Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2006 (11/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

MORDAZA, sabado 11 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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de 1908. Ese dia las organizaciones de mujeres socialistas llamaron a desarrollar enormes manifestaciones publicas para luchar por el derecho de la mujer al MORDAZA y por sus derechos politicos y economicos; Que, en 1909, en fecha similar, 2,000 personas asistieron a una demostracion para celebrar el Dia de la Mujer en Manhattan, Nueva York. En 1910, las feministas y las socialistas de todo el MORDAZA se unieron a la celebracion de este dia de movilizacion popular; Que, en la MORDAZA Conferencia de Mujeres Socialistas que tuvo lugar en Copenhague, Dinamarca, el 27 de agosto de 1910 establecio el 8 de marzo como Dia Internacional de la Mujer. A esta conferencia asistieron mas de 100 delegadas de 17 paises representando sindicatos, partidos socialistas y organizaciones de trabajadoras; Que, en MORDAZA Latina, MORDAZA y Mexico son los primeros en celebrar el Dia Internacional de la Mujer, en 1931 y 1935, respectivamente, y poco a poco, se van sumando otros paises a la conmemoracion, y cuando el movimiento feminista hace suya esta fecha, la celebracion adquiere otras caracteristicas, entre ellas, el tema de la sexualidad es puesto como parte de la agenda de ese dia; Que, en 1975, las Naciones Unidas oficializaron el 8 de marzo como el Dia Internacional de la Mujer, por este motivo el Concejo Municipal, saludan a la Mujer Peruana y del Mundo; De conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo

Municipal presidido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte, y con MORDAZA por mayoria de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, con la abstencion del senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo el siguiente: ACUERDO: Articulo Unico.- SALUDAR por el DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER a las Organizaciones del Vaso de Leche, los Comedores Populares, los Clubes de Madres, Frente Democratico de Mujeres de San MORDAZA de Porres, Asociacion Red de Promotoras de Salud del distrito de San MORDAZA de Porres, y todas las Organizaciones Sociales de Mujeres, y asi como a las Mujeres Trabajadoras de esta Municipalidad, y a todas las sacrificadas y abnegadas Mujeres del Peru y del Mundo. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA 04579

PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Proyecto de MORDAZA que modifica la R.M. Nº 534-2005-MTC/03, Directiva para la habilitacion del Registro de Personas Autorizadas para la realizacion de estudios teoricos y mediciones de radiaciones no ionizantes
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideracion del publico interesado el contenido del referido proyecto, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Secretaria de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Av. Zorritos Nº 1203-Lima 1, via fax al 3177784 o via correo electronico a csosa@mtc.gob.pe, dentro del plazo de diez (10) dias habiles, de acuerdo al formato siguiente. Formato para la MORDAZA de comentarios al Proyecto Articulo del Proyecto 1º 2º Comentarios Generales Comentarios

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC se establecen los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, instrumento de gestion ambiental prioritario para prevenir y controlar la contaminacion generada por actividades comprendidas en el subsector comunicaciones, sobre la base de una estrategia destinada a proteger la salud, mejorar la competitividad del MORDAZA y promover el desarrollo sostenible; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo, dispone que a efectos de completar lo dispuesto en la citada MORDAZA y garantizar su cumplimiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobara las normas tecnicas y directivas que MORDAZA necesarias, entre las que se contempla la Directiva para la habilitacion del registro de personas autorizadas para la realizacion de Estudios Teoricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes; Que, con fecha 13 de agosto de 2005, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion Ministerial Nº 534-2005-MTC/03 que aprueba la Directiva para la habilitacion del registro de personas autorizadas para la

realizacion de Estudios Teoricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como autoridad ambiental en su sector, esta obligado a vigilar e implementar las medidas necesarias para alcanzar los estandares de calidad ambiental previstos en el Decreto Supremo Nº 010-2005-PCM. En atencion a ello, es que se busca que aquellas personas que realicen los estudios y mediciones cuenten con solvencia tecnica y economica, por lo cual se preve la MORDAZA de una carta fianza; Que, la citada Resolucion Ministerial establece como uno de los requisitos para la realizacion de Estudios Teoricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes la MORDAZA de cartas fianzas de diez (10) y quince (15) UIT, respectivamente; Que, es un MORDAZA del Derecho Administrativo la razonabilidad de las decisiones de la autoridad administrativa cuando creen obligaciones, califiquen infracciones, impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados; Que, en tal sentido, las exigencias que se adopten deben ser razonables y proporcionales con la actividad a realizar pues de lo contrario nos encontrariamos ante posibles barreras de acceso que perjudican no solo a los interesados en inscribirse en el registro pertinente sino tambien a los posibles clientes quienes verian su MORDAZA reducido y el posterior perjuicio a los usuarios finales;

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