Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2007 (13/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2007

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar procedente el cambio de titular a favor de la empresa ALIMENTOS EXOTICOS S.A.C. de la licencia de operacion que fuera otorgada por Resolucion Directoral Nº 038-2001-PE/DNPP de fecha 12 de febrero del 2001 a la empresa CONSERVERA CALLAO Y DERIVADOS S.A. en el extremo correspondiente a la Planta de Enlatados que cuenta con una capacidad instalada de 440 cajas/turno. Articulo 2º.- El cambio de titular de la planta de enlatado debera otorgarse hasta el 17 de marzo del 2008, fecha en que la Licencia de Operacion debera ser restituida a la Empresa Conservera Callao y Derivados S.A.; excepto la Empresa ALIMENTOS EXOTICOS S.A.C. acredite la renovacion del plazo de arrendamiento, MORDAZA titulo posesorio o acredite haber adquirido la propiedad del establecimiento industrial pesquero. Articulo 3º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa ALIMENTOS EXOTICOS S.A.C. sobre el cambio de titular de la licencia de operacion de la planta de harina residual otorgada a la empresa CONSERVERA CALLAO Y DERIVADOS S.A. mediante Resolucion Directoral Nº 038-2001-PE/DNPP de fecha 12 de febrero del 2001, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia y consignarse en el MORDAZA web del Ministerio de la Produccion http://www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 107138-13

Otorgan a Sea Food Trading S.A. licencia de operacion para su planta de harina residual ubicada en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 344-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2007 Visto: el escrito presentado por la empresa SEA FOOD TRADING S.A con Registro Nº 48032 y su Adjunto Nº 1 de fechas 3 de MORDAZA y 18 de MORDAZA de 2007, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el numeral 4, inciso b) del articulo 43, los articulos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, la que constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actual Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que, el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento;

Que, la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, regula entre otros, los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicacion, diseno, construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos pesqueros destinados al consumo humano directo; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 249-2007PRODUCE/DGEPP se otorgo a la empresa SEA FOOD TRADING S.A autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de una planta de harina de residuos y desechos con destino al consumo humano indirecto, a ubicarse en la Lotizacion Industrial MORDAZA MORDAZA Paracas, lotes 2 y 3 de la Mz. E, altura del km 16.85 de la carretera MORDAZA ­ Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, con una capacidad de 5 t/h de procesamiento de residuos y desechos de productos hidrobiologicos; Que, mediante el escrito del visto la recurrente solicita licencia de operacion para operar su planta de harina residual al haber ejecutado la autorizacion de instalacion descrita en el considerando precedente. Que, de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la recurrente ha cumplido con los requisitos sustantivos previstos en la normatividad pesquera vigente y con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion solicitada; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria mediante la MORDAZA de Verificacion Nº 0272007-PRODUCE/DIGAAP manifiesta que la administrada al momento de instalar su planta de harina residual ha cumplido con los compromisos asumidos y la legislacion vigente. Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 332-2007-PRODUCE/DGEPP-Dch. de fecha 25 de MORDAZA del 2007, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 4 del articulo 43º , los articulos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los articulos 49º y 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2006- PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa SEA FOOD TRADING S.A Licencia de operacion para su Planta de Harina Residual en el establecimiento industrial ubicado en la Lotizacion Industrial MORDAZA MORDAZA Paracas, lotes 2 y 3 de la Mz. E, altura del km 16.85 de la carretera MORDAZA ­ Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, con una capacidad operativa de 5 t/h de procesamiento de residuos y desechos de productos hidrobiologicos; Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a la Direccion Regional de la Produccion de Ica; debiendo consignarse en la pagina web del MORDAZA del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 107138-14

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