Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2001 (15/11/2001)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de noviembre de 2001

Que, la Direccion de Desarrollo MORDAZA viene recibiendo quejas vecinales por construcciones y ocupacion de areas publicas en la Urbanizacion La Capullana que datan de anos atras y que por sus naturaleza de bienes inalienables, imprescriptibles e inembargables originan en cumplimiento de la normatividad vigente la imposicion de sanciones de demolicion; Que, por Ordenanza Nº 296-MML se regula el regimen de constitucion y administracion de bienes publicos en la provincia de MORDAZA, lo que hace viable la desafectacion de areas publicas; Que, con sustento en la MORDAZA MORDAZA citada, es necesario efectuar una adecuacion urbanistica que posibilite elevar la calidad de MORDAZA de los residentes de la MORDAZA, revirtiendo el deterioro del medio ambiente y reactivando economicamente el adecuado uso del suelo, en mejora del mobiliario MORDAZA, incrementando a su vez el valor de los inmuebles; para lo cual deben llevarse a cabo los procesos de identificacion y dimensionamiento de la intervencion municipal, concluyendo en la determinacion y consiguiente aprobacion del proyecto de rehabilitacion de la Urbanizacion La Capullana; De conformidad con lo establecido en los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, luego del debate se aprobo por Unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el siguiente: ACUERDO 1. Autorizar se lleve a cabo la rehabilitacion de la Urbanizacion La Capullana, para lo cual la Direccion de Desarrollo MORDAZA debera elaborar el proyecto pertinente. 2. Suspender por el plazo de seis (6) meses la imposicion y ejecucion de las sanciones de demolicion ordenadas contra inmuebles ubicados en la Urbanizacion La Capullana del distrito de MORDAZA de MORDAZA, plazo que empezara a regir a partir del dia siguiente a la publicacion del presente Acuerdo. 3. Encargar el cumplimiento de la presente MORDAZA a las Direcciones de Desarrollo MORDAZA, de Fiscalizacion y Control y a la Oficina de Ejecucion Coactiva. 4. Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 34553

Que, se viene observando que, en el distrito existe aun un alto indice de omision tributaria, producto de la recesion economica y desempleo que existe en nuestro MORDAZA, la que no permite a la poblacion de nuestro distrito cumplir con sus obligaciones tributarias correspondientes al pago de Impuesto Predial, Multas Administrativas, COCOA y Fraccionamientos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado; Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, asi tambien pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que el Codigo Tributario, Decreto Supremo Nº 13599-EF, en su Articulo 41º, establece que la deuda solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley, y que excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio respecto al Impuesto Predial; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Acuerdo de Concejo Nº 018-2001-MVES y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la Sesion de Concejo aprueba la siguiente: ORDENANZA DEL OBJETO: Articulo 1º.- Establezcase el Beneficio de Amnistia Tributaria y Administrativa a favor de los contribuyentes de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA El MORDAZA, a fin de que los mismos puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias de administracion municipal, asi como las sanciones administrativas por infracciones a las disposiciones municipales, e inclusive a los contribuyentes que se encuentran en procedimiento de Cobranza Coactiva. DEL AMBITO DE APLICACION: Articulo 2º.- El beneficio a que se refiere el articulo precedente se aplicara a los siguientes conceptos: a) Impuesto Predial b) Multas Administrativas c) COCOA d) Fraccionamientos: Predial, Nichos, Licencias, Multas, etc. DE LOS ALCANCES: Articulo 3º.- El beneficio de Amnistia Tributaria y Administrativa comprende: a) En el caso del Impuesto Predial: - Condonacion del Interes Moratorio - Condonacion del Factor de Actualizacion - Condonacion de la Multa Tributaria. b) En el caso de las Multas Administrativas: - Reduccion del 70% del monto total de la multa c) En el caso de COCOA: - Condonacion del Interes Moratorio. - Reduccion del 50% del monto de la deuda insoluta. d) En el caso de Fraccionamientos: Predial, Nichos, Licencias, Multas, etc. - Condonacion del Interes Moratorio. - Condonacion del Factor de Actualizacion - Compensacion de los intereses cancelados por el tributo insoluto. e) De Costas y Gastos Administrativos.- Se establece en S/. 30.00 nuevos soles como MORDAZA para todas las deudas que hayan sido notificadas por la via del procedimiento coactivo y que se acojan al beneficio de Amnistia Tributaria y Administrativa. Solo para casos excepcionales de extrema necesidad, se autoriza a la Direccion de Rentas, reducir el monto de las costas y gastos hasta un minimo de S/. 10.00 (diez y 00/100 nuevos soles).

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Establecen beneficio de amnistia tributaria y administrativa a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 032-2001-MVES MORDAZA El MORDAZA, 9 de noviembre del 2001 Visto: En Sesion de Concejo de fecha 9-11-2001, el Informe Nº 105-01-GLVES-OR, proveniente del Director de Rentas, sobre la MORDAZA de Amnistia Tributaria y Administrativa; CONSIDERANDO: Que, es necesario mejorar la captacion de los recursos provenientes de los Ingresos Propios, desarrollar un mayor compromiso del Contribuyente para el Progreso del distrito, mejorar el nivel y calidad de MORDAZA y avanzar con el desarrollo de nuestro distrito;

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