Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2007 (13/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio, nombrandose en su reemplazo a otro funcionario municipal; Que, resulta necesario designar a los representantes de la Municipalidad Distrital de Independencia ante la Comision Tecnica Mixta Distrital de Comercio Ambulatorio a fin de promover el desarrollo integral de este sector empresarial, viabilizar su crecimiento economico, facilitando la competitividad local y propiciar mejores condiciones de MORDAZA para su poblacion; Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los Articulos 20º numeral 6) y Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la designacion del ex regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante de la Municipalidad y Presidente de la comision Tecnica Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio, efectuada mediante Decreto de Alcaldia Nº 010-2004 de fecha 7 de MORDAZA de 2004. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la designacion del ex regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA Banon, ex funcionario MORDAZA MORDAZA Olarte, como representantes de la Municipalidad Distrital de Independencia ante la comision Tecnica Mixta de comercio Ambulatorio, efectuada mediante Decreto de Alcaldia Nº 013-2003-MDI del 27 de agosto de 2003 y Nº 014-2003-MDI del 16 de octubre de 2003. Articulo Tercero.- DESIGNAR a los representantes de la Municipalidad Distrital de Independencia ante la Comision Tecnica Mixta de Comercio Ambulatorio, conformada de la siguiente manera: - Regidor MORDAZA Castaneda MORDAZA Miembro representante de la Municipalidad Presidente de la Comision Tecnica Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio. - Regidora MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Miembro representante de la Municipalidad Vicepresidenta de la Comision Tecnica Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro representante de la Municipalidad Gerente de Desarrollo Economico Local Secretario Tecnico de la Comision Tecnica Mixta Distrital del Comercio Ambulatorio. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro representante de la Municipalidad Jefe de Comercializacion y Defensa del Consumidor. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Economico Local el fiel cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia y a la Gerencia de Secretaria General la publicacion del presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA 107189-1

VISTO: El Informe Nº 081-07-GDEL/MDI de fecha 14 de junio de 2007, emitido por la Gerencia de Desarrollo Economico Local, Memorando Nº 864-2007-GM/MDI de fecha 20 de junio de 2007 emitido por la Gerencia Municipal, sobre "Designacion de Representantes de la Municipalidad ante la Comision Tecnica Permanente de Mercados", y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; Que, la autonomia municipal, a la vez que una garantia institucional, se configura como un derecho de la comunidad local a participar a traves de organos propios en el gobierno y administracion de los asuntos que le atanen directamente; Que, el Articulo 86º numerales 3.2 y 3.3 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que es funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdiccion sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA a fin de mejorar la competitividad, asi como concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico del Distrito; Que, el Articulo 111º de la ley MORDAZA acotada establece Participacion y Control Vecinal, Los vecinos de una circunscripcion municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestion administrativa y del gobierno municipal a traves de mecanismos de participacion vecinal y del ejercicio de derechos politicos, de conformidad con la Constitucion y la respectiva ley de la materia; Que, mediante Ordenanza Nº 072-94-MML, de fecha 18 de noviembre de 1994, se aprobo el MORDAZA Reglamento de Mercados, en la que establece en un solo Texto Ordenado las normas para la autorizacion, habilitacion, reacondicionamiento, reconocimiento de usos de puestos, estantes y otros relacionados con la MORDAZA de servicios para el Acopio y Comercializacion de Alimentos y afines en general en Centro de Expendio Mayorista y Minorista de MORDAZA Metropolitana, alcanzando la MORDAZA a todo centro que por naturaleza y proyecciones reuna las caracteristicas de un MORDAZA de abastos, hallandose bajo la vigilancia y control de las autoridades competentes, asi como lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 776 y sus modificatorias - Ley Nº 27180 Articulos 66º, 67º, 68º, 71º, 73º y 74º y la Nueva Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento Nº 28976 de fecha 5 de febrero de 2007, que establece el MORDAZA juridico de las disposiciones aplicables al procedimiento para la aplicacion de Tasas y el otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento expedidas por las Municipalidades incluyendose a los mercados; Que, es necesario designar a los representantes de la Municipalidad Distrital de Independencia ante la Comision Tecnica Permanente de Mercados a fin de promover el desarrollo integral de este sector empresarial, viabilizar su crecimiento economico, facilitando la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion; Que, estando a lo expuesto en ejercicio de las facultades conferidas por los Articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero: CONSTITUIR la Comision Tecnica Permanente de Mercados, quienes asumen competencia

Constituyen Comision Permanente de Mercados
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2007-A-MDI Independencia, 27 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA

Tecnica

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