Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2003 (16/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de octubre de 2003

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado el Directorio en sus sesiones del 4 y 11 de setiembre de 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del director, senor MORDAZA MORDAZA Nunez, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 17 al 20 de octubre del presente ano, a fin de atender las invitaciones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Viaticos US$ 680,00 Tarifa unica de uso de aeropuerto US$ 28,24 ---------------TOTAL US$ 708,24 (El costo de pasajes y 1 dia de hotel en MORDAZA son asumidos por la Comision Europea). Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente 18924

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables por ilicitos penales cometidos en agravio de la Municipalidad Distrital de Cachicadan, provincia de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 343-2003-CG MORDAZA, 10 de octubre de 2003 VISTO, el Informe Especial Nº 265-2003-CG/ORCH, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Cachicadan, provincia de MORDAZA de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, periodo enero 2000 diciembre 2001; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Control del ano 2003 de la Oficina Regional de Control Chiclayo, la Contraloria General de la Republica, dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Distrital de Cachicadan, provincia de MORDAZA de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, periodo enero 2000 - diciembre 2001, habiendose MORDAZA el alcance a 1999, a fin de establecer el grado de veracidad de las presuntas irregularidades denunciadas ante este Organo Superior de Control, asi como determinar selectivamente si los recursos municipales fueron utilizados conforme a lo establecido en la normativa vigente, incidiendo en los procesos de abastecimiento, tesoreria y obras publicas; Que, como consecuencia de la mencionada accion de control, la Comision Auditora ha acreditado la ejecucion de la obra "Remodelacion de calles" en el ano 1999, sin tomar en cuenta el expediente tecnico autorizado por un profesional competente y sin la supervision de los trabajos que garanticen la calidad de los mismos, deviniendo en la existencia de un dano economico a la entidad de S/. 75 987,00, el cual debe de resarcirse con arreglo a lo dispuesto por el Articulo 1321º del Codigo Civil; Que igualmente se ha determinado gastos no presupuestados durante el periodo 1999 - 2002, con motivo de atenciones oficiales asi como por las celebraciones por el dia del distrito de Cachicadan; generando un perjuicio economico a la entidad de S/. 39 648,40; importe que debe resarcirse de acuerdo a lo establecido por el Articulo 1321º del Codigo Civil; Que asi mismo se ha determinado que la entidad efectuo desembolsos durante el periodo diciembre 1999 - octubre 2001, por un total de S/. 14 997,85, los cuales no cuentan con la documentacion sustentatoria; monto que debe resarcirse con arreglo a lo dispuesto por el articulo 1321º del Codigo civil; Que, por otra parte se ha establecido que durante el periodo enero 1999 - octubre 2002, la municipalidad distrital efectuo pagos indebidos por un importe de S/. 5 250.00, por concepto de dietas a favor del ex MORDAZA y ex Regidores por sesiones no realizadas y otras no asistidas, ocasionando un perjuicio economico por dicha suma, el cual debe resarcirse de acuerdo a lo establecido por el Articulo 1321º del Codigo Civil; Que, en atencion a los hechos expuestos y habiendose acreditado, como consecuencia de la accion de control practicada, la existencia de dano economico en perjuicio de la entidad, en los que se encuentran involucrados autoridades, funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Cachicadan, que desempenan o han desempenado funcion publica en la misma; corresponde a la Contraloria General de la Republica proceder conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 22º, inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en

Autorizan viaje de funcionaria a MORDAZA para participar en el curso "Sistema Bancario e Indicadores Macroprudenciales"
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 050-2003 MORDAZA, 14 de octubre 2003 CONSIDERANDO: Que, es politica del Banco Central de Reserva del Peru mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la finalidad y funciones del Banco Central; Que, para el cumplimiento de sus funciones la Gerencia de Credito y Regulacion Financiera tiene entre sus objetivos el adecuado manejo de los diferentes instrumentos monetarios y crediticios; Que, el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) conjuntamente con el Banco Central de MORDAZA, invita a este Banco Central para asistir al curso "Sistema Bancario e Indicadores Macroprudenciales", que se llevara a cabo en MORDAZA, Paraguay; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado el Directorio en su sesion de fecha 2 de octubre de 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje por estudios de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salviati, Profesional Especializado del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero, de la Gerencia de Credito y Regulacion Financiera, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 19 al 25 de octubre, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasajes: US$ 683,19 Viaticos: US$ 1 400,00 Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28,24 ------------------Total US$ 2 111,43 Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente 18925

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