Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2006 (11/03/2006)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, sabado 11 de marzo de 2006

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Nº 26497- Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 1183-2005-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, para la Reinscripcion de Libros Registrales de Nacimiento de los anos 1912 a 1960, Matrimonio de los anos 1944 a 1960, y Defuncion de los anos 1943 a 1960. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Luya Viejo, provincia de Luya, depar tamento de Amazonas, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion - Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase.

Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Tintay, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion en la Seccion de Nacimiento de los anos 1962 a 1964 y 1972, y Matrimonio de los anos 1962 a 1985. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Tintay, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libros de Actas de Nacimiento y Matrimonio, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3º.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, debera proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 04594 RESOLUCION JEFATURAL Nº 134-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 7 de marzo de 2006

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 04591 RESOLUCION JEFATURAL Nº 133-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 7 de marzo de 2006

VISTO: el Informe Nº 000273-2006/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 20 de enero del 2006 y el Informe Nº 000094-2006-GAJ/RENIEC de fecha 26 de enero del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, departamento de Ayacucho. CONSIDERANDO:

VISTO: el Informe Nº 004849-2005-GO-SGREC/ RENIEC de fecha 23 de diciembre del 2005 y el Informe Nº 000013-2006-GAJ/RENIEC de fecha 4 de enero del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Tintay, provincia de Aymaraes, departamento de Apurimac. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Tintay, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion;

Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de Libros de Nacimiento anteriores a 1926, los efectuados en los anos 1970 a 1973, Matrimonio anteriores a 1986,

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