Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2006 (15/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de diciembre de 2006

del EIASd en un plazo no menor de cuarenta y cinco (45) dias calendario ni mayor de cincuenta (50) dias calendario. De faltar informacion en la documentacion presentada o en los Terminos de Referencia, la DREM -HVCA notificara al solicitante para que en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario, adjunte la informacion adicional correspondiente. Presentada la informacion dentro del plazo, si es conforme, la DREM -HVCA ratificara la clasificacion propuesta y aprobara los Terminos de Referencia del EIASd en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario. De no ser conforme, la solicitud debera ser desaprobada. Articulo 9º.- Clasificacion de la solicitud por la Direccion Regional de Energia y Minas En caso que la solicitud no corresponda a la categoria I a criterio del DREM -HVCA, esta clasificara el proyecto como la Categoria II y solicitara al proponente la MORDAZA de los Terminos de Referencia del EIASd correspondiente. El proponente tendra un plazo de treinta (30) dias calendario para presentar los Terminos de Referencia del EIASd, bajo por apercibimiento de darse por abandonada la solicitud. Articulo 10º.- Terminos de Referencia para el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado La MORDAZA de los Terminos de Referencia del EIASd. Se MORDAZA con la documentacion indicada con el Articulo 39º del D.S.Nº 13-2002-EM. La propuesta de Terminos de Referencia debera incluir la siguiente informacion: a. Objetivo del Proyecto. b. Propuesta de contenido del EIASd segun lo establecido en el presente Reglamento y las guias que para el efecto apruebe la Autoridad competente. c. Informacion disponible pertinente para el desarrollo del EIASd. d. Cronograma de elaboracion del EIASd. e. Metodologia para identificar en el EIASd a beneficiados a afectados en el proyecto. f. Criterios para definir la informacion de caracter reservado. g. Criterios para el Plan de Cierre. Los Terminos de Referencia se complementaran con la informacion que la DREM-HVCA considere necesaria para mejor resolver. Articulo 11º.- Contenido del Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado El EIASd debera contener: a. Resumen Ejecutivo. No debe exceder de treinta (30) paginas y presentara en forma sucinta el EIASd, procurando que la informacion sea comprensible por personas no expertas en materias tecnicas. b. Descripcion del proyecto de inversion y su viabilidad. Mapas de ubicacion y diagramas relevantes. c. Sintesis de las caracteristicas y antecedentes del area del influencia del proyecto. d. Descripcion de aquellos efectos, caracteristicas o circunstancias que dieron origen a la necesidad de efectuar el EIASd sobre la base criterios de proteccion ambiental. e. Descripcion de impacto positivos y negativos, analisis de riesgo. f. Estrategia de manejo ambiental, que incluye plan de manejo, plan de contingencias y MORDAZA de informacion utilizadas. g. Plan de participacion ciudadana de parte del mismo proponente. h. Planes de seguimiento, vigilancia y control. i. Plan de Cierre. Articulo 12º.- Contenido del Estudio de Impacto Ambiental del Electrificacion Rural Los Estudios de Impacto Ambiental de electrificacion rural solo procede cuando: - La demanda MORDAZA sea inferior a 30 MW - El expediente tecnico MORDAZA sido aprobado por el sector y/o concesionario correspondiente - Se encuentre de acuerdo a los terminos que indica el D.S. Nº 02-94-EM sobre normas de proteccion ambiental en el sector electrico.

Articulo 13º.- Revision del EIASd por otras Autoridades Sectoriales Cuando el desarrollo de proyectos implique la intervencion de aguas continentales o la modificacion de los microclimas y clima local, se requiere la opinion del SENAMH. Ademas, la DREM -HVCA podra solicitar opinion sobre aspectos especificos del EIASd a otras Autoridades Sectoriales, cuando corresponda. El plazo MORDAZA para el efecto es de veinte (20) dias calendario, vencido el cual la DREM -HVCA continuara el tramite respectivo. Este plazo es sin perjuicio del plazo establecido en el Articulo 50º del reglamento de la Ley de Formalizacion para los pequenos productores mineros y Mineros Artesanales. Articulo 14º.- Plazo para pronunciarse sobre el EIASd Dentro de los ciento veinte (120) dias calendario de recibido el EIASd, la DREM -HVCA, lo revisara pudiendo solicitar al titular informacion adicional, o plantear observaciones, o aprobar o desaprobar el EIASd. En caso que el DREM -HVCA encuentre conforme el EIASd, dentro del referido plazo emitira la resolucion aprobatoria, que constituira la Certificacion Ambiental solicitada, quedando asi autorizada la ejecucion del proyecto, sin perjuicio de los tramites conexos requeridos. Articulo 15º.- Plazo para enviar informacion adicional o levantar observaciones De requerirse informacion adicional o de existir observaciones, la DREM notificara al titular para que, un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario envie la informacion adicional solicitada o levante las observaciones, bajo apercibimiento de declararse en abandono el MORDAZA de aprobacion del EIASd. Articulo 16º.- Revision de Informacion adicional o descargos a observaciones Si la informacion adicional o los descargos formulados son satisfactorios, el DREM -HVCA contara con un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario para emitir la correspondiente resolucion otorgando la Certificacion Ambiental. En caso que el solicitante no presente la informacion o no subsane satisfactoriamente las observaciones, el DREM-HVCA desaprobara el EIASd, emitiendo la resolucion Directoral correspondiente, dentro del plazo MORDAZA indicado en el parrafo anterior. Articulo 17º.- Participacion Ciudadana La participacion ciudadana forma parte en el procedimiento de evaluacion en el tramite de aprobacion en el EIASd, consistiendo basicamente en la publicacion de avisos poniendo a disposicion del publico el contenido del EIASd. En casos en que la magnitud del proyecto y el nivel de sensibilidad del area lo determinara, el DREM -HVCA podra disponer la MORDAZA en audiencia publica del EIASd correspondiente. Articulo 18º.- Publicaciones y comentarios de los interesados El DREM -HVCA dispondra la publicacion de un aviso por cuenta del solicitante, el cual sera publicado en un plazo de quince (15) dias calendario en un diario de la region o en cualquier otro medio de difusion en la MORDAZA del proyecto, del cual puede tenerse constancia. El aviso indicara el organismo estatal o gobierno local en que se encuentra disponible el EIASd, para su revision en donde se recibiran los aportes de la comunidad. Asi mismo, la difusion se realizara por medios electronicos de comunicacion. En caso se dispusiera la realizacion de Audiencia Publica, se indicara lugar, dia y hora de la misma. Los interesados podran presentar a la Autoridad Comunal de la MORDAZA sus comentarios correspondiente hasta quine (15) dias calendario de publicado el aviso, o, en su caso, de realizada la Audiencia Publica; los cuales seran emitidos al DREM -HVCA para que MORDAZA incluidos en la evaluacion respectiva. Articulo 19º.- Audiencia Publica En caso que el DREM -HVCA dispusiera la realizacion de Audiencia Publica, el solicitante debera presentar MORDAZA de la pagina completa del aviso en el diario en que se

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