Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2006 (12/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2006

Administrativos del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar los chequeos tecnicos en el equipo Antonov 26, en la MORDAZA de Rostov del Don, Rusia, a su personal aeronautico propuesto, durante los dias 12 al 17 de MORDAZA de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 4795, 4796 y 11122, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0653-2006-MTC/12.04-SDO designando al inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cafferata, para realizar los chequeos tecnicos en el equipo Antonov 26, al personal aeronautico propuesto por la empresa Aero MORDAZA S.A.C., en la MORDAZA de Rostov del Don, Rusia, durante los dias 12 al 17 de MORDAZA de 2006; Que, constituyendo una accion que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos por la Direccion General de Aeronautica Civil para el presente ano, el viaje al exterior del Inspector mencionado, resulta indispensable para el cumplimiento de las facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles, a fin de garantizar la seguridad de las operaciones aereas en concordancia con las normas tecnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, modificado por el articulo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21 de enero de 2006; Que, el articulo 16º del Decreto de Urgencia Nº 0022006, establece que "mediante Resolucion del Titular del Sector debera aprobarse y publicarse el Plan Anual de Viajes del Sector, MORDAZA del 15 de febrero de 2006, el cual pormenorizara la relacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos considerando que el gasto presupuestado, con cargo a los recursos publicos, debera ser reducido en un veinte por ciento (20%) con relacion al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad"; Que, con Resolucion Ministerial Nº 133-2006-MTC/01, de fecha 15 de febrero de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de febrero de 2006, se aprobo el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Transportes y Comunicaciones para el Ano Fiscal 2006, en el cual se encuentra incluido el viaje de inspeccion solicitado; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0653-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28652, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolucion Ministerial Nº 133-2006-MTC/01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cafferata, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Rostov del Don, Rusia, durante los dias 12 al 17 de MORDAZA de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Aero MORDAZA S.A.C. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 4795, 4796 y 11122, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ US$ 1,560.00 30.25

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06557

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen que magistrados de organos jurisdiccionales designen personal para realizar inventario de las medidas restrictivas de MORDAZA y de libre MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 131-2006-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, siete de MORDAZA del 2006 VISTA : La Resolucion Administrativa N°29-2006-CE-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de marzo del ano en curso, y; CONSIDERANDO : Que, por resolucion de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobo el MORDAZA Reglamento del Registro Nacional de Requisitorias, dejando sin efecto articulos de la Resolucion Administrativa N° 134-CME-PJ y la Resolucion Administrativa N° 065-99-GG-PJ en su totalidad. Que, el Registro Nacional de Requisitorias esta conformada a su vez por Registros Distritales, los mismos que se encargan, de conformidad con el Art. 14° del indicado Reglamento, de registrar la informacion relacionada a las medidas restrictivas de la MORDAZA y de libre MORDAZA descritas en forma detallada en la MORDAZA acotada, provenientes de los organos jurisdiccionales de cada Corte Superior de Justicia de la Republica asi como las Declaraciones Judiciales de Homonimia dictadas por los organos jurisdiccionales en materia penal; informacion que, bajo responsabilidad de los Juzgados y MORDAZA deben remitir al Registro Distrital para dichos efectos, incluyendo las renovaciones, suspensiones y levantamientos que se dicten en el transcurso del MORDAZA o en la ejecucion de la sentencia respectiva, tal como lo dispone el Art. 17° del Reglamento. Que, en la MORDAZA Disposicion Complementaria de la MORDAZA en mencion, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que los organos jurisdiccionales a nivel nacional, dentro de un plazo de sesenta (60) dias de su entrada en vigencia, realicen un inventario de las ordenes de captura, mandatos de detencion e impedimentos de salida del MORDAZA, que se encuentren vigentes, a fin de reiterar las mismas y remitirlas a sus respectivos Registros Distritales de Requisitorias. Que, estando a lo expuesto, la Presidencia de la Corte Superior considera necesario, adoptar las medidas correspondientes para dar cumplimiento al inventario

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