Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2006 (12/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2006

Infraestructura y de Servicios Publicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, segun el cual el Organismo Regulador velara que se cumplan los terminos y condiciones propuestos en la oferta del adjudicatario del respectivo concurso o licitacion; se expidieron las Resoluciones OSINERG N° 335-2004OS/CD y 336-2004-OS/CD, mediante las cuales se aprobaron las normas "Procedimiento de Liquidacion Anual de los Ingresos por el servicio de Transmision Electrica con modalidad de Contrato BOOT" y "Procedimiento de Liquidacion Anual de los Ingresos por el servicio de Transmision Electrica del Contrato de Concesion Sistemas de Transmision Electrica ETECENETESUR", respectivamente. Como resultado de la aplicacion de los procedimientos referidos en el parrafo anterior, resulta necesario modificar para el periodo MORDAZA 2006 ­ MORDAZA 2007, las tarifas de los Sistemas Secundarios de Transmision de las empresas Red Electrica del Sur, Interconexion Electrica ISA Peru S.A, previstas en las Resoluciones OSINERG N° 063-2005-OS/ CD, N° 064-2005-OS/CD y N° 065-2005-OS/CD, de modo tal de asegurar que dichas empresas recuperen su inversion en el plazo determinado en cada uno de sus contratos y se cumpla la legislacion vigente, objetivos que se cumplen con la Resolucion materia de la presente exposicion de motivos. 06564

SUNARP
Cancelan licitacion publica internacional convocada para contratar suministro de equipos y software a fin de repotenciar servidores del Centro de Gestion Sede Central
RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 038-2006-SUNARP/GG
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2006 Vistos el Informe Legal Nº 053-2006-SUNARP/GL, el Oficio Nº 043-2006-SUNARP/GI, Informe Nº 008-2006SUNARP/GAF y la Opinion Nº 021-2006/GTN suscrita por la Gerencia Tecnica Normativa de CONSUCODE; y; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 074-2004-SUNARP/GG de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprobo la realizacion del MORDAZA de Licitacion Publica Internacional Nº 0012004-SUNARP, para el suministro de Equipos y Software para la repotenciacion de los Servidores del Centro de Gestion Sede Central, con un valor referencial de S/. 3'200,000.00 (Tres millones doscientos mil y 00/100 nuevos soles); Que, el referido MORDAZA, en su primera convocatoria, fue declarado desierto, debido a que quedo una unica oferta valida, luego de desestimarse la propuesta de otro postor por no cumplir con los requisitos minimos exigidos en las Bases del proceso; Que, mediante Resolucion Nº 249-2005-SUNARP/SN, se declara de oficio la nulidad del MORDAZA de Licitacion Publica Internacional Nº 001-2004-SUNARP, en MORDAZA convocatoria, retrotrayendo el MORDAZA hasta la etapa anterior a la convocatoria; Que, mediante Oficio Nº 043-2006-SUNARP/GI, la Gerencia de Informatica, sustenta que el requerimiento de bienes y servicios solicitados en las Bases de la referida Licitacion, han variado a la fecha; Que, en dicho Oficio, la citada Gerencia de Informatica consigna el MORDAZA requerimiento, de bienes y servicios que corresponderia adquirir considerando la necesidad institucional actual y las posibilidades del mercado; Que, el Informe Nº 053-2006-SUNARP/GL, la Gerencia Legal considera que en atencion a las variaciones cuantitativas y cualitativas con respecto al requerimiento inicial que motivo la Licitacion Publica Internacional Nº 001-2004-SUNARP, segun lo expuesto

en la Gerencia de Informatica, estariamos ante una causal de cancelacion del MORDAZA, vinculada a la desaparicion de la necesidad de adquirir los bienes con las caracteristicas que se han previsto en la citada Licitacion Publica Internacional; Que, la opinion de la Gerencia Legal, coincide con la Opinion Nº 021-2006/GTN emitida por la Gerencia Tecnica Normativa del CONSUCODE, en el sentido que "la Entidad podria cancelar el MORDAZA de seleccion si las condiciones de la tecnologia variaran considerablemente durante el MORDAZA, produciendo que los bienes quedaran desfasados o garantizaran solo un plazo reducido de operatividad, o, incluso, no garantizaran su adecuacion, integracion o repotenciacion con los avances de la ciencia y la tecnologia, no adecuandose a las necesidades de la Entidad, desapareciendo la necesidad original de adquirir los bienes, no obstante que dicha necesidad seria reemplazada por otra con distintas caracteristicas". De conformidad a lo previsto en el articulo 34º del Texto U n i c o O r d e n a d o d e la L e y d e C o n tr a ta c io n e s y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; MORDAZA aplicable al presente MORDAZA por haberse iniciado este durante su vigencia, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposicion Transitoria del actual Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, en consecuencia, habiendo desaparecido la necesidad de adquirir los bienes objeto de la Licitacion Publica Internacional Nº 001-2004-SUNARP, corresponde la cancelacion del MORDAZA de seleccion; Con las visaciones de los Gerentes de Informatica, Gerencia Legal y Gerencia de Administracion y Finanzas; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 0122001-PCM y 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar la Licitacion Publica Internacional Nº 001-2004-SUNARP, para el suministro de Equipos y Software para la Repotenciacion de los Servidores del Centro de Gestion Sede Central, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Comite Especial encargado de la organizacion y ejecucion de la referida Licitacion, para que proceda conforme a sus atribuciones. Articulo 3º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el que se hubiera publicado la convocatoria, dentro de los cinco dias de expedida la misma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ANTONIOLI Gerente General Superintendencia Nacional de los Registros Publicos 06572

Aceptan renuncia de Jefe de la MORDAZA Registral Nº VI - Sede Pucallpa
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 110-2006-SUNARP/SN
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 079-2006-SUNARP/SN del 16 de marzo de 2006, se dispuso el traslado de la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la MORDAZA Registral Nº III ­ Sede Moyobamba a la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº VI ­ Sede Pucallpa; Que, por escrito presentado el 21 de marzo de 2006, la mencionada funcionaria presento su renuncia irrevocable al cargo de Jefe de la MORDAZA Registral; Que, el Directorio de la SUNARP, en su Sesion Nº 209

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