Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2006 (12/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2006 PPB1 Donde: PEBP0 PEBF0 PPB0 PEBP1 PEBF1 PPB1 = PPB0 / FPMP

NORMAS LEGALES
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:Precio en MORDAZA de la Energia en Horas de Punta, definido. :Precio en MORDAZA de la Energia en Horas Fuera de Punta, definido. :Precio en MORDAZA de la Potencia de Punta, definido. :Precio en MORDAZA de la Energia en Horas de Punta, por determinar. :Precio en MORDAZA de la Energia en Horas Fuera de Punta, por determinar. :Precio en MORDAZA de la Potencia de Punta, por determinar.

2º, no incluyen impuestos o tributos que MORDAZA de cargo de los clientes. Los precios calculados por aplicacion de las formulas contenidas en el presente articulo deberan ser redondeados a dos decimales MORDAZA de su utilizacion. Articulo 2º.- Fijese las Formulas de Actualizacion de las Tarifas en MORDAZA y de las tarifas de transmision a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, segun lo siguiente: 1 FORMULAS DE ACTUALIZACION TARIFARIA De acuerdo a lo dispuesto en los Articulos 46º y 52º de la Ley de Concesiones Electricas 14 , las tarifas obtenidas segun los procedimientos definidos en el Articulo 1º de la presente Resolucion, seran actualizadas utilizando las siguientes Formulas de Actualizacion. 1.1 ACTUALIZACION DEL PRECIO DE POTENCIA DE PUNTA A NIVEL GENERACION (PPM) PPM1 = PPM0 * FAPPM FAPPM = a * FTC * FTAPBP + b * FPM FTC = TC / TCo FTAPBP= (1,0 + TA_PBP) / (1,0 + TA_PBPo) FPM = IPM / IPMo Cuadro Nº 3 Sistema MORDAZA a 0,7843 b 0,2157 (1) (2) (3) (4) (5)

1.2 TARIFAS EN MORDAZA EN SUBESTACIONES DIFERENTES A LAS SENALADAS EN EL NUMERAL 1.1. Los Precios en MORDAZA en subestaciones diferentes a las senaladas en el numeral 1.1, se determinaran segun el procedimiento siguiente: A) Tarifas en MORDAZA de la Energia Los Precios en MORDAZA de la Energia (en Horas de Punta y Fuera de Punta) seran el resultado de multiplicar los Precios en MORDAZA de la energia en una Subestacion de Referencia por el respectivo Factor de Perdidas Marginales de Energia (FPME), agregando a este producto el Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transmision en Energia (CBPSE). Se define: PEBP1 = PEBP0 * FPME + CBPSE PEBF1 = PEBF0 * FPME + CBPSE Donde: PEBP0 PEBF0 PEBP1 PEBF1 :Precio en MORDAZA de la Energia en de Punta, definido. :Precio en MORDAZA de la Energia en Fuera de Punta, definido. :Precio en MORDAZA de la Energia en de Punta, por determinar. :Precio en MORDAZA de la Energia en Fuera de Punta, por determinar. Horas Horas Horas Horas (7) (8)

Para la actualizacion de los precios de potencia en los Sistemas Aislados se utilizara el valor resultante del factor FAPEM correspondiente que se senala en el numeral 1.2 siguiente (FAPPM=FAPEM). Donde: = Precio de la Potencia de Punta, publicada en la presente Resolucion, en S/./kWmes. PPM1 = Precio de la Potencia de Punta, actualizado, en S/./kW-mes. FAPPM = Factor de Actualizacion del Precio de la Potencia de Punta FTC = Factor por variacion del MORDAZA de Cambio. FTAPBP = Factor por variacion de la Tasa Arancelaria para la importacion del equipo electromecanico de generacion. FPM = Factor por variacion de los Precios al Por Mayor. TC = MORDAZA de Cambio. Valor de referencia para el Dolar de los Estados Unidos de MORDAZA, determinado la Superintendencia de Banca y Seguros del Peru, correspondiente a la "COTIZACION DE OFERTA Y DEMANDA - MORDAZA DE CAMBIO PROMEDIO PONDERADO" o el que lo reemplace. Se tomara en cuenta el valor venta al ultimo dia habil del mes anterior, publicado en el Diario Oficial El Peruano. TCo = MORDAZA de Cambio inicial igual a S/. 3,358 por US Dolar. TA_PBP = Tasa Arancelar ia vigente para la importacion de turbinas a gas de potencia superior a 5000 kW correspondiente a la partida arancelaria 8411.82.00.00. TA_PBPo = Tasa Arancelaria inicial igual a 4% PPM0

El cargo por transmision CBPSE es aplicable en la formacion de los Precios en MORDAZA entre generador y distribuidor y se encuentra definido en la Resolucion OSINERG Nº 065-2005-OS/CD y sus modificatorias. B) Tarifas en MORDAZA de Potencia de Punta Los Precios en MORDAZA de la Potencia de Punta seran el resultado de multiplicar los Precios en MORDAZA de la Potencia de Punta en la Subestacion de Referencia por el respectivo Factor de Perdidas Marginales de Potencia (FPMP). Se define: PPB1 Donde: PPB0 PPB1 :Precio en MORDAZA de la Potencia de Punta, definido. :Precio en MORDAZA de la Potencia de Punta, por determinar. = PPB0 * FPMP (9)

En todos los casos las empresas deberan verificar que los costos por transmision no excedan los limites denominados costos de conexion directa, de acuerdo con las Condiciones de Aplicacion fijadas en el numeral 4, Articulo Primero, de la Resolucion Nº 015-95 P/CTE y sus modificatorias. 2 GRAVAMENES E IMPUESTOS Las tarifas de la presente resolucion, o sus reajustes, de acuerdo con las Formulas de Actualizacion del Articulo

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Articulo 46º.- Las Tarifas en MORDAZA y sus respectivas formulas de reajuste, seran fijadas anualmente por OSINERG y entraran en vigencia en el mes de MORDAZA de cada ano.
Las tarifas solo podran aplicarse previa publicacion de la resolucion correspondiente en el Diario Oficial «El Peruano» y de una sumilla de la misma en un diario de mayor circulacion. La informacion sustentatoria sera incluida en la pagina web de OSINERG.

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