Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2006 (12/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2006

Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrase, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06382

RESOLUCION JEFATURAL Nº 218-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2006 VISTOS:

identidad de ciudadanos inscritos validamente en el Registro, perjudicando de esta forma la seguridad juridica registral, constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428° y 438° del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra; MORDAZA MORDAZA SECLEN y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:

El Oficio Nº 000168-2006/SGDAR/GP/RENIEC, y el Informe Nº 323-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 28 de marzo de 2006; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; Que, siendo la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, el organo de linea encargado de las labores de depuracion y actualizacion de datos, se ha podido detectar que diversos ciudadanos, que forman parte del Informe del Visto, han recurrido al Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, declarando datos falsos, los mismos que han sido detectados y corresponde tomar acciones legales con relacion a ellos, en aplicacion de la Ley Nº 14207 y su Reglamento; Que, de acuerdo a la informacion recabada por la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, organo de linea encargado de la depuracion y actualizacion de datos del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA SECLEN (actualmente identificado con DNI Nº 41176174) obtuvo indebidamente su inscripcion a nombre de MORDAZA MORDAZA SECLEN, en la partida Nº 16466679, llegando a esta conclusion en base al Informe de Homologacion Monodactilar Nº 2252005-GP-SGDAC-AP que determina que las impresiones dactilares analizadas corresponden a dos personas biologicas diferentes, MORDAZA registradas con el nombre de MORDAZA MORDAZA SECLEN, habiendose cancelado la inscripcion Nº 16466679 por usurpacion de identidad. Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuya fotografia y huella digital obran en la Partida de Inscripcion Nº 31137322, obtuvo indebidamente su inscripcion en el registro presentando para tal efecto la partida de bautismo de su hermana tambien llamada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pero nacida el 23 de diciembre de 1945, conforme MORDAZA misma lo refiere en su declaracion jurada de fojas cinco que refiere que presento los documentos pertenecientes a su hermana MORDAZA MORDAZA MORDAZA (con DNI Nº 09009799), hecho que se encuentra igualmente corroborado con el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 369-2005-GP/BG/RENIEC por el que se determina que las impresiones dactilares analizadas corresponden a dos personas biologicas diferentes, MORDAZA registradas con el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Que, mediante los Informes periciales practicados a dichas inscripciones y declaraciones juradas se concluye que existe suplantacion de la verdadera identidad de los ciudadanos citados precedentemente; Que, si bien la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, mediante Resolucion Nº 322-2005-GP/ SGDAC-RENIEC ha procedido a la exclusion de las inscripciones Nºs. 16466679 y 31137322, y como consecuencia los Documentos Nacionales de Identidad emitidos se encuentran cancelados, esto en resguardo de la identidad de las personas afectadas, que los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por los ciudadanos, MORDAZA MORDAZA SECLEN y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber declarado datos falsos en instrumento publico, con el objeto de suplantar la

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA SECLEN y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06381

Dejan sin efecto delegacion de funciones para la autenticacion de firmas de Registradores del Estado Civil al personal de Jefaturas Regionales de MORDAZA, Iquitos, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancayo y MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 232-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1178-2006/GO/RENIEC, emitido por la Gerencia de Operaciones; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme a lo dispuesto por la Resolucion Jefatural Nº 001-99-JEF/RENIEC del 4 de enero de 1999, las certificaciones de Actas de Nacimiento, Matrimonio o Defuncion que expide el RENIEC, a traves de las Oficinas del Registro del Estado Civil, requieren para su uso en el exterior de la MORDAZA de verificacion de la firma del funcionario que las expidio; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 917-2005-JEF/RENIEC de 7 de setiembre de 2005, se delego la labor de autenticacion de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior a diversos funcionarios y servidores de diferentes Jefaturas Regionales; Que, mediante su Oficio del visto, la Gerencia de Operaciones propuso concentrar la labor de autenticacion de firmas de Registradores Civiles para uso en el exterior en la Agencia de MORDAZA, debido a que la escasa demanda del servicio no ameritaria mantener la delegacion en las diversas Jefaturas Regionales, asi como a la necesidad de reforzar las medidas de seguridad que garanticen la adecuada prestacion de este servicio; Que, con tal finalidad, se hace necesario concentrar en una sola Agencia el desarrollo de la citada actividad, efecto

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