado el principal obstaculo a la privatizacion, por lo que el cronograma de privatizacion se ha reajustado esperandose que el MORDAZA culmine durante este ano.19 De hecho, segun consta en el Oficio Nº 495/2003/

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Esta informacion ha sido oficialmente confirmada en una Conferencia de Prensa conjunta de la Direccion Ejecutiva de Proinversion y las autoridades regionales de Cerro de Pasco, y ratificada posteriormente en sendos Comunicados de Prensa del Ministerio de Energia y Minas.

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