Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2006 (15/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

334557

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 300-2006-TR de fecha 28 de agosto de 2006, se designo a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA - Callao del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, por convenir al servicio, resulta conveniente dar por concluida la designacion a que se refiere el considerando anterior; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el literal d) del Articulo 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial N° 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion de la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA - Callao del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 6813-2 RESOLUCION MINISTERIAL N° 421-2006-TR MORDAZA, 14 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Callao del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, es necesario designar al funcionario que desempenara el mencionado cargo; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el literal d) del Articulo 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial N° 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al abogado MORDAZA MORDAZA JACOBS MORDAZA, en el cargo de Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA - Callao del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 6813-3

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican el D.S. Nº 033-99-MTC
DECRETO SUPREMO Nº 039-2006-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 163-93-PCM, la Empresa Nacional de Ferrocarriles S.A. - ENAFER S.A., fue incluida en el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada en las Empresas del Estado, conforme a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674 y sus modificatorias; Que, el Decreto Supremo Nº 033-99-MTC, dispuso que la cancelacion de los montos correspondientes a la transferencia, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de bienes y derechos de propiedad de ENAFER S.A. inherentes a la concesion de esta MORDAZA, se efectuara con cargo a las deudas que ENAFER S.A. mantenia con el Ministerio de Economia y Finanzas, el Banco de la Nacion, el Banco Popular del Peru en Liquidacion, y Popular y Porvenir Compania de Seguros S.A. en Liquidacion, en proporcion al monto de dichas obligaciones. Para estos efectos, se autorizo al Ministerio de Economia y Finanzas a asumir la parte proporcional de las obligaciones de ENAFER S.A. que correspondia al Banco de la Nacion, el Banco Popular del Peru en Liquidacion, y Popular y Porvenir Compania de Seguros S.A. en Liquidacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 033-99-MTC, por Convenio de MORDAZA de Obligaciones de fecha 28 de marzo de 2000, se perfecciono a la MORDAZA de las obligaciones de ENAFER S.A., por parte del Ministerio de Economia y Finanzas, respecto de las obligaciones de dicha empresa con el Banco de la Nacion, el Banco Popular del Peru en Liquidacion y Popular y Porvenir Compania de Seguros S.A. en Liquidacion, asi como la reduccion de la deuda de ENAFER S.A., con el Ministerio de Economia y Finanzas; por un total de S/. 349 896 772,23 (TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS Y 23/100 NUEVOS SOLES); Que, durante el MORDAZA de entrega de los bienes de la concesion por parte de ENAFER S.A. al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determino la existencia de diferencias en las descripciones de algunos bienes concesionados, por incrementos en las entregas de bienes que eran necesarios para la operacion ferroviaria; asi como por disminuciones en las entregas debido a retiro de bienes de los contratos de concesion, bienes inexistentes, bienes duplicados y bienes consumidos por ENAFER S.A., MORDAZA del cierre de las operaciones ferroviarias; Que, mediante la Addenda Nº 1 de fecha 10 de marzo del 2000, suscrita entre los concesionarios de los Ferrocarriles del Centro, Sur y Sur Oriente y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se modifico el anexo 12 de los contratos de concesion, a fin de incluir los bienes y repuestos adquiridos por ENAFER S.A. con recursos provenientes del Banco Mundial, asi como de otros bienes no incorporados a la concesion, que eran necesarios para la operacion ferroviaria; Que, el listado denominado "Listado Definitivo Valorizado de los Bienes entregados por ENAFER S.A. al MTC - D.S. Nº 033-99-MTC", contiene los bienes efectivamente transferidos por ENAFER S.A. al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuyo valor en libros, conjuntamente con los siete (7) inmuebles que no son objeto de concesion, descritos en el Decreto Supremo Nº 033-99-MTC, ascienden a S/. 356 734 289,30 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 30/100 NUEVOS SOLES); Que, posteriormente, por Resolucion Suprema Nº 2922000-PCM del 26 de MORDAZA del 2000, se ratifico el acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, que dispuso la disolucion y liquidacion como la modalidad para llevar adelante el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, en la Empresa Nacional de Ferrocarriles S.A. - ENAFER S.A.; constituyendose para tal efecto su Junta Liquidadora; Que, OSITRAN, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 020-2001-CD/OSITRAN del 31 de agosto de 2001, declaro la procedencia de las solicitudes presentadas por los concesionarios de los Ferrocarriles del Centro, Sur y Sur Oriente, a efectos de incorporar a

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