Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2003 (16/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 16 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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sarrollo Social, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 18805

Encargan funciones del Director Ejecutivo del FONCODES al Gerente General
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 623-2003-MIMDES MORDAZA, 14 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, se aprobo la estructura organica basica del Ministerio, teniendo como uno de sus Organismos Publicos Descentralizados al Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; Que, resulta necesario encargar el referido cargo, por un periodo de treinta (30) dias habiles, a fin de garantizar la continuidad de las funciones en tanto se designe al Titular; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, la Ley Nº 27793, y el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar, al senor MORDAZA DUMLER CUYA, Gerente General del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, las funciones del puesto de Director Ejecutivo del FONCODES, por un periodo de treinta (30) dias habiles. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 18898

Declaran nulidad de adjudicaciones directas publicas para contratacion de servicio de transporte y adquisicion de alimentos en el ambito de la Gerencia Local de MORDAZA del PRONAA
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA ALIMENTARIA RESOLUCION JEFATURAL Nº 480-2003-PRONAA/J MORDAZA, 7 de octubre de 2003 VISTOS: El Informe Nº 180-2003-GL-HUARAZ/PRONAA de fecha 23 de setiembre de 2003 y el Informe 309-2003O.JURIDICA/PRONAA de fecha 2 de octubre de 2003, emitidos por la Gerencia Local de MORDAZA y la Oficina Juridica, respectivamente, asi como, la Resolucion Jefatural Nº 424-2003-PRONAA/J de fecha 28 de agosto de 2003; y,

Primero: Que, mediante el Articulo MORDAZA de la Resolucion Jefatural Nº 424-2003-PRONAA/J de fecha 28 de agosto de 2003 se dispone aprobar, entre otros, el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para la Adquisicion de 31.851,90 kilos de papilla destinada al Programa de Complementacion Alimentaria para Grupos en Mayor RiesgoPACFO- en la Gerencia Local de MORDAZA, por un valor referencial de hasta S/. 229.333,68, cuya convocatoria ha de realizar el Comite Especial Permanente de la Gerencia Local de MORDAZA encargado de conducir los Procesos de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, para la Adquisicion y Contratacion de Bienes, Servicios y Obras; e, incluir dicha adquisicion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PRONAA correspondiente al ano 2003, la misma que segun lo indicado en las Bases Administrativas que regulan la Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2003-PRONAA GL.HUARAZ equivale a 35,391 raciones diarias, que permitiran la atencion del PACFO en el mes de octubre (10 dias) dentro del ambito del citado Organo Desconcentrado y se sujetara a las Especificaciones Tecnicas contenidas en el Anexo Nº 04 de dicho Documento Administrativo, cancelandose con cargo a la Unidad Ejecutora Nº 02; Segundo: Que, a traves del Oficio Nº A-1970-2003(GT/ MON) de fecha 10 de setiembre de 2003, la Subgerencia de Monitoreo del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE comunica al Comite Especial de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0022003-G.L.HUARAZ-PRONAA, entre otros, que al revisar el aviso de convocatoria se ha podido apreciar que, no se ha considerado que las Bases Administrativas se venden desde el dia siguiente de la convocatoria y hasta un (1) dia habil despues de haber quedado integradas, conforme establece el articulo 47º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; que se ha consignado el 13 de setiembre de 2003 para la absolucion de consultas, dia que no es computable para efecto del procedimiento por ser inhabil, debiendo considerarse que segun el articulo 18º del mismo Reglamento, para el computo de los plazos en los Procesos de Seleccion, desde la convocatoria hasta la suscripcion del contrato, se tendran en cuenta los dias habiles en la Republica y/o en la localidad en la que se realiza dicho acto, considerandose como inhabiles los dias sabado, MORDAZA y feriados no laborables, de duelo nacional no laborables y otros declarados por el Poder Ejecutivo; que no se ha tenido en cuenta que el plazo de formulacion de observaciones se debe fijar en forma simultanea con el de MORDAZA de consultas, acorde a los articulos 87º y 88º del citado Reglamento; y, que debe considerarse que entre la fecha de la convocatoria y la de MORDAZA de propuestas deben mediar diez (10) dias habiles, segun los articulos 18º y 83º del mismo Cuerpo Legal; Tercero: Que, adicionalmente se ha podido advertir que en el literal h) del Calendario del MORDAZA, contenido en el numeral 6. de las Bases Administrativas de la Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2003-PRONAA GL.HUARAZ, la Evaluacion de Plantas ha de realizarse durante los dias 20 y 22 de setiembre de 2003, habiendose incluido el dia 20 que es inhabil, lo cual tambien contraviene lo previsto por el articulo 18º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Cuarto: Que, de acuerdo a lo indicado por el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con lo establecido por el articulo 26º de su Reglamento, se declarara nulos los actos administrativos expedidos por las Entidades, cuando contravengan las normas legales o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el MORDAZA, la misma que debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion; Quinto: Que, conforme se infiere de los fundamentos mencionados en los parrafos precedentes, el Comite Especial Permanente de la Gerencia Local de MORDAZA, encargado de conducir el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2003-PRONAA GL.HUARAZ para la adquisicion de 31.8519 TM. de papilla, ha contravenido diversos articulos del Reglamento de la Ley de Contrataciones y

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