Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2006 (15/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de diciembre de 2006

situacion de desabastecimiento inminente la contratacion de los bienes y servicios MORDAZA referidos, de la obra en mencion, por un periodo de siete (7) dias calendario, hasta por la suma de S/. 978,071.65 (Novecientos setenta y ocho mil setenta y uno con 65/100 nuevos soles), Que, de no ejecutarse las referidas obras en el presente ejercicio presupuestal, haria que los riesgos MORDAZA senalados se MORDAZA realidad con el consecuente efecto negativo en la integridad fisica de los internos del citado penal, incluidas las visitas; la situacion expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; conforme se refiere en el Informe Legal Nº 430-2006-INPE/06, de fecha 13 de diciembre de 2006; Que, segun el articulo 21º del acotado dispositivo legal, se considera situacion de desabastecimiento inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal; Que, conforme lo dispone el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084 ­2004PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento inminente; Que, en el articulo 148º de la normatividad legal MORDAZA citada, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Direccion Regional MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable, a fin de paliar la situacion sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Que, mediante Informe Nº 195-2006-INPE/13-01, de fecha 11 de diciembre de 2006, la encargada de Planificacion y Presupuesto de la Oficina General de Infraestructura senala que existe disponibilidad presupuestal para realizar dichos procesos; Estando a lo solicitado por la Oficina General de Infraestructura del INPE y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, contandose con sus visaciones, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial N° 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 128-2006-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DECLARAR, en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de bienes y servicios de las siguientes partidas: 1).- ADQUISICION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION y 2).- CONTRATACION DE SERVICIOS, para la obra: "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL EPRCO LURIGANCHO", por un periodo de siete (7) dias calendario, a partir del 15 de diciembre al 21 de diciembre de 2006, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- EXONERAR, a la Oficina General de Infraestructura del requisito del MORDAZA de adjudicacion directa publica para la adquisicion de bienes y servicios que se senalan en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3°.- AUTORIZAR, a la Oficina General de Infraestructura, para la adquisicion de bienes y servicios senalados en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolucion. Dicha autorizacion es por el periodo de siete (7) dias calendario, con cargo a la Fuente de

Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situacion de desabastecimiento Inminente prevista en el articulo precedente, debiendose efectuar las adquisiciones de estos bienes y servicios en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4°.- COMUNICAR, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5°.- REMITIR, MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DELSA MORDAZA MORDAZA Presidente Instituto Nacional Penitenciario ANEXO 1
DESCRIPCION ADQUISICION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION PARA LA OBRA: "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" POR ITEMS: CONTRATACION DE SERVICIOS PARA LA OBRA: "MANTENIMIENTO Y REPOSICION DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO" POR ITEMS: TOTAL NATURALEZA VALOR REFERENCIAL MORDAZA DE MORDAZA DE SELECCION ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA

ADQUISICION

753 978.43

CONTRATACION

224 093.22

ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA

978.071,65

6812-1

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de laboratorios del CENAN y CNCC
RESOLUCION JEFATURAL N° 714-2006-J-OPD/INS
MORDAZA, 6 de diciembre del 2006 Visto el Informe Nº 191-2006-DG-OGA/INS de 4 de octubre de 2006 del Director General de la Oficina General de Administracion, el Memorando Nº 1351-2006DG-CENAN/INS de 7 de agosto de 2006 y el Memorandum Nº 2072-2006-DG-CENAN-INS de 3 de noviembre de 2006 del Centro Nacional de Alimentacion y Nutricion, el Memorando Nº 455/2006-DG-CNCC-INS de 25 de setiembre de 2006 y el Memorando Nº 517/2006-DGCNCC-INS de 31 de octubre de 2006 del Centro Nacional de Control de Calidad asi como el Informe Nº 242-2006-OGAJ/ INS de 1 de diciembre de 2006, de la Oficina General de Asesoria Juridica, referidos a la autorizacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos de Laboratorios del CENAN y CNCC"; CONSIDERANDO Que, el Instituto Nacional de Salud como Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, requiere la provision de bienes y servicios que aseguren el logro de los objetivos programados para el presente ejercicio presupuestal;

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