Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2006 (11/03/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 314460

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 11 de marzo de 2006

Constitucional de la Republica y comitiva, del 11 al 12 de marzo de 2006:
MORDAZA MORDAZA Comandante Comandante Comandante Capitan Tecnico 3ra. Tecnico 3ra. E.C. E.C. E.C. E.C. E.C. E.C. FAP FAP FAP FAP FAP FAP FAP FAP FAP FAP FAP FAP FAP FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Roder Marinson MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARRASCUE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Teddy MORDAZA RASMUSSEN Cinthya MORDAZA MORDAZA MORDAZA Liz SAMAME MORDAZA MORDAZA MORDAZA TEQUEN MORDAZA GIUSTI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Cinthy Rosmery Piloto Piloto Piloto Piloto Seguridad Seguridad Mecanico Mecanico Hostess Hostess Hostess Hostess Hostess Hostess

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006
DECRETO SUPREMO Nº 030-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, mediante la Ley Nº 28382 se amplia hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) el monto de la Linea de Credito Extraordinaria Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nacion al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96; Que, el numeral 3.3 del articulo 3º de la Ley senalada en el considerando anterior, establece que las incorporaciones presupuestales de recursos de la citada linea de Credito seran aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y previa opinion de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; Que, la Decima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico Para el Ano Fiscal 2006, establece la prorroga de la vigencia de la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28562; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la poblacion como en la economia nacional, incorporando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de OCHOCIENTOS SIETE MIL CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 807 042,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, en cumplimiento de la Directiva Nº 004-2005EF/68.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 5102005-EF/10, que establece criterios y procedimientos para la incorporacion de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la Linea de Credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo a lo establecido en las Directivas Nº 002-2005-EF/68.01 y Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, ha sustentado la necesidad de ejecucion de intervenciones a cargo de un pliego presupuestario para afrontar eficaz y eficientemente las tareas que en estas circunstancias le competen; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la Linea de Credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI y la Decima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; DECRETA: Articulo 1º.- Autoriza Credito Suplementario Incorporase via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, recursos hasta por la suma de OCHOCIENTOS SIETE MIL CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 807 042,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)

TRIPULACION ALTERNA Mayor General FAP Tecnico Insp. FAP HUACO ONARI MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALLO MORDAZA Piloto Mecanico

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 200.00 x 2 dias x 14 Personas Articulo 3º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. A r ticulo 4º.- El cita do Per s onal deber a dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 04576 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 240-2006-DE/SG Mediante Oficio Nº 221-2006-SGMD-DDLL, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 240-2006-DE/SG, publicado en la edicion del dia 8 de marzo de 2006. DICE: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Variar la fecha de ingreso al territorio de la Republica del personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, autorizado mediante Resolucion Suprema Nº 074-2006-DE/SG de fecha 16 de febrero de 2006, ... DEBE DECIR: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Variar la fecha de ingreso al territorio de la Republica del personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, autorizado mediante Resolucion Suprema Nº 080-2006-DE/SG de fecha 20 de febrero de 2006, ... 04577

FUENTE DE FINANCIAMIENTO:11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO 4.00 4.1.0 FINANCIAMIENTO OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO 807 042,00 807 042,00

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.