Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2006 (11/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 100

Pag. 314546

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 11 de marzo de 2006

En el caso de procesos electorales nacionales, regionales y/o municipales, el personero legal del partido politico, agrupacion independiente o Alianza electoral, acreditado, asume la responsabilidad conjuntamente con quien fue detectado cometiendo la infraccion. En el caso de Propaganda electoral, colocada o dibujada en MORDAZA de predios privados, la responsabilidad es del personero legal acreditado, conjuntamente con el propietario del mismo, a menos que se hubiera comunicado a la Municipalidad de San Mar tin de Porres, el permiso concedido y que se encuentre registrado en la Gerencia de Desarrollo Urbano. El propio Candidato solidariamente con los responsables anteriormente senalados. Articulo Octavo.- La Propaganda Electoral en el distrito de San MORDAZA de Porres solo podra colocarse una vez que el MORDAZA Nacional de elecciones o el MORDAZA Electoral Especial efectue la inscripcion definitiva de la formula o lista de candidatos y disponga su publicacion o esta MORDAZA quedado apta segun corresponda. Articulo Noveno.- Las Organizaciones Politicas, Listas Independientes y Alianzas, tendran un plazo MORDAZA de 60 dias desde la culminacion de los comicios electorales para retirar su propaganda electoral. Vencido dicho plazo, la propaganda podra ser declara en abandono mediante Resolucion Municipal, disponiendose de la misma. Salvo el caso de propaganda electoral concerniente a candidatos en MORDAZA vuelta electoral, la misma que culminada la votacion seguira el procedimiento establecido. Articulo Decimo.- Incorporar al Cuadro de Sanciones y escalas de Multas administrativas, las siguientes infracciones.
PROPAGANDA ELECTORAL
CODIGO INFRACCION MULTA 1 UIT 1 UIT SANCION Retiro inmediato por Autoridad Municipal Retiro inmediato por Autoridad Municipal Retiro inmediato por Autoridad Municipal Retiro inmediato por Autoridad Municipal

vias restringidas o se encuentren consideradas dentro del Articulo MORDAZA de la presente MORDAZA Legal, los responsables deberan adecuarse a las nuevas disposiciones, en un plazo de 48 horas o proceder al retiro de la propaganda infractora; caso contrario se procedera a la imposicion de las sanciones pertinentes. MORDAZA Disposicion Final.- Concluido el plazo para la inscripcion de postulaciones electorales quienes adquieran tal condicion, se obligan en el plazo de treinta (30) dias a retirar todo MORDAZA de publicidad que se hubiere instalado en condicion de Pre-candidatura. En caso de incumplimiento la Autoridad Municipal procedera a su retiro y a las sanciones pertinentes. POR TANTO: Mando se registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA 04581

Aprueban Formato Unico de Solicitud de Acceso a la informacion publica - Ley Nº 27806
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2006-AL-MDSMP San MORDAZA de Porres, 27 de febrero del 2006. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 153-MDSMP, de fecha 30/01/06, publicada el 3 de febrero en el Diario Oficial El Peruano, se aprueba entre otros puntos, la modificacion de los procedimientos administrativos referentes a la Expedicion de Copias simples o Certificadas a cargo de la Secretaria General; Que, asimismo, se establece como uno de los requisitos para la expedicion de copias en virtud a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, la MORDAZA del Formato Unico; Que, la aprobacion del Formato Unico, es un documento que facilita la absolucion de la consulta, pues es en MORDAZA, donde se especifica el MORDAZA de documentacion requerida, lo cual permite a los usuarios poder identificar con mayor facilidad la documentacion que requieren; Estando a lo expuesto y conforme a lo dispuesto por el Art. 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Formato Unico de Solicitud de Acceso a la Informacion Publica Ley Nº 27806, el mismo que es de distribucion gratuita para todos aquellos usuarios que requieran infomacion en virtud a la Ley referida. Formato que en Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:

101-GDU Por colocacion de propaganda politica en zonas o vias prohibidas o restringidas. 102-GDU Por no respetar distancias y decibeles establecidos, para la emision de propaganda sonora. 103-GDU Por colocacion de propaganda electoral en contravencion del Articulo Quinto. 104-GDU Por no cumplir con el retiro de propaganda electoral dentro de los 60 dias posteriores al acto electoral.

1 UIT 1 UIT

Articulo Decimo Primero.- No sera aplicable la multa si en el termino de 24 horas de notificado el infractor de alguna de las disposiciones de la presente Ordenanza, procede a recomponer la Infraccion en la que hubiese incurrido. Articulo Decimo Segundo.- La Gerencia Municipal a traves de sus Organos rectores MORDAZA cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Decimo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Decimo Cuarto.- Incorporar al Cuadro de Sanciones y escala de Multas de la Municipalidad de San Mar tin de Porres las infracciones y sanciones establecidas en la presente ordenanza. Articulo Decimo Quinto.- FACULTESE al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias. DISPOSICIONES FINALES

Mando se registre, publique y cumplase. Primera Disposicion Final.- Para el caso de la Propaganda Electoral que a la fecha de publicacion de la presente Ordenanza, se encuentren en zonas o MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.