Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2006 (11/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 11 de marzo de 2006

Notariado por el Secretario del MORDAZA del Concurso, y luego de haberse cumplido con la distintas fases del mismo, el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, Distrito Notarial de Ayacucho; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 5º de la Ley Organica del Sector Justicia, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25993; inciso b) del articulo 21º y articulo 12º, Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado; y el articulo 29º del Reglamento de Concurso Publico de Meritos para el Ingreso a la Funcion Notarial, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 398-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrase al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notario del distrito de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, Distrito Notarial de MORDAZA, debiendo expedirse a tal efecto el Titulo correspondiente. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo del Notariado, a los Colegios de Notarios de MORDAZA, y al interesado para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 04508

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales por perjuicio economico ocasionado en la ejecucion de obra en centro educativo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 152-2006-MIMDES MORDAZA, 10 de marzo de 2006 Visto, el Memorando Nº 44-2005-MIMDES-DM de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el Memorando Nº 836-2005-MIMDES/SG de la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, del Informe Nº 017-2004-2-4382, denominado "Examen especial sobre obras paralizadas por deficiencias del expediente tecnico y/o modificaciones del proyecto", se determino entre otros la Observacion Nº 5 "Deficiencias en la modificacion y ejecucion del expediente tecnico, origino el colapso total de la obra: "Reemplazo Aulas C.E.I. # S/N Paccarectambo", ocasionando la perdida de la inversion por la suma de S/. 36,300.00"; Que, en relacion a la observacion Nº 5 del citado informe, se determino que en la ejecucion de la obra los agentes que intervinieron, incumplieron con lo senalado en las Guias de Orientacion del Inspector y del Supervisor, asi como en los terminos de referencia del contrato de locacion de servicios, realizandose una deficiente modificacion del expediente tecnico al no tomar en cuenta el estudio de suelos o extraccion de calicatas y no haber considerado en el presupuesto general del proyecto, la partida que corresponde al corte de explanaciones del terreno por el desnivel existente, originando asi el colapso de dicha obra, ocasionando la perdida de la inversion por la suma de S/. 36,300.00 nuevos soles; Que, los hechos expuestos se produjeron por falta de diligencia por parte de los agentes que participaron en la ejecucion de la referida obra, determinandose asi presunta responsabilidad civil conforme a lo previsto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, el literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que los informes resultantes de las acciones de control constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc del FONCODES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 281-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27793 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc del FONCODES, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas comprendidas en la Observacion Nº 5 "Deficiencias en la modificacion y ejecucion del expediente tecnico, origino el colapso total de la obra "Reemplazo Aulas C.E.I. # S/N Paccarectambo" ocasionando la perdida de la inversion por la suma de S/. 36,300.00", del Informe Nº 017-2004-2-4382 "Examen especial sobre obras paralizadas por

MIMDES
Designan Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chucuito - Juli
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-2006-MIMDES MORDAZA, 10 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 0042003-MIMDES, se aprobo la conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los cuales estan integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, se encuentra vacante el puesto de Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chucuito - Juli; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, en la Ley Nº 26918, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA como Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chucuito ­ Juli; Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 04588

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