Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2006 (11/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 11 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nºs. 047 y 048-2006-J/ONPE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 21 de febrero del presente ano, se dio por concluida la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del senor MORDAZA Ayre MORDAZA como jefes de la ODPE de MORDAZA y de la ODPE MORDAZA, respectivamente, designandose a los accesitarios respectivos en cada circunscripcion; Que, la Resolucion Jefatural Nº 047-2006-J/ONPE, tiene como fundamento el Oficio Nº 477-2006-OROP/ JNE emitido por el MORDAZA Nacional de Elecciones, por el cual se informa a la ONPE que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA figura como afiliada a la organizacion politica Partido Politico Adelante, Dpto.: MORDAZA, Provincia: MORDAZA, Distrito: Huanuco; Que, la Resolucion Jefatural Nº 048-2006-J/ONPE, tiene como fundamento el Oficio Nº 475-2006-OROP/ JNE emitido por el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, en el cual se informa que el senor MORDAZA Ayre MORDAZA se encuentra afiliado al Comite Provincial de MORDAZA del Partido Socialista; Que, el literal c) del articulo 9º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la ONPE regula que los ciudadanos que pertenecen o hayan pertenecido en los ultimos cuatro (4) anos a una organizacion politica, o que desempenen cargos directivos con caracter nacional en las organizaciones politicas, o que los han desempenado en los cuatro (4) anos anteriores a su postulacion, o que hayan sido candidatos a cargos de eleccion popular en los ultimos cuatro (4) anos se encuentran impedidos de ser elegidos como Jefe de la ONPE, impedimento que resulta extensivo a los Jefes de la ODPE, conforme al articulo 21º de la ley precitada; Que, de acuerdo a lo expuesto, la afiliacion a una organizacion politica atenta contra la imparcialidad y neutralidad con la que deben manejarse funcionarios electorales de la categoria de un Jefe de ODPE, por lo que, se decidio dar por concluida la designacion de los senores MORDAZA citados como Jefes de ODPE; Que, de conformidad con los articulos 109º y 208º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Jefatural Nº 047-2006-J/ONPE y el senor MORDAZA Ayre MORDAZA interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Nº 048-2006-J/ONPE; Que, a fin de mejor resolver, la ONPE solicito informacion al Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, organo que, cambiando radicalmente de opinion, emite el Oficio Nº 621-2006OROP/JNE, remitido a la ONPE el 2 de marzo del presente ano, en el cual informa que "al haber referido la organizacion politica ADELANTE que incluyo a la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como su afiliada por error, deberia entenderse que esta persona nunca pertenecio a dicha organizacion politica, la cual, por otro lado, no se encuentra inscrita"; Que, igualmente, el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones cambiando totalmente de opinion emite el Oficio Nº 697-2006-OROP/ JNE, remitido a la ONPE el 8 de marzo del presente ano, en el cual informa que "al haber referido la organizacion politica: PARTIDO SOCIALISTA que incluyo al ciudadano MORDAZA Ayre MORDAZA como su afiliado por error y que por anadidura no mantiene relacion con este, deberia entenderse que esta persona nunca pertenecio a dicha organizacion politica"; Que, tal como se precisa, el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, respecto a sus primeras afirmaciones, ha cambiado radicalmente el sentido de su informacion, por lo que, independientemente de la responsabilidad que se ha generado, corresponde realizar las rectificaciones del caso con la finalidad de garantizar un MORDAZA de seleccion de personal transparente y justo; De conformidad con los literales c) y g) del articulo 5º y el articulo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, asi como, el literal d) y aa) del articulo 9º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 311-2005-J/ONPE; y, con el visado de la Gerencia de Asesoria Juridica;

Articulo Primero.- Dejar sin efecto a partir de la fecha, la Resolucion Jefatural Nº 047-2006-J/ONPE que da por concluida la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefa de la ODPE MORDAZA y que designa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe de la ODPE mencionada. En consecuencia, disponer la REINCORPORACION como Jefa de la ODPE MORDAZA de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Durand. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto a partir de la fecha la Resolucion Jefatural Nº 048-2006-J/ONPE que da por concluida la designacion del senor MORDAZA Ayre MORDAZA como Jefe de la ODPE MORDAZA y que designa al senor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA como Jefe de la ODPE mencionada. En consecuencia, disponer la REINCORPORACION como Jefe de la ODPE MORDAZA del senor MORDAZA Ayre Yangali. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y de todos los senores interesados mencionados anteriormente el contenido de la presente resolucion para los fines consiguientes. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento de la Procuraduria Publica de la ONPE, la presente resolucion y antecedentes, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales 04554

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a Oficinas de Registro de Estado Civil de Luya Viejo, Tintay y MORDAZA MORDAZA la apertura de Registros de Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 129-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 7 de marzo de 2006 VISTO: el Informe Nº 000331-2006/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 25 de enero del 2006 y el Informe Nº 000099-2006-GAJ/RENIEC de fecha 30 de enero del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazonas. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral;

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