Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2003 (16/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de octubre de 2003

rias con un minimo de S/. 100.00 (Cien nuevos soles); en cuyo caso se le otorgara un (01) ticket para el Sorteo. Los contribuyentes acreditaran haber cumplido con los requisitos establecidos en los items que anteceden presentando sus recibos de Pago. Articulo Tercero.- ESTABLECER como fecha para el Sorteo el dia 31.octubre.2003, a horas 5 p.m., en el frontis del Palacio Municipal (Plaza Mayor del Distrito). Articulo Cuarto.- AUTORIZAR a la Oficina de Administracion, a traves de sus Unidades Organicas, a recepcionar con caracter de donacion y/o comprar los bienes que constituyan los premios a sortear, debiendose dar cuenta al Concejo de los egresos economicos que se generen en este aspecto. Articulo Quinto.- La Oficina de Rentas, en coordinacion con la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones, se encargara de implementar la entrega de tickets para el Sorteo. Articulo Sexto.- FACULTAR al senor MORDAZA para que, mediante Resolucion de Alcaldia, designe la Comision que llevara a cabo el Sorteo que debera hacerse con presencia de un Notario Publico de la MORDAZA y un representante del Ministerio del Interior. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 18870

cipalidad, creado a traves de la Ordenanza Nº 191 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, nuestro Gobierno Local busca el bienestar de la poblacion y su desarrollo, teniendo como politica principal la participacion ciudadana destinada a garantizar su convivencia de manera pacifica, trabajando para erradicar la violencia a traves de los mecanismos que otorga la Ley; Que, el MORDAZA Encuentro Distrital por la Seguridad Integral de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, realizado el 13.JULIO.2003, acordo, entre otros puntos, incorporar un Secretario de Seguridad Ciudadana en las Juntas Directivas de las Organizaciones Vecinales de la jurisdiccion, que actuara basicamente como coordinador con la Mesa Zonal de Seguridad Ciudadana al que corresponda; De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 8) y 40º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; Ley Nº 27933 - del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; con el Dictamen favorable de la Comision de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Concejo Municipal; con el MORDAZA Unanime de los Senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA INCORPORACION DEL SECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LAS JUNTAS DIRECTIVAS DE LAS ORGANIZACIONES VECINALES DEL DISTRITO Articulo Primero.- ESTABLECER que, en la conformacion de las Juntas Directivas de las Organizaciones Vecinales de los asentamientos humanos y/o agrupaciones de vivienda que soliciten inscribirse en el Registro Unico de Organizacionres Sociales (R.U.O.S.) de la Entidad, creado segun Ordenanza Nº 191-MML, se debe incorporar el cargo de Secretaria de Seguridad Ciudadana. Articulo Segundo.- Las funciones principales que tendra el Secretario de Seguridad Ciudadana de las Organizaciones Vecinales de los asentamientos humanos y/o agrupaciones de vivienda seran las siguientes: a) Integrar y participar en la Mesa de Concertacion por la Seguridad Integral a nivel de su MORDAZA, a fin de unir esfuerzos para reducir los indices de violencia. b) Coordinar permanentemente con las instituciones como Policia Nacional, Serenazgo y otras afines en temas de Seguridad. c) Conocer e identificar los casos de inseguridad en su comunidad y ponerlas en conocimiento de las autoridades competentes. d) Organizar Comites de Seguridad Vecinal en su comunidad (calles, avenidas, manzanas). e) Coordinar con las instituciones competentes para brindar capacitacion a los vecinos en materia de seguridad vecinal. f) Orientar y difundir en su comunidad las actividades y/o aciones en temas de Seguridad. g) Organizar y realizar rondas vecinales, simulacros y otras similares que le encargue la Organizacion Vecinal a la que pertenece y que tengan relacion con la funcion que ejerce. Articulo Tercero.- El plazo de vigencia del cargo de Secretario de Seguridad Ciudadana sera similar a los demas cargos senalando en el Estatuto de la propia Organizacion Vecinal. Articulo Cuarto.- Los asentamientos humanos y/o agrupamientos de vivienda estaran representados en las Mesas Zonales de Seguridad Ciudadana a traves de sus Secretarios de Seguridad. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- OTORGUESE un plazo de sesenta (60) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de publicada la presente Ordenanza, para que las Organizaciones Vecinales de los asentamientos humanos y/o agrupaciones de viviendas, inscritos en el R.U.O.S. de la Institucion, puedan designar un Secretario de Seguridad Ciudadana en su Junta Directiva y adecuarse a los alcances de la presente Norma. Segunda.- Las solicitudes que presentaran las Organizaciones Vecinales a que hace referencia la disposicion que antecede, estaran exentas de todo pago por derecho administrativo establecido en el T.U.P.A. vigente de la Entidad. Esta exoneracion durara el tiempo senalado en la disposicion transitoria que antecede.

Regulan incorporacion de Secretario de Seguridad Ciudadana en las Juntas Directivas de las organizaciones vecinales del distrito
ORDENANZA Nº 115 MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 30 de setiembre del 2003 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de setiembre del 2003, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. Eudaldo Viches MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Izarra MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Vara MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Escajadillo; se trato sobre incorporacion de cargo en Juntas Directivas de Organizaciones Vecinales; y, CONSIDERANDO: Que, constitucionalmente las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y de acuerdo a la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, representan a vecindario y promueven la adecuada prestacion de servicios locales, asi como el desarrollo integral y economico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, la Ley Nº 27933 crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, cuyo articulo 4º precisa que uno de sus componentes es el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana, el mismo que se constituyo en nuestra localidad a traves de la Ordenanza Nº 106 de fecha 12.JULIO.2003; Que, asimismo el articulo 16º de la mencionada Ley precisa que al Comite Distrital se puede integrar miembros segun la realidad particular de cada distrito; aplicable a nuestro medio donde existen numerosos asentamientos humanos y/o agrupaciones de viviendas, distribuidos en 07 zonas geograficamente definidas, cuyas Organizaciones Vecinales vienen trabajando activamente en el desarrollo y consolidacion de la Mesa de Seguridad Integral del Distrito, las mismas que se encuentran inscritas en el Registro de Organizaciones Sociales (RUOS) de esta Muni-

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