Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2006 (11/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 11 de marzo de 2006

Las Representaciones Diplomaticas y Consulares y los Organismos de Derecho Publico Internacional se encuentran exonerados de obtener licencia de apertura de funcionamiento, sin embargo, deberan cumplir con respetar la zonificacion vigente, asi como informar a la municipalidad respecto a su ubicacion, area y actividad para los fines de control correspondiente. CAPITULO II DE LOS PROCEDIMIENTOS REQUISITOS PARA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO SIN INSPECCION PREVIA (PARA LOCALES MENORES DE 50 m2) Articulo 11º.- Aquellos locales comerciales cuya area sea menor o igual a 50 metros cuadrados y cuyo giro corresponda a bazar, libreria, oficinas administrativas, agencia de viaje, agencia de venta de pasajes, agencia de bolsa, agencia de cambio, empresas de investigacion y asesoramiento de inversiones, agentes corredores de seguro, servicios juridicos, servicios de contabilidad, servicios de computacion, servicios profesionales, agencias de publicidad; organizaciones politicas, civicas, sociales y demas locales de comercio al por menor de consumo directo, a excepcion de las oficinas administrativas y servicios profesionales ubicados en zonas RDMA, RDM; RDA y RDB podran obtener su licencia de apertura de establecimiento en forma automatica en la plataforma de atencion con la sola MORDAZA de los siguientes requisitos: 1. Solicitud-Declaracion Jurada para licencia de apertura sin inspeccion previa para locales menores de 50 m2. 2. Haber realizado el pago por derecho administrativo correspondiente, pudiendo realizarse el pago en linea a traves de Internet. 3. Haber realizado el pago del Banco de la Nacion por concepto de Inspeccion Tecnica de Seguridad de Defensa Civil. Tambien pueden solicitar este MORDAZA de licencia a traves de la pagina web, realizando el pago en linea, y remitiendo por esta misma via el recibo de pago por concepto del Tramite de Inspeccion Tecnica de Seguridad de Defensa Civil, validada la informacion proporcionada, el solicitante podra obtener una MORDAZA de tramite de manera automatica con la que podra iniciar actividades; el certificado de licencia sera entregado en la direccion del establecimiento senalado en la solicitud, sin costo adicional en el plazo MORDAZA de 24 horas de recibida la solicitud, en dicho acto, el conductor validara su firma en la declaracion jurada original a fin de poder recibir su certificado de licencia de apertura de establecimiento. No podran acogerse a este MORDAZA de licencia los locales cuyos giros se encuentren comprendidos en el Articulo 12º. De verificarse en la plataforma de atencion que el giro no es compatible con la zonificacion, la Gerencia de Tramites y Autorizaciones expedira de inmediato la Resolucion que declare Improcedente la solicitud. Solo se otorgara la licencia de apertura de establecimiento de forma automatica siempre y cuando el local cuente con numeracion catastral debidamente registrada y el giro corresponda a la zonificacion vigente, este MORDAZA de licencia esta sujeta a la fiscalizacion posterior, en caso, se verifique que los datos consignados en la declaracion jurada MORDAZA falsos o no concuerden con la realidad, la licencia sera revocada de manera automatica, sin perjuicio de las sanciones penales y/o civiles a las que hubiere lugar. El otorgamiento de la licencia de apertura de establecimiento no exime al conductor de la obtencion del Certificado de Defensa Civil para lo cual debera iniciar su tramite en la Secretaria Tecnica de Defensa Civil; en caso de no obtener el citado Certificado en el plazo de treinta (30) dias calendario, la Gerencia de Tramites y Autorizaciones comunicara a la Gerencia de Fiscalizacion y Control para el inicio de las acciones de sancion correspondientes, pudiendo ordenar la clausura por

situaciones de riesgo o peligro para la MORDAZA y/o la salud a traves de las medidas cautelares establecidas en el Articulo 146º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO CON INSPECCION PREVIA (SE INCLUYE CAMBIO DE GIRO, AMPLIACION DE GIRO, AMPLIACION DE AREA MAYOR DE 20 m2, LOCALES CON MAS DE UNA LICENCIA Y PARA TERCEROS DENTRO DE UN LOCAL PRINCIPAL) Articulo 12º.- Deben solicitar licencia de apertura de establecimiento con inspeccion previa los negocios que desarrollen los giros que impliquen trabajo con alimentos (restaurantes, cafeterias, comidas al paso, MORDAZA de soda), actividades referidas a la salud (consultorios medicos de cualquier MORDAZA, clinicas privadas, policlinicos privados, centros de apoyo a la salud, gimnasios, centros cosmiatras, farmacias, boticas, laboratorios), los bares, pubs, video pubs, discotecas, centros de reunion, locales de espectaculos, cabinas de Internet, centros de hospedaje de cualquier MORDAZA, actividades que impliquen el uso de maquinas como fabricas, talleres en general, lavanderias, mercados, supermercados, MORDAZA almacenes, locales de venta de MORDAZA, terminales de transporte, galerias, impresiones mayores, expendio de gasolina y/o gas o derivados de hidrocarburos y cualquier otro giro similar o cuya area supere los 50 m2. Asimismo, deberan acogerse a este MORDAZA de licencia todos aquellos locales que requieran Inspeccion Tecnica de Detalle, asi como, los locales que pretendan ampliar el giro, ampliar el area o cambiar de giro asi como aquellos terceros que pretendan funcionar dentro de un negocio principal o pretendan obtener mas de una licencia en un mismo establecimiento. Los requisitos para el tramite de licencia de apertura de establecimiento con inspeccion previa, son los siguientes: 1. Solicitud-Declaracion Jurada para licencia de apertura de establecimiento con inspeccion previa. 2. Haber realizado el pago por derecho de tramite. 3. RUC. 4. Contar con Documento Nacional de Identificacion (DNI) en el caso de tratarse de persona natural, y en el caso de tratarse de personas juridicas presentar la MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica y/o Ficha Registral de la Constitucion de la Empresa y de los Poderes vigentes. 5. Presentar el Plano de Arquitectura a escala 1/50 o 1/100 con la distribucion, ubicacion de mobiliario, equipamiento y uso real de cada ambiente. 6. Contar con el numero de estacionamientos o presentar el contrato de alquiler con la Playa de Estacionamiento autorizada de ser el caso, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 195. 7. Presentar MORDAZA de la Autorizacion de la Junta de Propietarios (la misma que debe estar debidamente constituida) o en su defecto, presentar la autorizacion del 50% +1 del total de los propietarios y en el caso de quintas la autorizacion de los dos tercios del numero total de los propietarios o inquilinos residentes. 8. Informe de Inspeccion Tecnica Basica o de ser el caso MORDAZA del Certificado de Seguridad de Defensa Civil MORDAZA Region o en su defecto el cargo de recepcion con el que acredite haber iniciado el tramite, adjuntando obligatoriamente MORDAZA del Acta de Inspeccion calificando el riesgo como no inminente, bajo. 9. Presentar el compromiso de niveles operacionales en caso de actividades que impliquen uso de maquinarias. 10. Contar con acondicionamiento acustico e informe de la medicion acustica favorable efectuada por la Gerencia de Fiscalizacion y Control (para el caso de discotecas, pubs, bares, penas, salones de baile, locales de espectaculo, karaokes, cafes concerts, teatros y similares). 11. Para el giro de Cabinas de Internet, el establecimiento debera contar con las cabinas destinadas al uso de menores de edad, cuyas maquinas

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