Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2007 (13/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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incompletos o inexactos seran sancionados conforme a las Disposiciones pertinentes establecidas en el Codigo Tributario. Tercera.- De las modificaciones Las modificaciones o rectificaciones de la informacion consignada con posterioridad al vencimiento del plazo fijado en el presente Decreto no seran consideradas para efectos de la distribucion de costos, salvo que asi lo estimase pertinente la Administracion Tributaria. Cuarta.- Difusion Encarguese a la Gerencia de Comunicaciones la difusion de la presente Ordenanza Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 106928-1

este Corporativo MORDAZA, resulta necesario prorrogar el plazo de vencimiento de la tercera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios 2007 y; Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoria Juridica y, conforme a lo establecido en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo para el pago de la tercera cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios 2007, hasta el 15 de setiembre del ano en curso. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Informatica, Gerencia de Administracion y Finanzas y las jefaturas dependientes de las mismas, en cuanto les corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 107220-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo para pago de la tercera cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios 2007
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2007-MSB-A San MORDAZA, 5 de septiembre de 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, el Memorando Nº 767-2007-MSB-GM, de fecha 29.08.2007 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 149-2007/MSB/GR de fecha 28.08.2007 de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 171-2007-MSBGR-JCR de fecha 28.08.2007 de la Jefatura de Control y Recaudacion, el Informe Nº 167-2007- MSB-GRJCR de fecha 23.08.2007 de la Jefatura de Control y Recaudacion. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 28607 - Ley de la Reforma Constitucional, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 04.10.2005, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esto en la facultad de ejercer los actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1562004-EF, el Impuesto Predial puede ser cancelado al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro (4) cuotas, siendo en ese caso el plazo para el pago de la tercera cuota, el dia habil del mes de agosto del ano en curso; Que, el articulo 6º de la Ordenanza Nº 382-MSB, modificada por la Ordenanza Nº 384-MSB, dispone que el plazo para el pago de la tercera cuota de los Arbitrios del ejercicio 2007, vence el ultimo dia habil del mes de agosto del ano en curso; Que, en consideracion a las diversas solicitudes de los vecinos y a fin de brindarles las maximas facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Amplian vigencia de amnistia concedida mediante Ordenanza Nº 011-2007-CDB para el cumplimiento de obligaciones tributarias y administrativas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2007-CDB Bellavista, 29 de agosto de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo 1°.- Ampliar la vigencia de la amnistia concedida mediante Ordenanza Municipal Nº 011-2007CDB, para el cumplimiento de obligaciones tributarias y administrativas, hasta el 15 de setiembre de 2007. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Direccion de Administracion Tributaria y Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 107598-1

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